ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CARACTERÌSTICAS DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL

diegoquiverEnsayo1 de Mayo de 2016

2.554 Palabras (11 Páginas)721 Visitas

Página 1 de 11

[pic 1]

CARACTERÌSTICAS DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL

PRESENTADO A:

LIC. ANDRES GOMEZ PERDOMO

ASIGNATURA SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

LIC. ADMINISTRACION EN SALUD OCUPACIONAL

NEIVA, 22 DE ABRIL DEL 2016

Características del Sistema Integral de Seguridad Social

Presentado a:

Lic. Andres Gomez Perdomo

Asignatura. Sistema General de Seguridad Social

Presentado por:

Diego Gerardo Quiroga Vergara

Corporación Universitaria Minuto de Dios

Lic. Administración en Salud Ocupacional

Neiva, 22  de Abril del 2016

TABLA DE CONTENIDO

  1. SISTEMA GENERAL DE SEGURIDADSOCIAL EN LA SALUD.
  1. SISTEMA GENERAL DE PENSIONES.
  1. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES.
  1. INTRODUCCION
  1. OBJETIVOS
  1. CONCLUSION
  1. BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION.

La seguridad social como bien lo dice su nombre es  la protección  integral del ser humano contra las necesidades sociales  que se presentan diariamente  en cada entorno en que nos encontremos, gracias a este sistema que vela por medio de instituciones, normas y procedimientos   mejorar el bienestar  individual y la integración   en la comunidad.

En el siguiente texto daré a conocer más acerca de este importantísimo tema que debemos conocer muy bien y  no dejar pasar por alto, si queremos mejor nuestra calidad de vida y así mismo transmitir esta información al público en general para que  logremos tener un país con menos necesidades  y problemáticas con las que contamos actualmente.

OBJETIVOS

Objetivo General:

Explicar las características del sistema integral de seguridad social

         

 Objetivo específico:

Conocer acerca de  las características del sistema integral de seguridad social como base fundamental en nuestra calidad de vida.

Transmitir al lector  lo importante de nuestro sistema integral de seguridad social.

CARACTERÌSTICAS DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Fundamentos Constitucionales:

En el desarrollo del Art.48 de la constitución política, la ley 100 de 1993 organizo el Sistema de seguridad social integral, S.S.S.I., en un conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del estado.

No se tomaran ni utilizaran los recursos de las instituciones de seguridad social fines diferentes a ellas.

La ley definirá para que los recursos destinados a pensiones se mantengan constantes (Art. 25, 53, 136 NUM. 4, 220).

Clasificación de Doctrina de los derechos de 1, 2 y 3 generación:

  1. Son esenciales a la persona  humana como tal, se declara como derecho del hombre en 1789, (La vida, la honra etc.).
  2. Es la regulación por parte del estado concederlos a los ciudadanos.
  3. Concederlos por el hecho de vivir en comunidad.

Fechas de expedición de la ley 100 de 1993:

  • 23 de diciembre del año 1993

En materia de salud preside la ley 100

  • 1 de enero del año 1995

En materia de pensiones preside la ley

  • Publico: 30 de junio del año 1995
  • Privado: 1 de abril del año 1994

Objetivos de la ley 100:

  • Derechos necesarios de la persona y la comunidad para una mejor calidad de vida (Dignidad humana).

Garantizar el cubrimiento las necesidades económicas y de salud, y la prestación de servicios sociales complementarios.

Objetivos Específicos:

  • Garantizar las prestaciones económicas y salud o los que tienen una relación laboral o aporten económicamente suficiente para afiliarse al sistema.
  • Garantizar la prestación de servicios sociales establecidos por la ley.
  • Garantizar la cobertura de toda la población para que acceda al sistema.

Como está compuesto S.S.S.:

ARTICULO 80. Conformación S.S.S.I. Es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, (Normas y Procedimientos) conformados por los regímenes generales establecidos para pensiones y los servicios sociales complementarios que se definen en la presente ley.

Principios generales

ARTICULO 20. Principios. El servicio público esencial de seguridad se prestara como sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación:

  • Eficiencia. Es la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la seguridad social sean presentados en forma adecuada.
  • Universalidad. Es la garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida.
  • Solidaridad. Es la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más débil.

Es deber del estado garantizar la solidaridad mediante su (participación, control y dirección del mismo).

Los recursos provienen del erario público (fisco o tesorero nacional).

  • Integridad. Es la cobertura de todo lo que afecta la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población.
  • Unidad. Es la articulación política, instituciones, regímenes, procedimientos y prestación para alcanzar los fines de la seguridad social.
  • Participación. Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en conjunto.

Parágrafo. La seguridad social se hará en forma progresiva, con el objeto de atender a la población y la calidad de vida.

Ámbito  de acción de la seguridad social:

ARTICULO 7º. Garantiza el cubrimiento de las (contingencias económicos y de salud, y la prestación de servicios sociales complementarios) en los términos y bajo las modalidades previsto por esta ley.

En caso de superávit en el fondo de salud y/o pensiones del régimen de prima media con prestación definida (público ISS), a dónde podrá trasladarse este por el Gobierno Nacional.

Sistema general de pensiones:

  • Características: ARTICULO 13.- Características del Sistema General de Pensiones. El Sistema General de Pensiones tendrá las siguientes características:

  1. La afiliación es obligatoria firme a lo conocido para los trabajadores independientes.

 

  1. La selección de uno cualquiera de los regímenes previstos por el artículo anterior es libre y voluntaria por parte del afiliado, quien para tal efecto manifestará por escrito su elección al momento de la vinculación o del traslado. El empleador o cualquier persona natural o jurídica que desconozca este derecho en cualquier forma, se hará acreedor a las sanciones de que trata el inciso 1o. del artículo 271 de la presente ley.

  1. Los afiliados tendrán derecho al pago de las prestaciones y de las pensiones de invalidez, de vejez y de sobrevivientes, conforme como se estipula en la ley.

  1. La afiliación es de efectuar los aportes como están en la ley.
  1. Los afiliados son libres de escoger el régimen de pensiones, una vez seleccionado inicia, se podrá trasladar una sola vez cada tres años, contando desde que inicia, en la forma que señale el gobierno nacional.
  1. Para el reconocimiento de las pensiones y prestaciones encontramos dos regímenes, suma de semanas cotizadas con vigencia de la presente ley o tiempo de servicio.
  1. Reconocimiento de las pensiones y prestaciones contempladas en los dos regímenes habrá suma de semanas cotizadas a cuales quiera de ellos.
  1. En desarrollo del principio de solidaridad, los dos regímenes previstos por el artículo 12o. de la presente ley garantizan a sus afiliados el reconocimiento y pago de una pensión mínima en los términos de la presente ley.
  1. Existirá un fondo de solidaridad pensional destinado mediante subsidio, por sus características y condiciones socioeconómicas, no tienen acceso a los sistemas de seguridad social tales como (campesinos, indígenas, trabajadores independientes, artistas, deportistas y madres comunitarias).
  1. Ningún afiliado podrá recibir juntamente pensiones de invalidez y de vejez.
  1. Las entidades administradoras estarán sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.

  Objeto: ARTÍCULO 10.- objeto del Sistema General de Pensiones. El Sistema General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (18 Kb) pdf (214 Kb) docx (59 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com