ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Compensacion Por Tiempo De Servicios


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2013  •  443 Palabras (2 Páginas)  •  374 Visitas

Página 1 de 2

CCOMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

Decreto Supremo No 001-97-TR(1)(2)

(01/03/97)

T.U.O. DE LA LEY DE COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

(1)Reglamentado por el Decreto Supremo N° 004-97-TR (REGLAMENTO DEL T.U.O.

DE LA LEY DE COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS), publicada el 15/04/97

(2)Aclarado por el D.U. Nº 019-2002, publicada el 07/05/2002

Nota: La presente norma, establece disposiciones aplicables a los

depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) que

se devenguen entre el 1 de mayo y el 31 de octubre del año 2002.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Cuarta Disposición Derogatoria y Final del Decreto Legislativo No 857, autoriza al Poder Ejecutivo, para que mediante Decreto Supremo dicte el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo No 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, incluyendo las modificaciones introducidas en su texto, a cuyo efecto podrá efectuar el reordenamiento de sus artículos, Disposiciones Transitorias y Finales;

En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 118o de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1o.- Aprobar el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo No 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, el mismo que consta de cincuentiocho (58) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias, dieciocho (18) Disposiciones Transitorias y siete (7) Disposiciones Derogatorias y Finales.

Artículo 2o.- La Ley cuyo Texto Unico Ordenado se aprueba por el presente Decreto Supremo, será reglamentada por el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, en el término de sesenta días contados a partir de la vigencia de este último.

Artículo 3o.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, sin perjuicio de la vigencia que corresponde a los textos legales materia de reordenamiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, Presidente Constitucional de la República. JORGE GONZALES IZQUIERDO, Ministro de Trabajo y Promoción Social.

LEY DE COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

NATURALEZA DE LA COMPENSACION POR TIEMPO DE

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com