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Casos Juridicos

Sica160628 de Enero de 2015

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Responsabilidades Jurídicas de los funcionarios y directivos generales de mi empresa

En la Empresa en la que yo laboro la responsabilidad jurídica recae sobre el Gerente Administrativo, mismo que es también Representante Legal de la Empresa.

Las Responsabilidades Jurídicas Civiles

El Gerente Administrativo tiene las responsabilidades inherentes a su mandato y las derivadas de la ley y responsabilidades inherentes a su mandato y la derivada de las obligaciones que la ley y los estatutos les imponen. Dividiremos en tres partes lo que manda la ley en estos casos

a) La responsabilidad inherente a su mandato. Las funciones de los administradores se equiparan a las de un mandatario o apoderado, por lo tanto, los administradores deberán actuar con la prudencia y el cuidado del negocio que se les encarga, tal y como si dicho negocio fuera de ellos. El Código civil establece que deben actuar con la diligencia de un comerciante prudente y además hacerlo de buena fe.

b) La responsabilidad impuesta por los estatutos. Son obligaciones convencionales (nacen del convenio, acuerdo entre los socios y se plasman en los estatutos sociales), de conformidad con el Código civil y el Código de comercio se les prohíbe actuar con dolo o violencia o excederse en las facultades otorgadas en los estatutos.

c) Las responsabilidades derivadas de la ley. Las obligaciones específicas establecidas por la LGSM (Ley General de Sociedades Mercantiles) a los administradores son todas aquellas que les son inherentes a su cargo.

El artículo 158 de dicha ley señala que las obligaciones principales de los administradores son:

I. De la realidad de las aportaciones hechas por los socios.

II. Del cumplimiento de los requisitos legales y estatutarios establecidos con respecto a los dividendos que se paguen a los accionistas.

III. De la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control, registro, archivo o información que proviene de la ley.

IV. Del exacto cumplimiento de los acuerdos de las asambleas de accionistas.

Asimismo en caso de estar en desacuerdo con alguna situación acerca de administradores anteriores y al darse cuenta lo manifiesta para evitar incurrir en esa responsabilidad.

También entran en las responsabilidades Civiles de nuestro Gerente Administrativo las que corresponden a los siguientes artículos que marca la LGSM (Ley General de Sociedades Mercantiles):

Artículo 160.- El administrador se volverá responsable solidariamente con los anteriores en caso que detecte alguna irregularidad y no denuncie por escrito con los Comisarios.

Igualmente, será responsable solidario frente a terceros, si el administrador representa a una sociedad irregular y si inicia nuevas operaciones cuando se haya autorizado la disolución de la sociedad, autorice una indebida repartición de utilidades.

Y también está obligado a resarcir los daños y perjuicios que pueda causar a la sociedad mercantil.

Las Responsabilidades Jurídicas Penales:

Si el Gerente Administrativo de mi empresa lleva a cabo cualquier delito, puede ser sujeto de que se la sancione con la pena que señala la ley a esos efectos. La administración fraudulenta para quien tiene a su cargo la administración de bienes ajenos y con afán de lucro, perjudica a los titulares de esos bienes.

También se le consideraría falta grave cuando altere cuentas o condiciones de los contratos, si hace operaciones o gastos inexistentes, exagera y altera los gastos reales, oculta, retiene o emplea indebidamente los valores entregados a su cuidado, o sabiendo el carácter perjudicial de una operación que realiza, perjudica con ello el patrimonio de los dueños de la empresa y obtiene un beneficio para sí o para un tercero. Nuestro Gerente tiene el control total de la cuentas de la Empresa, tanto bancaria

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