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Como Solicitar Asilo


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2014  •  1.013 Palabras (5 Páginas)  •  246 Visitas

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COMO SOLICITAR ASILO?

Cualquier persona en el mundo que considere que su vida o su seguridad corre peligro en su país de origen puede buscar asilo en otros países, pidiendo le sea concedido el estatuto de refugiado.

De acuerdo con el artículo 1A de la Convención de 1951 el estatuto de refugiado indica que este se debe aplicar a cualquier persona que “debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o no quiera acogerse a la protección del país.”

Sin embargo, no pueden aplicar al estatuto de refugiados quienes hayan cometido delitos contra la paz, de guerra o contra la humanidad. Tampoco pueden aplicar personas que hayan cometido delitos comunes graves, es decir personas que hayan sido sentenciadas a cadena perpetua o castigados con penas muy severas. Y tampoco pueden aplicar al estatuto de refugiados las personas que estén participando en actividades militares. Solo los civiles puedan buscar asilo.

Para ser reconocido con el estatuto de refugiado, la persona debe salir del país del que está huyendo y solicitar a las autoridades de otro país, apenas llegue, que no quiere regresar y que quiere solicitar refugio. Pedir asilo en un país fronterizo o que no exija visa es la opción más fácil. Las personas por lo general buscan refugiarse en los países donde viven sus familiares o amigos, donde haya oportunidades laborales, que hablen el mismo idioma y donde puedan recibir una serie de beneficios y ayudas económicas.

En algunas ocasiones, una vez la persona es aceptada como refugiado en un país, puede pedir reasentamiento a un tercer país. Esta opción se utiliza muy poco y por lo general se da cuando las personas tienen temor de que en ese país tampoco están seguras o consideran que podrían adaptarse más fácil y tener más ventajas en otro país. Cada caso es analizado independientemente y por intermedio de ACNUR (Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados), se determina si se debe proceder con el reasentamiento.

El procedimiento para solicitar ser aceptado como refugiado en otro país siempre es gratuito y no debe ser discriminatorio. Cada país determina qué autoridad competente es la que debe hacer el procedimiento de evaluación del caso, pero por lo general son las autoridades migratorias en los puertos los que se encargan inicialmente del manejo de estos asuntos. Mientras se evalúa cada caso, la persona tiene derecho a no ser deportada y a recibir atención y protección por parte de ese estado. Los procesos de evaluación tienen tiempos determinados pero a veces pueden tardar hasta un año o más en resolverse. Cada país decide autónomamente, según sus propias leyes y mecanismos, cuando y como se otorga este reconocimiento.

Por lo general el procedimiento indica que la persona debe dar testimonio y presentar los motivos por los cuales no quiere regresar a su país ante las autoridades competentes. A veces el testimonio de una persona es prueba suficiente para que le otorguen el estatuto de refugiado. Sin embargo, entre más pruebas pueda presentar una persona de que su miedo es realmente fundamentado, mayores probabilidades tiene de ser aceptado. Para esto las personas pueden presentar copias de denuncias ante la Fiscalía de las amenazas o delitos de las que fue víctima y/o cartas de instituciones o conocidos que testifiquen sobre el peligro real que la persona enfrentaría si se queda en ese país.

Ninguna agencia o empresa puede tramitar el asilo político o el estatuto de refugiado a un tercero. Existen personas inescrupulosas que hacen creer a las personas que como intermediarios pueden hacer este trámite. Esto es falso. Solamente las personas, directamente, pueden presentar su solicitud y para esto la persona debe cruzar una frontera y pedir asilo en otro país.

Canadá es la única excepción, pues permite que los colombianos presenten una solicitud por escrito para adquirir el estatuto de refugiado sin haber salido del país. Las personas interesadas deben descargar los formularios de la página web de la Embajada de Canadá en Colombia, http://geo.international.gc.ca/latin-america/colombia/ llenarlos según las instrucciones y luego enviarlos por correo con los documentos adjuntos requeridos a la embajada. Después de evaluar los papeles del caso (que puede demorar varios meses) la embajada decide si llama o no a una entrevista a los solicitantes y aprueba o niega el permiso. Pero de 130,000 solicitudes que recibe cada año la Embajada de Canadá, solamente se aceptan 1.500.

Este estatuto lo otorga cualquiera de los estados (la gran mayoría) que firmaron la Convención de Ginebra y el protocolo de 1967. Pero antes de que existiera esta figura los países de América Latina utilizaban la figura de asilo político, que existe desde hace más de cien años, para proteger a las personas y que está establecida en las Convenciones de Caracas de 1954. En otros continentes la figura de asilo está regulada de manera diferente.

La mayoría de las personas tienden a confundir las dos figuras de protección, (son las más comunes pero hay más) pero son distintas. El asilo político lo otorga de manera discrecional el poder ejecutivo de cada estado y la figura debe ser utilizada para proteger a alguien que es perseguido por sus opiniones y actividades políticas exclusivamente. Esta figura la utilizan sobre todo personas notablemente reconocidas por sus actividades políticas, quienes piden asilo diplomático El estatuto de refugiado además de considerar motivos de persecución política contempla otro tipo de causas y tiene un procedimiento más complejo en el que el país que recibe a la persona debe hacer una revisión y análisis del caso del solicitante para poder justificar que le otorga el asilo como refugiado en su territorio.

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