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Concepto del Instituto de la Función Registral del Estado de México

elideishonNJTesis3 de Octubre de 2012

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Índice

1. Concepto del Instituto de la Función Registral del Estado de México

El Instituto de la Función Registral del Estado de México, tiene como principal función garantizar la seguridad jurídica del patrimonio de los mexiquenses. La responsabilidad del Instituto y de los servidores que lo integran es elevar la calidad y eficiencia de los servicios.

2. Sistemas que existen respecto de

3. Conceptos de los actos que realizan

a) Escrituración:

La escritura pública es un documento en el que se hace constar ante Notario Público un determinado hecho o derecho autorizado por un fedatario público (Notario), que da fe sobre la capacidad jurídica de los otorgantes, el contenido del mismo y la fecha en que se realizó. La escritura pública es un instrumento notarial que contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes en un acto o contrato, emitidas ante Notario con base en los requisitos legales propios y específicos de cada acto, para su incorporación al protocolo.

Son muchos los contratos y acuerdos entre particulares que deben formalizarse mediante escritura pública para revestirla de valor probatorio, pero entre los más importantes que deben celebrarse por escritura pública se tienen todos los actos y contratos de disposición o gravamen de bienes inmuebles, la constitución de sociedades y los demás negocios jurídicos

b) Hipoteca

Derecho real que grava bienes inmuebles sujetados a responder del cumplimiento de una obligación o de pago de una deuda.

La formalidad que debe revestir la hipoteca es que ésta debe otorgarse en escritura pública.

• Hipoteca judicial: Es aquella que se hace en ejecución de una sentencia en virtud de una traba (juicio) de ejecución.

• Hipoteca necesaria: Cuando por disposición de ley están obligadas a constituir determinadas personas para asegurar los bienes que administran o para garantizar los créditos determinados acreedores.

• Hipoteca voluntaria. Es aquella que está convenida entre las partes o impuesta por disposición del dueño de los bienes que se constituyen

c) Gravámenes: Carga u obligación que afectan a una persona o a un bien.

• Hipoteca

• Servidumbre. Derecho real que limita el dominio de un predio denominado predio sirviente en favor de las necesidades de otro llamado predio dominante perteneciente a otra persona.

Este derecho real limita algunos de los derechos inherentes a la propiedad

• Prenda: Bien que se entrega o compromete como garantía del cumplimiento de una obligación.

• Embargo: Es la retención de un bien por orden de una autoridad judicial o administrativa, con el fin de responder de una deuda.

d) Certificados: Documento público, autorizado por persona competente, destinado a hacer constar la existencia de un hecho, acto o calidad, para soportar los efectos jurídicos en cada caso correspondiente.

• Certificado de Libertad o Existencia de Gravámenes: Es el documento público por medio del cual el Registrador da fe del estado libertad de gravámenes o limitaciones de dominio que guarda un inmueble.

• Certificado de inscripción: Es el documento público, por medio del cual el Registrador da fe de que existe en los libros del Registro Público un asiento en que consta inscrito una propiedad (inmueble) o algún derecho derivado de la misma.

• Certificado de no inscrpcion: Es el documento público, por medio del cual, el Registrador da fe que según los datos proporcionados en la solicitud, no existe registro o asiento en los libros del Registro Público, de un bien inmueble determinado.

• Certificado de NO propiedad: Para acreditar que una persona no tiene bienes inmuebles inscritos a su favor.

• Certificación literal. Es la transcripción literal de los actos inscritos en el Registro, de todas las anotaciones efectuadas en la inscripción de que se trate, incluyendo las canceladas.

• Copias certificadas o simples: Consiste en expedir a petición del interesado copia certificada integra del documento que haya sido inscrito o anotado en los libros correspondientes. El trámite se lleva a cabo en la Oficina Registral correspondienteal lugar de ubicación del inmueble, o domicilio social de las Sociedades o Asociaciiones.

e) Compraventa: Contrato por medio del cual una de las partes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y la otra a su vez se obliga a recibirla y a pagar por ella un precio cierto en dinero.

El contrato de compraventa de bienes inmuebles deberá llevarse a cabo ante notario público.

f) Programa de inmatriculación administrativa: Es un Programa sencillo y accesible a toda la ciudadanía con el propósito de dar seguridad de la tenencia de su tierra a los mexiquenses, sin distinción de nivel social.

El Instituto de la Función Registral cuenta con el Programa de Inmatriculación Administrativa, el cual debe ser solicitado en la Oficina Registral que corresponda a la ubicación del inmueble cuando este no cuente con inscripción o no este registrado en la Oficina Registral correspondiente, no se trate de un bien ejidal o comunal ni afecte bienes del Municipio.

Los beneficios del programa antes señalado son: contar con un título de posesión debidamente inscrito, fortalecer el patrimonio familiar e incorporar el inmueble a la vida jurídica registral; brindando a los interesados seguridad jurídica.

4. Libros que maneja el registro publico

5. Su función

El Instituto de la Función Registral del Estado de México tiene por objeto llevar a cabo la función registral del Estado de México en los términos del Código Civil del Estado de México, Ley Registral Para el Estado de México, su Reglamento Interior y los demás ordenamientos legales aplicables.

Dicho objeto es de interés general, beneficio colectivo y para la prestación de un servicio público.

• Función ligada con los notarios

Archivo General de Notarias

El Archivo General de Notarias del Estado de México, es una Institución cuya finalidad es la de recuperar y conservar los protocolos, apéndices e índices de todas la Notarias Publicas del Estado de México, así como la de brindar apoyo a las diversas Instituciones educativas e investigadores a través de la consulta de los documentos conservados en la Sección del Acervo Histórico, que comprenden de un periodo que se remonta desde el siglo XVI , donde consta información de las 26 Notarías más antiguas de la entidad, detallando las sociedades que nos antecedieron; 450 años de riqueza documental plasmada en todo tipo de convenios celebrados entre particulares, como compra-venta de inmuebles, ganado, esclavos, cartas de dote, formación de sociedades, testamentos, cartas poder y obligaciones de pago entre otros ahí existentes. Los más de 10,000 protocolos, apéndices e índices, son a la fecha una fuente inagotable para las investigaciones históricas de nuestra Entidad.

Actualmente el Archivo General de Notarias, por conducto del Director General de Instituto de la Función Registral del Estado de México, mantiene una coordinación permanente con la Secretaria de Gobernación a través de la Subsecretaria de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, para llevar a cabo acciones conjuntas siendo una de ellas la de alimentar y actualizar el Registro Nacional de Avisos de Testamento. A la fecha en la actualización de esta información el Archivo General de Notarias de Estado de México, ocupa en las estadísticas de la dependencia federal indicada el segundo lugar, después del Distrito Federal con un total de Avisos de 284, 847 ingresados a ese sistema, y en este sentido se continua trabajando de manera permanente. Otra de las acciones coordinadas importantes resulta la del “Mes del Testamento”, que se realiza anualmente durante el mes septiembre.

6. Marco Jurídico

Constituciones

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Leyes

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto de la Función Registral

Decreto Número 79.- Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones, de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto de la Funcion Registral del Estado de México.

Ley Registral Para el Estado de México

Fe de Erratas del Decreto número 329 por el que se expide la Ley Registral para el Estado de México y se Reforma el Libro Octavo del Código Civil del Estado de México denominado "Del Registro Público de la Propiedad", publicado en el Periodico Oficial "Gaceta del Gobierno" de fecha 18 de agosto del 2011, Sección Tercera.

Ley del Notariado del Estado de

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