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Codigo Fiscal Resumen


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2014  •  4.159 Palabras (17 Páginas)  •  182 Visitas

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TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- Las personas físicas y morales, están obligadas a contribuir para los gatos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas.

Artículo 2º.- CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS.

Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejora y derechos.

Artículo 3º.- APROVECHAMIENTOS.

Son aprovechamientos los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones. Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización, son considerados como los accesorios del aprovechamiento.

Artículo 4.

Trata sobre los créditos fiscales, y son definidos como los créditos que percibe el estado, provenientes de las contribuciones. En su apartado A, aclara que los impuestos que correspondan a Estados extranjeros que sean recaudados en México también entran en la aplicación de estas disposiciones.

Artículo 5

. Establece que las disposiciones fiscales que cargan, exentan, o sancionan a los particulares, son de aplicación estricta.

Artículo 6º.- CAUSACION DE LAS CONTRIBUCIONES.

Se determinara conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación. Los contribuyentes determinaran las contribuciones a su cargo dentro de los 15 días siguientes de su causación. Se pagara en la fecha o dentro del plazo establecido. Se calcula por periodos y en los casos de retención o de recaudación.

Artículo 7

. Establece que las leyes, disposiciones y reglamentos entran en vigor al día siguiente de su publicación, a no ser que se establezca una fecha posterior.

Artículo 8.

Se define que México es el territorio nacional y su zona económica exclusiva fuera de su mar territorial.

ARTÍCULO 9: QUIENES SON RECIDENTES EN TERRITORIO NACIONAL:

Nos habla de quienes residen en el territorio nacional y cómo se comportan, Son las que hayan establecido su casa habitación en México, si en México se encuentran su centro de intereses vitales, cuando sus ingresos tenga fuente de riqueza México, así mismo habla de quienes no perderán esta condición: las que tengan como sede administrativa México así como las personas físicas que acrediten su nueva residencia fiscal en un país donde sus ingresos se ven sujetos al régimen fiscal preferente en los términos del ISR

ARTICULO 10: EL CONCEPTO DE DOMICILIO FISCAL TRATANDOSE DE PERSONAS FISICAS Y MORALES Y LA OBLIGACION QUE TIENE EN CASO DE NO DESIGNAR UNO.

Nos habla de los domicilios fiscales la práctica de las diligencias, y que pasa cuando no se cuenta con un local o casa habitación. Las físicas: es el local donde está asentado el negocio, el local que use para sus actividades y en Las morales: el local donde este la admón. principal del negocio así como en el caso de varios establecimientos, el local principal donde se lleve a cabo la administración. Así mismo las autoridades podrán practicar diligencias en cualquier lugar que practiquen sus actividades.

ARTICULO 11: EL EJERCICIO FISCAL Y LA TERMINACION ANTICIPADA DE ESTE.

Cuando iniciaran actividades las personas físicas y morales y el cálculo de contribuciones por ejercicio fiscal y su relación con el año en calendario, Cuando personas morales inicien sus actividades posteriores al 1ro de enero, el ejercicio fiscal será irregular. Debe terminar dicho ejercicio el 31 de diciembre del año tratado, así cuando una sociedad entre en liquidación sea fusionada o se encinda, siempre y cuando desaparezca puede terminar anticipadamente a la fecha en que entre en liquidación.

ARTÍCULO 12: LOS PLAZOS PARA PRESENTAR DECLARACIONES Y PAGO DE CONTRIBUCIONES:

Habla de: Días que se cuentan y días que no, en especial que pasa con los días festivos, incluye que pasa con los días que tengan vacaciones generales las autoridades fiscales federales, la fijación de los plazos y las prórrogas cuando el ultimo día es inhábil o viernes. No se contaran los sábados, domingos, el 1ro de enero, 5 de febrero, 25 de marzo y demás días festivos en calendario. Cuando el día del trámite las oficinas permanezcan cerradas durante el horario normal de labores o sea inhábil se prorroga el plazo hasta el siguiente día hábil. Las autoridades podrán habilitar los días inhábiles pero no alterara el cálculo de plazos.

Articulo 13 DÍAS Y HORAS HÁBILES PARA PARCTICAS DE DILIGENCIAS.

La práctica de diligencias por parte de las autoridades deberá efectuarse en días y hora hábiles. Para la verificación de vienen y mercancías en transporte, se consideraran hábiles todos los días del año y las 24 horas del día.

Habilitación de días y horas inhábiles: podrán habilitar los días y horas inhábiles cuando las autoridades fiscales hagan visitas domiciliarias, del el procedimiento administrativo de ejecución y embargos precautorios.

DEFINICION DE ENAJENACION DE BIENES

Articulo14. Se entiende por enajenación de bienes

• Transmisión de bienes de propiedad, aún con conserva de dominio. Fracción I

• Adjudicaciones. Fracción II

• Aportaciones a sociedades. Fracción III

• Arrendamiento financiero. Fracción IV

• … terminación fracción IX

A) NO SE CONSIDERARA ENAJENACIÓN Operaciones de préstamos de títulos de valor, casos en los cuales se considera que no hay enajenación; operación de préstamo mercantil.

B) NO HAY ENJENACION EN LOS SIGUIENTES CASOS

• I. En el caso de fusión. Incisos A, B Y C.

• II. EN CESION. Incisos A Y B.

Articulo15 DEFINICION DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

Para efectos fiscales, arrendamiento financiero es el contrato por el cual una persona ve obligada a otorgar el uso de bienes tangible aun plazo determinado, obligando a la persona beneficiada a pagar una cantidad determinada

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