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Ciclo Presupuestario


Enviado por   •  13 de Febrero de 2015  •  4.391 Palabras (18 Páginas)  •  1.286 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universitaria

Fundación Misión Sucre

Programa Nacional de Formación en Administración

Aldea Universitaria “República Argentina”

Cumaná, Estado- Sucre.

Ciclo Presupuestario

Prof.: Lisbett Rodríguez Triunfadores:

Niurka Pacheco

Edixon González

Mariatzis Brito

María Veliz

Yelitza López

Cumaná, Enero de 2015

Introducción

A través del concepto "ciclo presupuestario" se hace referencia al conjunto de fases sucesivas que conforman el presupuesto, desde su elaboración hasta el control del mismo una vez que éste ha sido aprobado y ejecutado.

A medida que se sigue redactando este trabajo conoceremos más de la contabilización de las operaciones derivadas del presupuesto de Ingreso como los de los gastos, sus respectivas estructuras y características de las mismas.

Por Otra parte, Los Méritos y limitaciones de los sistemas presupuestario, Competencias de los diferentes poderes en la Formulación, Ejecución y Fiscalización de los Presupuestos.

Siguiendo este orden de ideas, también se hace presente la Preparación, Discusión y Aprobación de los Presupuestos y Su Fiscalización en la Ejecución de la Misma.

1. Ciclo Presupuestario

El concepto de ciclo, aplicado al presupuesto, hace referencia a una secuencia de fases interconectadas y delimitadas en el tiempo. De esta manera, el ciclo presupuestario o lo que es lo mismo, los distintos momentos que configuran temporalmente el régimen jurídico de la institución presupuestaria, consta de cuatro fases:

• La elaboración. • La aprobación. • La ejecución • El control.

En el ciclo presupuestario se pone de manifiesto la existencia de un cúmulo de competencias atribuidas tanto al poder ejecutivo como al poder legislativo, lo que es nota distintiva de la materia presupuestaria frente a otras esferas del poder público. En materia presupuestaria se da una función compartida entre el Gobierno y el Parlamento, puesto que sin la actuación de ambos la actividad de gasto público no sería posible.

Así, básicamente, las fases de elaboración y ejecución del presupuesto corresponden al poder ejecutivo, mientras que las fases de aprobación y control corresponden al poder legislativo. Sin perjuicio de lo cual, ejercen funciones de control, en la fase de ejecución, la propia Administración a través de la Intervención General de la Administración del Estado, y también un ente jurisdiccional externo, como es el Tribunal de Cuentas, contemplado en el artículo 136 de la CE como órgano supremo de fiscalización de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del resto del sector público.

2. Contabilización de las Operaciones Derivadas del Presupuesto de Gasto

El presupuesto de gastos de una Entidad local es la autorización que hace el Pleno para que el gobierno de la Entidad pueda gastar. Esta autorización se refiere a un periodo de tiempo determinado, un año, y establece el importe que, como máximo, se puede gastar y en qué se debe realizar el gasto.

Para modificar la cantidad o la finalidad de los gastos presupuestados es necesario tramitar unas modificaciones de crédito reguladas en la normativa. Las cantidades que figuran en el presupuesto de gastos se denominan créditos presupuestarios y forman parte del presupuesto de la entidad.

La autorización para que el gobierno de la Entidad local pueda gastar se concreta en el denominado estado de gastos, en el que se incluirá con la debida especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de las obligaciones. Se considera que se ha realizado el gasto cuando surge una obligación de pago, no cuando se paga.

Por tanto, el presupuesto de gastos incluirá el importe de los créditos necesarios para atender las obligaciones de pago que surjan en ese ejercicio. Como el presupuesto, indica las cantidades máximas que puede gastar la Entidad local en un año, las obligaciones de pago que hayan tenido lugar en ese año no pueden ser superiores a los créditos presupuestados

Una vez aprobado el Presupuesto de la Entidad, y realizada la apertura del mismo, procede iniciar la ejecución o gestión del Presupuesto.

En cuanto a la ejecución del Presupuesto de Gastos, habrá que tener presente en todo momento el carácter limitativo de los créditos para gastos, lo que significa que se debe efectuar un mayor control de los mismos, a fin de no sobrepasar en ningún momento los créditos aprobados por el Pleno de la Entidad para cada nivel de vinculación jurídica establecido, o en su caso, proceder a la correspondiente modificación presupuestaria mediante los canales legalmente establecidos.

Al estudiar las operaciones de gestión del Presupuesto de Gastos y su contabilización, hay que distinguir entre:

- Operaciones de gestión del Presupuesto Corriente de Gastos: Son las operaciones derivadas de gastos realizados en el año natural del propio ejercicio presupuestario, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre del ejercicio en curso.

- Operaciones de gestión de Presupuestos Cerrados de Gastos: Son las operaciones derivadas de obligaciones pendientes de pago que ya han sido liquidadas en ejercicios presupuestarios anteriores y que integran la agrupación de Presupuestos Cerrados. Son operaciones directamente relacionadas con las resultas, es decir, son operaciones de captura de cerrado.

3. Estructura del Presupuesto de Gasto

Se estructura en:

 Clasificación institucional: se ordenan los gastos públicos según las instituciones o dependencias a las cuales se asignan los créditos, permite establecer la responsabilidad

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