CLASIFICACION GENERAL DE CONTRATOS
pollito196410 de Mayo de 2014
792 Palabras (4 Páginas)323 Visitas
Definición de contrato: Según el Derecho Romano, es una convención provista de nombre, causa y acción, constituida de acuerdo a las solemnidades del Derecho Civil romano.
Concepto de contrato según el código civil venezolano:
Según el articulo1.133 de nuestro código civil el contrato es una convención entre dos o mas personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.
CLASIFICACION GENERAL DE LOS CONTRATOS:
1.- Por la Naturaleza del vínculo:
• CONTRATOS UNILATERALES: el contrato es unilateral cuando surgen obligaciones para una sola de las partes contratantes (art. 1134 cc).son ejemplos de contratos unilaterales típicos: el mutuo y la donación.
• CONTRATOS BILATERALES: es cuando las partes se obligan recíprocamente, en el contrato bilateral cada una de las partes es deudora y acreedora al mismo tiempo. son ejemplos de contratos bilaterales típicos: la venta, el arrendamiento.
2.- Por el objeto:
• CONTRATOS GRATUITOS: son aquellos contratos en los cuales uno de los contratantes le proporciona al otro una ventaja sin equivalente alguno. el artículo 1135 del código civil los define así: “el contrato... es a título gratuito o de beneficencia cuando una de las partes trata de procurar una ventaja a la otra sin equivalente”.
• CONTRATOS ONEROSOS: son aquellos en los cuales cada una de las partes procura tener una ventaja mediante un equivalente o contraprestación. el articulo 1135 del código civil los define: “el contrato es a título oneroso cuando cada una de las partes trata de procurarse una ventaja mediante un equivalente...”.
3.- Por su forma:
• CONTRATOS SOLEMNES: es aquel que además del consentimiento requiere que las partes cumplan determinada formalidad, a fin de que el contrato quede perfeccionado, sino no se cumple tal formalidad este es inexistente. ejemplo: hipoteca, donación, capitulaciones matrimoniales, el seguro, pago con subrogación por voluntad del deudor.
• CONTRATOS NO SOLEMNES: es aquel en que la formalidad, no tiene ninguna eficacia para su validez.
4.- Por el efecto jurídico:
• CONTRATOS OBLIGATORIOS: Son los que generan obligaciones entre las partes
• CONTRATOS RESOLUTORIOS: se llaman también extintivos, son aquellos mediante los cuales se deshace un contrato anterior.
5.- Por la forma de su existencia:
• CONTRATOS PRINCIPALES: son aquellos que tienen la razón de existencia, de su perfeccionamiento en si mismos. ejemplo: la venta, el arrendamiento, el mutuo, el comodato.
• CONTRATOS ACCESORIOS: son aquellos en los que se pacta para garantizar el cumplimiento de una obligación previa, aquellos que se han perfeccionado, dirigidos a la preexistencia de una obligación que no necesariamente tiene que haber nacido de la fuente del contrato.
6.- Según estén disciplinados por la ley:
• CONTRATOS NOMINADOS: aquellos tipificados en la ley, ejm:: la venta, donación, arrendamiento, sociedad, prenda, etc.
• CONTRATOS INNOMINADOS: aquellos en que las partes utilizando la autonomía de la voluntad, pueden crear.
7.- Por la forma en que nacen:
• CONTRATOS DE CUMPLIMIENTO INSTANTANEO: nace y se cumple instantáneamente; el que por su naturaleza se ejecuta de una sola vez. ejemplo: contrato compra venta
• CONTRATOS DE CUMPLIMIENTO SUCESIVO: también llamado de tracto sucesivo. se ejecuta mediante prestaciones periódicas. ejemplo: contrato de arrendamiento.
• CONTRATOS DE LIBRE DISCISIÓN: Las partes en igualdad de situaciones establecen mutuo acuerdo.
• CONTRATOS DE ADHESION: es aquel que ha sido redactado por una de las partes que generalmente por su posición económica puede imponerle a
...