ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Concepto De Herencia


Enviado por   •  22 de Enero de 2014  •  1.015 Palabras (5 Páginas)  •  194 Visitas

Página 1 de 5

CONCEPTO DE HERENCIA EN GENERAL

Proviene del latìn “hereditas-tatis”, de “heres” heredero o “aerentia de haerens, derecho a heredar. Según el Diccionario Jurídico Mexicano pàg. 1575 “significa el conjunto de bienes_ derechos y obligaciones_ que se reciben de una persona por su muerte”.

Herencia tiene dos significados: un subjetivo (jurídico), que equivale a sucesión hereditaria, en el sentido de transmisión de bienes por causa de muerte; en latín se definía.

“hereditas nihil aliud est aquam sucessio in universum

Jus quod defunctus habueri”

<herencia no es otra cosa que la sucesión en todos los derechos que hubiera el difunto>

Este principio lo toma nuestra legislación en su artículo 1281

Y otro Objetivo, que es la masa o conjunto de bienes y relaciones patrimoniales que se transmiten por causa de muerte y hace relación al nuevo sujeto que recibe dichos bienes, denominados caudal relicto (relinquere=dejar) o caudal hereditario.

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA SUCESIÒN O HERENCIA

1.- principio de continuidad: como el heredero sucede al de cujus, es decir, lo sustituye, no puede interrumpirse la continuidad entre el titular faltante y el sucesor, ya que no puede existir un patrimonio sin titular.

Nuestra legislación establece este principio de continuidad en varios artículos del código civil: 1289, 1290, 1429 1704. El heredero y legatario adquieren los derechos sobre la masa desde la muerte del autor de la sucesión , los efectos de aceptación o repudiación se retrotraen a la fecha de esta (1660).

2.- La calidad de heredero no puede estar condicionada a un plazo. La designación en el testamento del día en que deba comenzar o terminar, se tendrá por no puesta. Artículo 1380

3.- Principio de unidad que tiene el patrimonio hereditario. Aun siendo varios herederos, este principio prevalece. Artículo 1288, los herederos tiene derecho a la masa hereditaria (parte alícuota)

4.- Se transmiten todos los derechos y obligaciones tal como lo tenía el autor de la sucesión. Continuidad de estos derechos y obligaciones.

ELEMENTOS DE LA SUCESION

1.- RELACION TRANSMISIBLE

11.- PERSONA QUE TRANSMITE (AUTOR DE LA SUCESION)

111.-. EL QUE RECIBE LA RELACION (CAUSA-HABIENTE, SUCESOR, HEREDERO , LEGATARIO (TITULO PARTICULAR)

1.-RELACION TRANSMISIBLE

El código civil vigente en su artículo 1281, nos define la herencia como: la sucesión de todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte”

¿Qué se transmite por herencia?

Se transmiten por herencia:

a).- Todos los derechos reales, del autor de la sucesión salvo el usufructo, uso y habitación, que por ser vitalicios terminan con el fallecimiento del titular.

b).- derechos de crédito tanto pasivos como activos, siempre que no se extingan con la muerte.

c).- La posesión que tenia el autor de la sucesión (articulo 1704).

d).- cuotas o primas laborales o de instituciones

e).- bienes que le hubieren correspondido al de cujus por disolución de la sociedad conyugal (capitulaciones matrimoniales).

NO SE TRANSMITEN POR HERENCIA

A).- Derechos públicos.

B).- Los personalísimos (por cualidades, derecho y deber de alimentos, carácter de mandante o mandatario, cargos de confianza, asociado.

C).- Los derechos patrimoniales de duración limitada, como el usufructo uso, habitación .

11.-

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.6 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com