Carta Iberoamericana De Justicia
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CLAD
Centro Latinoamericano de
Administración para el Desarrollo
NU (DESA)
Naciones Unidas
Departamento de Asuntos Económicos y
Sociales
Carta Iberoamericana
de la Función Pública
Aprobada por la V Conferencia Iberoamericana de Ministros de
Administración Pública y Reforma del Estado
Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, 26-27 de junio de 2003
Respaldada por la XIII Cumbre Iberoamericana
de Jefes de Estado y de Gobierno
(Resolución Nº 11 de la “Declaración de Santa Cruz de la Sierra”)
Bolivia, 14-15 de noviembre de 2003
Sumario
PREÁMBULO
CAPÍTULO PRIMERO.
FINALIDAD Y ÁMBITO DE LA CARTA
CAPÍTULO SEGUNDO.
CRITERIOS ORIENTADORES Y PRINCIPIOS RECTORES
CAPÍTULO TERCERO.
CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE LA FUNCIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO CUARTO.
REQUERIMIENTOS FUNCIONALES DE LA FUNCIÓN
PÚBLICA
CAPÍTULO QUINTO.
CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS SOBRE LA FUNCIÓN
DIRECTIVA
CAPÍTULO SEXTO.
CONDICIONES DE EFICACIA DE LA CARTA
epígrafes 1 a 5
epígrafes 6 a 8
epígrafes 9 a 12
epígrafes 13 a 52
epígrafes 53 a 56
epígrafes 57 a 62
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CARTA IBEROAMERICANA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
PREÁMBULO
De conformidad con la Declaración de Santo Domingo, aprobada por la IV
Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administración Pública y Reforma del
Estado, el Estado constituye la máxima instancia de articulación de relaciones
sociales. Desde el punto de vista de la gobernabilidad, el progreso económico y la
reducción de la desigualdad social, el papel del Estado en las sociedades
contemporáneas, y en particular en el área iberoamericana, es fundamental para
el logro de niveles crecientes de bienestar colectivo.
Para la consecución de un mejor Estado, instrumento indispensable para el
desarrollo de los países, la profesionalización de la función pública es una
condición necesaria. Se entiende por tal la garantía de posesión por los servidores
públicos de una serie de atributos como el mérito, la capacidad, la vocación de
servicio, la eficacia en el desempeño de su función, la responsabilidad, la
honestidad y la adhesión a los principios y valores de la democracia.
A los fines de la presente Carta, la expresión “función pública”, con el contenido
que le atribuye el capítulo primero, se entenderá equivalente a la de “servicio civil”,
utilizada con preferencia en algunos países del área iberoamericana. Todas las
alusiones y referencias a la primera se consideran por tanto indistintamente
aplicables al otro término, por lo cual se entenderán excluidos de la Carta los
cargos de naturaleza política.
Diversos estudios realizados por organismos internacionales registran evidencias
acerca de una relación positiva entre la existencia de sistemas de función pública
o servicio civil investidos de tales atributos y los niveles de confianza de los
ciudadanos en la administración pública, la eficacia gubernamental y la lucha
contra la corrupción, y la capacidad de crecimiento económico sustentable de los
países. Por otra parte, una Administración profesional que incorpora tales
sistemas contribuye al fortalecimiento institucional de los países y a la solidez del
sistema democrático.
Para hacer posible la existencia de sistemas de tal naturaleza es necesario que la
gestión del empleo y los recursos humanos al servicio de los gobiernos incorpore
los criterios jurídicos, organizativos y técnicos así como las políticas y prácticas
que caracterizan a un manejo transparente y eficaz de los recursos humanos.
La eficacia de los principios, procedimientos, políticas y prácticas de gestión que
configuran un sistema de función pública requiere que todos ellos sean
debidamente contextualizados en el entorno institucional en el que deben
incardinarse y operar. Los requerimientos derivados de la historia, las tradiciones,
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el contexto socioeconómico y el marco político de cada realidad nacional son
factores que condicionan
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