CADENA DE CUSTODIA
AOM20139 de Diciembre de 2013
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La cadena de custodia es el conjunto de medidas que deben adoptarse a fin de salvaguardar la identidad e integridad de elementos o muestras que pueden ser fuente de evidencia de hechos criminales, para su total eficacia procesal, debe garantizar que los elementos de prueba o evidencia que se presenta en juicio, con el objeto de probar una determinada afirmación, sea el que ha sido reclutado y que no haya sufrido adulteraciones o modificaciones de parte de quienes lo introducen o terceras personas, ya que es precisamente la cadena de custodia laque garantizara que aquello que es incorporado al proceso es lo mismo que se encontró en la escena del delito.
Con los objetivos de unificar los criterios de funcionamiento del sistema de cadena de custodia mediante la estandarización de los procedimientos de trabajo y orientar a los involucrados en la investigación penal, para ejecutar sus actividades en forma secuencial, ordenada y segura.
Normalmente, es la policía la que toma conocimiento de un hecho criminal debiendo proceder a la verificación de la información al respectivo caso. La agilidad con que el funcionario policial se instaure al lugar de los hechos, es de mucha importancia; así como la delimitación del perímetro de la escena del presunto delito, ya que de esta forma se da inicio a la protección de los indicios y evidencias contenidas en ella.
Debemos tener en cuenta que en nuestro país, el tema probatorio dentro del nuevo proceso penal, es importante; un apropiado manejo, garantiza el éxito de la investigación fiscal. Estando frente a la implementación de un nuevo sistema de investigación y juzgamiento de los delitos, cuya norma tiene como base el marco constitucional, lo que implica un respecto estricto a las garantías fundamentales de las personas sometidas al proceso penal, tiene, como específica la relevancia de la prueba, como medio que da convicción al juzgador de la ocurrencia de un hecho.
Vemos en algunas veces en los medios de comunicación como nuestros compañeros muestran en entrevista de prensa, elementos probatorios y evidencias del resultado de un delito, sin respetar y de una manera equivocada la cadena de custodia, donde que debe primar sobre esos elementos, quitando así toda creencia sobre su carácter probatorio, uno de los casos muy específicos es el del gasfitero, donde la Fiscalía acusó a un policía por el delito de homicidio agravado y presentó los nombres de al menos 35 personas, entre testigos, peritos, miembros de la Policía e investigadores, a los que citará para que rindan su versión en desarrollo del juicio oral, lo cual la preservación de los elementos materiales probatorios y evidencia física (EMP Y EF), no fueron comedidamente manejados, o manipulados de una carácter no legal. Estos hechos de repetirse en el nuevo proceso penal por el carácter adversario, fácil mente puede ser debatido en un estrado judicial con la devoción de que la evidencia sea impugnada y no valorada, lo que soportaría si es la única evidencia incriminatoria a una sentencia de no culpabilidad, como lo ocurrido en el proceso penal seguido en Colombia con el patrullero de la policía nacional.
En la actualidad se vive en nuestro código de procedimiento penal normas precisas y manuales que sistematizan la cadena de custodia del material probatorio como también en la ciencia de la criminalística.
CONCLUSIONES
• La cadena de custodia que se realiza en diferentes casos en territorio Colombia es un proceso de proteger los elementos probatorios o evidencia física, con el fin de no tener alteraciones de ninguna índole y así, ser efectivos las investigaciones o los resultados que nos pueda proporcionar este proceso.
• La cadena de custodia es el proceso determinado por la ley, destinado a mantener la fuerza o calidad probatoria
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