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CREDITOS MOROSOS Y EN GESTION JUDICIAL

Jimena0567Resumen20 de Abril de 2019

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  1. CREDITOS

CREDITOS(*)

“Son derechos que el ente posee contra terceros de recibir dinero u otros bienes o servicios (siempre  que no respondan a las características de otro rubro del activo”

(*) Resolución Técnica 9 FACPCE

ACTIVO

PASIVO

Caja y Bancos

Deudas

Inversiones

Previsiones

Créditos

Bienes de Cambio

PATRIMONIO NETO

Bienes de Uso

Activos Intangibles

  • OBJETIVO GENERAL:

Comprender cuales son los componentes del rubro, y qué criterios de valuación y exposición contable corresponde aplicar en los distintos momentos de la vida del ente.

  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Analizar los efectos de la utilización de créditos como medio de cobro, pago y obtención de fondos.

Determinar las características del devengamiento de intereses en créditos documentados y sin documentar y el funcionamiento de las cuentas regularizadoras del activo.

Registrar el endoso y el descuento de documentos, reconociendo la contingencia que ello implica con cuentas de orden y cuentas regularizadoras.  

Comprender la necesidad de constituir previsiones para deudores incobrables

Calcular el importe a previsionar para afrontar presuntas incobrabilidades

Registrar contablemente situaciones vinculadas con previsiones para deudores incobrables

INDICE DEL RUBRO

      PALABRAS CLAVE

     

      CONCEPTOS BASICOS

      CASOS PRACTICOS

  1. Caso 1, Reclasificación de cuentas y devengamiento de intereses, Liqui Dada
  2. Caso 1, Endoso de documentos, E.U.G.
  3. Caso 1, Descuento de documentos, Sali, con solución
  4. Caso 2, Descuento de documentos, Lisa
  5. Caso 3, Descuento de documentos, Laga
  6. Caso 1, Previsión para deudores incobrables, Santi SA, con solución
  7. Caso 2, Previsión para deudores incobrables, Caro SA, con solución
  8. Caso 3, Previsión para deudores incobrables, Recaudadora SA
  9. Caso 4, Previsión para deudores incobrables, Cobraría SA


PALABRAS CLAVE

  • Descuento y endoso de documentos
  • Créditos morosos y en gestión judicial
  • Incobrabilidad presunta
  • Incobrabilidad real

DESCUENTO Y ENDOSO DE DOCUMENTOS: :Representan operaciones de financiación externa, pues los instrumentos financieros recibidos de los clientes, toda vez que ello sea posible, pueden ser:

  • entregados a una institución financiera con la que opera el ente,  a cambio de una acreditación de fondos en su cuenta corriente bancaria
  • entregados a proveedores u otros acreedores, para disminuir o cancelar deudas que mantiene el ente con ellos.

Ambas operaciones de financiación externa generan la existencia de contingencias relacionadas con la falta de pago por parte del firmante del documento.

Dichas contingencias podrán registrarse empleando cuentas de orden o regularizadoras del activo (del rubro Créditos por Ventas)

"En la contabilización del descuento de. documentos deben reflejarse:

  1. la disminución de los saldos de documentos en cartera
  2. según con quien se haya hecho la operación y cual sea su propósito
  1. el ingreso de dinero
  2. el aumento del saldo en una cuenta corriente bancaria, o
  3. la reducción total o parcial de un pasivo

c) los intereses a devengarse entre la fecha de la operación y las de vencimiento de los valores"[1]

CREDITOS MOROSOS Y EN GESTION JUDICIAL: Son aquellos saldos de clientes que se encuentran excedidos del plazo pactado entre ambas partes para la cancelación del compromiso asumido.

Los créditos en gestión judicial, adicionalmente a lo antes expuesto, reflejan importes cuya gestión de cobranza  se le encargó a los asesores legales u otros terceros.

INCOBRABILIDAD PRESUNTA: Ante la existencia de una contingencia negativa, "baja probabilidad de cobro de un crédito", debería disminuirse su valuación y así evitar que el crédito quede valuado por encima  de su valor recuperable.  Es por ello que se requiere reconocer la pérdida (Deudores Incobrables) y la contrapartida será considerada como un ajuste al saldo de la cuenta patrimonial (Previsión para Posibles Deudores Incobrables)

Para constituir la mencionada previsión, deberán estimarse los presuntos incobrables; para ello, surgen las siguientes  posibilidades de cálculo más usuales:

  • estadístico
  • selectivo

El método estadístico consiste en aplicar un porcentaje promedio de los incobrables sobre el monto de las cuentas por cobrar.  Esta metodología se utiliza cuando la cartera de clientes se encuentra muy atomizada. Con respecto a los problemas que esta estimación presenta sobre el total de los créditos,  se puede mencionar la selección de una base y la determinación del porcentaje a aplicar.respecto de presuntas incobrabilidades.

El método selectivo consiste en un análisis individual de la antigüedad del saldo pendiente de cobro pues la mejor presunción de que el cliente no pagaría su saldo  pendiente es la falta de pago en un tiempo razonable; previo análisis de la tendencia de la cuenta corriente mencionada y la existencia o no de garantías  o de la posibilidad de compensar saldos pendientes de cobro con saldos a pagar por parte del ente a ese mismo cliente.

Respecto de la recuperabilidad del conjunto de las cuentas pendientes de cobro, "Si bien el procedimiento ideal es determinar estas presuntas incobrabilidades a partir de un análisis individual, no debe olvidarse que para una cartera muy atomizada de créditos esta tarea demandaría grandes esfuerzos, y la condición de "oportunidad" de la información contable  se habría dejado de lado, es por ello que un procedimiento combinado entre un análisis individual de los saldos pendientes de cobro y otro basado en la experiencia  del ente respecto de incobrabilidades  presentadas en el pasado, sería el procedimiento más razonable, atento el grado de arbitrariedad  que presenta un análisis basado en el volumen de ventas  a crédito  o respecto del total  de las ventas"[2] 

INCOBRABILIDAD REAL: Al tratar el saldo adeudado por un cliente como definitivamente incobrable, debe considerarse la baja del crédito y la contrapartida representará la disminución de la previsión  constituida.

"Las bajas de las cuentas consideradas definitivamente incobrables deben constar en comunicaciones firmadas por el funcionario facultado para decidir sobre el particular (por ejemplo el gerente administrativo o un funcionario de similar  o mayor nivel)"[3]

Pueden surgir diferencias entre el importe real de la baja y aquél estimado por la incobrabilidad reflejada en la Previsión.  Dichas diferencias se imputan a resultados.

El mencionado  resultado será tipificado como del ejercicio, cuando surja de cambios en la situación del cliente verificados en el ejercicio en que se considere la baja.  Sin embargo, será considerado un ajuste a los resultados de ejercicios anteriores, en el caso de no haberse previsionado una situación contingente, cuando  del análisis de la recuperabilidad del crédito hubiera surgido la necesidad de su reconocimiento contable en un ejercicio anterior (corrección de un error de juicio o de cálculo)


CASO Nº 1 – Reclasificación de cuentas y devengamiento de intereses

PLANTEO

Los siguientes saldos corresponden a las cuentas de Créditos de la Empresa  “Liqui Dada” (que no está inscripta como responsable en el IVA) al 31/01/2  Los intereses relacionados fueron correctamente devengados en los meses anteriores.  La empresa segrega componentes financieros implícitos.

Anticipo de sueldos de Almacenes

500

Deudores por ventas

12.500

Deudores por cheques rechazados

1.200

Documentos a cobrar

4.200

Intereses positivos a devengar

      (200)

Durante el mes de Febrero se realizan las siguientes operaciones:

01/02

Se venden mercaderías a 60 días al precio de contado de $ 12.000 (total).  El total  se cobra en dos documentos, uno a 30 y otro a 60 días, a los que se agrega el 14,6% de interés anual.  El costo total de los bienes vendidos era de $ 6.600

02/02

El 31/01 se registraron los sueldos a pagar del mes de enero que se harán efectivos el día 5 de febrero, se advierte que no se consideró la registración del pago a cuenta del personal de Almacenes correspondiente al mismo mes.

08/02

Se venden mercaderías en cuenta corriente a 30 días sin intereses, al precio de lista de $ 6.000 (total).  De haberse cobrado en efectivo, se hubiera concedido 3% de descuento.  El costo total de los bienes vendidos era de $ 3.000

09/02

Se recibe un documento a 30 días en pago del cheque rechazado.  Incluye, además, 3% en concepto de interés.

12/02

Se pagan con cheque del Banco Nacional $ 300 de Anticipo al Impuesto a las Ganancias.

13/02

Se vende un terreno, que se había adquirido como inversión (costo $ 40.000), en $ 50.000 a crédito con una hipoteca a un año, a la tasa del 7,3% anual

16/02

Se paga al proveedor “Multi Liquid” $ 5.000, con cheque del Banco Nacional, un anticipo por la compra de mercaderías que fabricará a pedido, pactando la entrega para el 10/03

21/02

En la fecha se cobra en efectivo el crédito de $ 2.000,  otorgado a 30 días con el 3% de interés mensual al cliente “Exceliquid”

26/02

Se cobra con un cheque el documento de $ 3.200 recibido en el mes de enero,  que incluye $ 200 de intereses pendientes de devengamiento

28/02

Se devengan los intereses del período

28/02

Se analizan los saldos advirtiendo que, del total de Deudores por ventas, $ 300 corresponden a cuentas atrasadas y $ 100 son absolutamente incobrables, mientras que un documento de $ 1.000 originado en la venta de bienes de uso dados de baja y vencido el 31/01 (cuyos intereses ya habían sido correctamente devengados) fue protestado, iniciándose acciones judiciales para su cobro.  Los resultados del bimestre no generarán impuesto a las ganancias.

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