Certificados De Participacion
leticiaortuno20 de Mayo de 2013
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Certificados de Participación
Certificado: Viene del verbo certificar, que significa asegurar, afirmar, dar por cierto algo.
Participación: es la acción y efecto de participar; verbo que a su vez significa:
1. Dicho de una persona: Tomar parte en algo.
2. Tener parte en una sociedad o negocio o ser socio de ellos.
Por ende, semánticamente el Certificado de Participación es el documento por el cual se da por cierto el hecho de que una persona es partícipe de lo que queda plasmado en dicho documento.
Origen y Mecanismos de los Certificados de Participación
En México tienen su fundamento jurídico en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en sus artículos 228 A al 228 V
Leopoldo Solís M, en su libro Evolución Del Sistema Financiero Mexicano Hacia Los Umbrales Del Siglo XXI establece que los Certificados de Participación aparecieron por vez primera el año 1987, a través de la Bolsa Mexicana de Valores, con el propósito de obtener financiamiento de largo plazo.
Ejemplo Clásico• Continúa el mismo autor aseverando que el más claro ejemplo de Certificados de Participación son los CREDIBURES, los cuales son emitidos por Nacional Financiera con fines de captación de recursos para el apoyo crediticio hacia la micro, pequeña y mediana industria.
• Nacional Financiera realiza su emisión con el carácter de fiduciaria del fideicomiso.
De igual forma, los PETROBONOS, emitidos en la década de los años 1970s, fueron otro ejemplo de Certificados de Participación.
Su Origen y Mecanismo
El origen de los Certificados de Participación radica en la necesidad que tiene una empresa de allegarse de financiamiento.
Por ello, dicha empresa entrega a una fiduciaria determinados bienes, muebles o inmuebles, para constituir un fideicomiso.
Estos bienes deben ser evaluados, y en base a este peritaje se autorizará la emisión de determinado número de Certificados de Participación.
Partes del Fideicomiso
Las partes del Fideicomiso de donde se derivan los Certificados de Participación son:
Fideicomitente, que es la empresa que entrega los bienes.
Fiduciaria es una Institución de crédito facultada para crear fideicomisos.
Fideicomisarios son quienes adquieren esos Certificados de Participación.
Por último, el Patrimonio Fiduciario Autónomo lo constituyen los bienes fideicomitidos.
Documentos Derivados de un Fideicomiso
Los Certificados de Participación son siempre derivados de un Fideicomiso (art 228 a)
Por ende, sólo son emitidos por una fiduciaria.
Para los efectos de la emisión de Certificados de Participación podrán constituirse fideicomisos sobre toda clase de empresas industriales y mercantiles, consideradas como unidades económicas. (Art 228 C)
Período Preemisión de los Certificados de Participación
La Emisión de los Certificados de Participación es un Declaración Unilateral de la Voluntad, la cual debe constar en Escritura Pública.
En ésta la emisora debe hacer constar lo siguiente:
I.- La denominación, el objeto y el domicilio de la sociedad emisora;
II.- Una relación del acto constitutivo del fideicomiso, bases de la emisión;
III.- Una descripción suficiente de los derechos o cosas materia de la emisión;
IV.- El dictamen pericial a que se refiere el artículo 228 h;
V.- El importe de la emisión, con especificación del número y valor de los certificados que se emitirán, y de las series y subseries, si las hubiere;
VI.- La naturaleza de los títulos y los derechos que ellos conferirán.
VII.- La denominación de los títulos;
VIII.- En su caso, el mínimo de rendimiento garantizado;
IX.- El término señalado por el pago de productos o rendimientos, y si los certificados fueren amortizables, los plazos, condiciones y forma de la amortización;
X.- Los datos de registro que sean procedentes para la identificación de los bienes materia de la emisión y de los antecedentes de la misma;
XI.- La designación de representante común de los tenedores de certificados y la aceptación de éste, con su declaración:
a).- De haber verificado la constitución del fideicomiso, base de la emisión;
b).- De haber comprobado la existencia de los bienes fideicometidos y la autenticidad del peritaje practicado sobre los mismos de acuerdo con el artículo 228 h.
En caso de que los certificados se ofrezcan en venta al público, los avisos o la propaganda, contendrán los datos anteriores.
Por violación de lo dispuesto en este párrafo quedarán solidariamente sujetos a daños y perjuicios aquellos a quienes la violación sea imputable. (Art 228 M) .
Requisitos del Certificado de Participación
Artículo 228 n.- El certificado de participación deberá contener:
I.- Nombre, nacionalidad y domicilio del titular del certificado;
II.- La mención de ser “certificados de participación” y la expresión de si es ordinario o inmobiliario;
III.- La designación de la sociedad emisora y la firma autógrafa del funcionario de la misma, autorizado para suscribir la emisión correspondiente;
IV.- La fecha de expedición del título;
V.- El importe de la emisión, con especificación de número y del valor nominal de los certificados que se emitan;
VI.- En su caso, el mínimo de rendimiento garantizado;
VII.- El término señalado para el pago de productos o rendimientos y del capital y los plazos, condiciones y forma en que los certificados han de ser amortizados;
VIII.- El lugar y modo de pago;
IX.- La especificación, en su caso, de las garantías especiales que se constituyan para la emisión, con expresión de las inscripciones relativas en el Registro Público;
X.- El lugar y la fecha del acta de emisión, con especificación de la fecha y número de la inscripción relativa en el Registro de Comercio;
XI.- La firma autógrafa del representante común de los tenedores de certificados.
Denominación
Los certificados de participación se designan como:
I.- Ordinarios (CPO) cuando los bienes fideicometidos son muebles.
II.- Inmobiliarios (CPI) si los bienes fideicometidos son inmuebles.
Qué Adquiere el Inversionista a través de los Certificados de Participación
PRIMER SUPUESTO: Adquiere una parte proporcional de los frutos o rendimientos valores, derechos o bienes fideicomitidos.
ART 228 A.- Los certificados de participación son títulos de crédito que representan:
a).- El derecho a una parte alícuota de los frutos o rendimientos de los valores, derechos o bienes de cualquier clase que tenga en fideicomiso irrevocable para ese propósito la sociedad fiduciaria que los emita;
SEGUNDO SUPUESTO: Adquiere una parte proporcional del derecho de propiedad o titularidad de los valores, derechos o bienes fideicomitidos.
ART 228 A.- Los certificados de participación son títulos de crédito que representan:
b).- El derecho a una parte alícuota del derecho de propiedad o de la titularidad de esos bienes, derechos o valores;
TERCER SUPUESTO: Adquiere una parte proporcional del producto de la venta de los valores, derechos o bienes fideicomitidos.
ART 228 A.- Los certificados de participación son títulos de crédito que representan:
c).- O bien el derecho a una parte alícuota del producto neto que resulte de la venta de dichos bienes, derechos o valores.
Derechos del Adquiriente de Certificados de Participación
En caso de que al hacerse la adjudicación o venta de dichos bienes, derechos o valores, el valor comercial de éstos hubiere disminuido, sin ser inferior al importe nominal total de la emisión, la adjudicación o liquidación en efectivo se hará a los tenedores hasta por un valor igual al nominal de sus certificados (Art 228 A)
Si el valor comercial de la masa fiduciaria fuere inferior al nominal total de la emisión, tendrán derecho a la aplicación íntegra de los bienes o producto neto de la venta de los mismos. (Art 228 A).
Características de los Certificados de Participación
Son Títulos de Crédito
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