CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN PREDIO RUSTICO QUE CELEBRAN MARIA ANTONIA VIDAL GUZMAN, A QUIEN SE DENOMINARA “ARRENDADOR”
AERDNA83Trabajo20 de Abril de 2016
847 Palabras (4 Páginas)1.998 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN PREDIO RUSTICO QUE CELEBRAN MARIA ANTONIA VIDAL GUZMAN, A QUIEN SE DENOMINARA “ARRENDADOR” Y MARTIN VILLALVAZO VIDAL A QUIEN SE DENOMINARÁ “ARRENDATARIO” AL TENOR DE LO SIGUIENTE:
D E C L A R A C I O N E S
- Declara el ARRENDADOR:
- Ser mayor de edad, estar en pleno uso de sus facultades mentales y por ende, totalmente capacitado para el presente contrato.
- Ser poseedor de una Fracción del predio denominado San Francisco Oyozontle de Temporal, ubicado en San Francisco Oyozontle del Municipio de Cosamaloapan, Veracruz, que tiene una superficie total de 3-26-90 Hectáreas, con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORESTE.- EN 209.90 METROS Y COLINDA CON MARIA ANTONIA VIDAL GUZMAN
AL SURESTE.- EN 163.00 METROS Y COLINDA CON EULALIO VIDAL LARA
AL SUROESTE.- EN 209.60 METROS Y COLINDA CON JACINTO GONZALEZ
AL NORORESTE.- EN 148.90 METROS Y COLINDA CON EL EJIDO COSAMALOAPAN
Como acredita con ESCRITURA PUBLICA N° 1152 de fecha 16 de Abril de 2014.
- Que para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio en Av. Triunfo de la Revolución N° 462 en Cosamaloapan, Ver.
- Declara el ARRENDATARIO:
- Ser mayor de edad, estar en pleno uso de sus facultades mentales y por ende, totalmente capacitado para el presente contrato.
- Conocer el estado físico y jurídico del inmueble materia de este contrato.
- Que para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en Av. Triunfo de la Revolución N° 462 en Cosamaloapan, Ver.
Declaran ambas partes que es su libre voluntad celebrar este contrato, por lo cual convienen en sujetarse a las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO, por virtud de este contrato MARIA ANTONIA VIDAL GUZMAN Da en arrendamiento a MARTIN VILLALBAZO VIDAL el predio que se refiere el inciso b) de la declaración l de este documento y el arrendatario lo recibe en ese concepto, al momento de firmar el presente compromiso.
SEGUNDA.- PRECIO.- El arrendatario se obliga a pagar al arrendador por concepto de renta del predio materia de este contrato la cantidad de: $ 2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.) ANUAL a cubrir esa renta en el domicilio del arrendador dentro de los primeros cinco días posteriores al cumplir el año de renta, el arrendador se obliga a entregarle al arrendatario los recibos de la renta correspondiente.
TERCERA.- DURACIÓN.- El presente contrato tendrá una duración de SEIS AÑOS a partir del 04 de agosto del 2015 hasta el 04 de agosto del 2021. Forzosos para ambas partes, agencia que empezara a partir de la fecha de firma de este documento.
CUARTA.- DESTINO DEL PREDIO.- El arrendatario se obliga a destinar el predio materia del presente compromiso, exclusivamente a siembra de cultivos agrícolas lícitos y tienen estrictamente prohibido destinarlo para cualquier otro uso distinto al convenio, porque al transgredir esa prohibición incurrirá en causal rescisión del presente contrato sin responsabilidad del arrendatario.
QUINTA.- El arrendatario tendrá derecho a la rebaja de la renta en caso de pérdida de más de la mitad de sus frutos, por casos fortuitos extraordinarios, como incendios, sequía, inundación insólita, plagas u otros acontecimientos igualmente desacostumbrados y que los contratantes no puedan razonablemente prever, el precio del arrendamiento se rebajará proporcionalmente al monto de las pérdidas sufridas por el arrendador.
...