ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONDENADO A PRESIDIO


Enviado por   •  7 de Mayo de 2013  •  2.051 Palabras (9 Páginas)  •  345 Visitas

Página 1 de 9

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL ROMULO GALLEGOS

FACULTAD DE DERECHO

SECCION “B” DERECHO

ANACO -EDO –ANZOATEGUI.

Profesor: Abg. Víctor Álvarez. Realizado por:

Floyré Mirabal

Sonia Velásquez

Dailé Pérez.

Nilda Rojas

Mayo 2013.

Matrimonio

Es la sociedad legítimamente constituida por el hombre y la mujer, que se unen con vínculo indisoluble, para perpetuar la especie, ayudarse a llevar el peso de la vida y participar de una misma suerte.

Por su propia naturaleza el matrimonio es perpetuo; debe disolverse; normalmente, sólo por la muerte de uno de los cónyuges. En efecto, los fines fundamentales del matrimonio sólo pueden cumplirse en forma favorable en uniones duraderas; no pueden lograrse cuando la unión es pasajera.

El Divorcio

Se llama divorcio el procedimiento por el cual se disuelve el matrimonio y se extinguen los derechos y obligaciones legales nacidos con él. Así mismo se puede calificar de la ruptura del matrimonio en vida de ambos cónyuges, por pronunciamiento judicial.

“…omissis… el divorcio precisa de una decisión jurisdiccional que se pronuncia en función de algunos de los supuestos taxativos en que el legislador permita la disolución del vinculo matrimonial contraído válidamente. …omissis… De allí que el divorcio se traduce en la disolución legal del matrimonio en razón de una sentencia por las causas taxativas consagradas en la ley. …omissis… si bien desde el punto de vista práctico, no existe poder humano ni jurídico que logre mantener unidas a dos personas contra su voluntad, el legislador en función de un sentido de preservación del vínculo conyugal y por ende familiar, dada la importancia social de esta última, trata de dificultar la disolución del vinculo conyugal. O si se quiere, más precisamente tal disolución del matrimonio no procede libremente a voluntad de los interesados, por tratarse de una materia de orden público, impregnada de normas imperativas y por tal razón, sustraída del principio de autonomía de la voluntad…omissis…En función de lo indicado, la doctrina señala algunas características de la materia relativa al divorcio; es de “orden público”, y por ende está sustraída del principio de la autonomía de la voluntad. El orden público está de por medio en aquellas materias que se consideran vitales o importantes para el desarrollo del Estado o la sociedad: como se afirma que el matrimonio tiene por objeto la familia, que es la base fundamental de la sociedad, se trata de preservar la misma no facilitando la extinción del vinculo matrimonial.

En Venezuela, las siete causales de divorcio previstas en el artículo 185 del Código Civil, se basan en la idea del divorcio como sanción.

Causales de Divorcios:

 El adulterio (Ordinal 1. artículo 185 C.C.).

 Abandono voluntario (Ordinal 2. artículo 185 C.C.).

 Excesos, sevicia e injuria grave.

 El conato de uno de los cónyuges para corromper o prostituir al otro cónyuge, o a sus hijos (Ordinal 4., artículo 185 C.C.).

 La condenación a presidio (Ordinal 5. artículo 185 C.C.).

 Adicción Alcohólica u otras formas graves de fármacos dependencias

 La Interdicción por causa de perturbaciones Psiquiátricas graves.

La Condenación a Presidio (Ordinal 5. artículo 185 C.C.)

La pena de presidio es la más grave de todas las previstas en nuestra legislación; la condenación a presidio de un cónyuge, implica la comisión de un delito gravísimo, por lo que constituye violación grave del deber de asistencia conyugal.

Condenado a Prisión

La pena de prisión es una pena privativa de libertad, que consiste en que el condenado debe ingresar en una prisión durante un tiempo determinado, por la sentencia condenatoria.

Cuando el ingreso en prisión tiene carácter indefinido, la pena de prisión recibe la denominación de prisión o cadena perpetua.

La condenación a presidio doctrinalmente ha sido considerada, solo cuando la misma, es la impuesta después del matrimonio. Se basa en la deshonra que importa la comisión de un delito, así como el abandono forzoso que tiene que hacer el condenado, del hogar y por ende de los deberes inherentes al Matrimonio.

Para que pueda alegarse esta causal de divorcio ad causam, es indispensable que la condenación a presidio reúna varios requisitos, que son:

a) Sentencia Definitivamente Firme: Mientras el juicio criminal no haya concluido totalmente con decisión conforme que imponga a uno de los cónyuges la pena de presidio, no existe la causal de divorcio. Por lo tanto la sentencia definitiva y firme es aquella que por no haber sido apelada o recurrida oportunamente o por haber sido declarados sin lugar tales recursos, causa ejecutoria que imponga a un cónyuge pena de presidio. Es menester que la sentencia sea posterior al matrimonio, porque sólo a partir de él surgen los deberes conyugales y es posible su transgresión grave. La sentencia condenatoria a presidio anterior al matrimonio y ocultada al cónyuge puede ser alegada por éste para demandar el divorcio, como injuria grave, constituida, precisamente, por el acto de un cónyuge de ocultar a los otros hechos muy graves de su pasado.

b) Sentencia posterior a la celebración del matrimonio: La condenación a presidio anterior al matrimonio no puede constituir causal de divorcio; pues mientras el vínculo conyugal no ha nacido, no puede hablarse de incumplimiento de los deberes que resultan del mismo.

c) Sentencia Dictada por Tribunales Venezolanos: Como la sentencia criminal dictada en el extranjero no puede surtir efectos en Venezuela, se ha creído necesario que la condenación a presidio derive de una

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (13.2 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com