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CRITICISMO ALEMÁN Y REFORMISMO ILUMINISTA ITALIANO


Enviado por   •  2 de Octubre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  2.476 Palabras (10 Páginas)  •  67 Visitas

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CRITICISMO ALEMÁN Y REFORMISMO ILUMINISTA ITALIANO

Al tomar como bases fundamentales la filosofía Kantiana como un pilar fuerte y atrevido para la concepción del derecho inspira la adopción de dos corrientes epistemológicas nuevas como el racionalismo (origen alemán) y el empirismo inglés propuesto por Locke y Hume; para ello inspirarnos en las ideas de Immanuel nos invitar a viajar a en los confines de la filosofía jurídica y política para alcanzar lo que de verdad quiere el derecho: la verdad. Gracias a la incorporación de la filosofía Kantiana se da un cambio significativo del derecho naturalista al racional enmarcado bajo una célebre frase “el hombre es la base del derecho” en el cual a través de sus mas recordadas obras cómo “introducción a la metafísica del derecho” propone dos corrientes que son el derecho privado y el derecho público.

Pero ¿cómo comprender dos nociones clave para el desarrollo del derecho bajo su filosofía? Es importante recalcar dos principios básicos que transformaron aquellas ideas cómo lo son la metafísica entendida como intelecto puro y razón pura y la costumbre como reglas de conducta o leyes que disciplinan al hombre.

Algunos autores como Bobbio apuntan a describir la metafísica de las costumbres como” una filosofía del derecho y de las instituciones jurídicas fundamentales, a partir de los postulados de la razón pura práctica”. Kant centra su concepto de derecho bajo tres componentes, apuntando al principio moral universal de actuar.

1. Influencia mediata o inmediata

2. arbitrio del agente con el arbitrio del otro

3. relación del arbitrio respectivo de los contratantes.

El derecho no prescribe lo que se debe hacer, sino el modo en que una acción debe ser realizada.

Por otro lado, en su obra la “metafísica de las costumbres” propone dos enunciados no menos importantes que son:

1. Introducción al derecho

2. División de la ciencia del derecho

Haciendo una síntesis de ideas podría afirmarse que Kant se fundamenta bajo el formalismo imperativo de la razón, donde invita a la introducción del derecho natural creandounos cimientos fuertes con la división del derecho privado (principios a priori) del derecho público o civil (concentrado en la voluntad del legislador) apoyando la formulación previa de la razón, pero sin descuidar lo que es un deber moral.

Dejando un lado las ideas de Immanuel pasamos a una Hegel (1770- 1831) proponiendo bajo un sistema filosófico un pensar jurídico en la ética concreta universal, para la creación de un Estado para el desarrollo del contrato social en el cual regule la vida civil en función del interés público, concibiendo deberes, pero otorgando derechos.

En el siglo XVIII Italia cuestiona su Derecho y la administración de la justicia arrojando al mapa orientaciones racionalista de autores como Muratori ( buscaba resolver los defectos de la justicia a través de una codificación) Cesare Beccaria ( derogación del Derecho penal y de sus castigos inhumanos) centrándose en tres fuentes legales que son la Revelación, la ley natural y las convenciones ficticias de la sociedad buscando un equilibrio entre el Derecho natural y la Justicia divina., aunque cabe mencionar que no se quiere abolir toda conducta que contradiga la ley sino dar punciones significativas según el delito cometido , donde las pruebas deben ser establecidas por la ley, y no por los Jueces, cuyos decretos son siempre opuestos a la libertad política, dando una crítica del problema de igualdad ante la ley , pero , por otro lado afirma “ es inconveniente apurar la verdad podrá llevar la condena de inocentes frágiles y sensibles y a la absolución de los culpados físicamente pero fuertes para soportar los suplicios aplicados” aunque cabe mencionar que si las leyes fueran según la resistencia de la punciones del hombre se aplicarían penas según su sensibilidad.

En otro orden de ideas, Marqués Milano hace una crítica sobre la pena de muerte considerándola incompatible con un Estado liberal justo y bien organizado, aunque considerando aquella dolencia como una solución a conductas que son rechazadas como la revolución o la guerra. Recordando un poco a Beccaria en su capítulo XXIII “ la proporción entre los delitos y las penas” es posible deducir que la suavización de las penas corresponde exactamente a la posibilidad de graduación en conformidad del crimen pero basados en clases sociales , donde bajo propio criterio no debería haber distinción de jerarquía social debido a que todos estamos estrictamente alineados en parámetros legales que nos hacen iguales ante la ley , mas aún contradigo la idea de Beccaría al conceder punciones según la resistencia del individuo debido a que cada delito tiene como establecido un escarmiento no prioritario pero si acorde a las ofensas sociales.

FILOSOFÍA JURÍDICA ESCOCESA Y ANGLOSAJONA

La revolución francesa, cargada de rupturas radicales de poderes absolutistas y manifestaciones ideológicas, Inglaterra guerra civil con fines liberales y constitucionalistas nos invita a considerar el progreso con contribuciones filosóficas, políticas y económicas a favor del derecho, haciendo una distinción marcada en el siglo XVIII como una cultura individualista y liberal intrínsecamente proporcional entre derecho y moral siendo las constituciones cómo el instrumento administrativo de los derechos , garantías y poderes de la sociedad política.

FUNDAMENTOS Y DESARROLLO HISTÓRICO DEL POSITIVIMOS JURÍDICO

La revolución industrial, capitalismo y las luchas sociales encaminaron la emancipación del liberalismo económico, la revolución victoriosa y las tendencias socialista apuntando a la realización de un movimiento positivo de la ciencia donde como filosofía busca la defensa del conocimiento científico generado por observaciones empíricas y por la exigencia de hechos, utilizando la metodología propia de las ciencias naturales, matemática y la lógica siendo ideas inspiradoras en el siglo XIX para el liberalismo como doctrina de tradición revolucionaria , donde en años como 1830 y 1848 se estimularon ideas republicanas y socialistas marcan una época de sublevación, estimulando a través de la Revolución industrial la aparición de pensadores y anarquistas.

Seguido de este tipo de ideas comienza a tener fuerza el socialismo como una postura fuerte que confronta lo establecido reclamando y cuestionando el rumbo

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