Conceptos Basicos De Economia
maricitaa25 de Mayo de 2013
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DOCUMENTOS MERCANTILES.
LETRA
La letra de cambio es un documento de crédito que sirve para respaldar las operaciones comerciales realizadas a plazos, la letra de cambio es una orden de pago escrita, por la cual una persona llamada deudor o cargo debe pagar a su vencimiento al tenedor del documento.
La letra de cambio históricamente ha surgido, debido a exigencias económicas, que necesitaban de un medio acto para satisfacerlas teniendo en cuenta las múltiples relaciones recíprocas entre los individuos.
En la letra de cambio intervienen tres personas: Girador (o librador), Orden (o tenedor) y Cargo (o librador).
PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA LETRA DE CAMBIO
ENDOSO DE UNA LETRA
La letra de cambio es un titulo creado para circular y para servir como instrumento de pago, por esta razón este impreso cuenta en su reverso con una cláusula de endoso, mediante la cual el tomador puede transmitir la propiedad del documento a otra persona, a su vez esta persona podría transmitirla a otra y así sucesivamente. Quien transmite la letra se llama endosante y quien la recibe endosatario.
El primer endoso se realiza en la casilla que aparece en el dorso del documento "páguese a..."; y los siguientes en los espacios vacíos.
La transmisión del efecto se debe realizar por la cantidad total y de forma incondicional.
Para llevar a cabo el endoso, el endosante deberá firmar e indicar los datos del endosatario. Si esto no figura nos encontramos ante un endoso en banco, que podra ser cumplimentado en cualquier momento, con objeto de ceder la propiedad de la letra a la persona que se determine en ese instante, quien figura como endosatario final, recibe el nombre de último tenedor. Los anteriores son simplemente tenedores, salvo la persona que recibió la letra del librador que se conoce como tomador. El ultimo tenedor o el tomador si no hay endosos es quien en el momento del vencimiento debe presentar la letra al librado para que la haga efectiva
Si el librador escribió en el titulo "no a la orden" la letra no se puede endosar.
CHEQUE
El cheque es un documento de pago inmediato, a diferencia de la letra de cambio y el pagaré, que son documentos de crédito.
Orden de pago pura y simple librada al banco, en el cual el librador tiene fondos depositados en cuenta corriente; o autorización para girar en cuenta corriente con sobregiro.
Los cheques son girados a cargo de los bancos; quienes entregan talonarios numerados en serie. También dichos talonarios pueden ser mandados a confeccionar por el librador, pero previa autorización del banco correspondiente. Para librar o girar un cheque el girador debe tener los fondos suficientes o sobre giro que le otorga el banco.
- La denominación del cheque inserta en el título.
- El nombre del que ha de pagar, que necesariamente habrá de ser un banco o entidad financiera.
- La cantidad que se ha de pagar, expresada en números y letras. En caso de que ambas expresiones no coincidan, predominará la cantidad en letra.
- También debe estar expresado el lugar de pago. Si se designan varios lugares, será válido el primero mencionado.
- Fecha y lugar de emisión del cheque.
- Firma del librador o del que emite el cheque.
El cheque puede ser emitido para que se pague a cualquier persona que lo presente ante la institución financiera (al portador) o para que sea pago a una persona determinada (no a la orden), para lo cual se efectúa un endoso.
EL PAGARÉ
Con este documento una persona establece formalmente que promete el pago de una deuda determinada en una fecha posterior, que será acordada entre las partes y figurará en el documento.
Al igual que los cheques, los pagaré pueden ser “al portador” o “endosables” y pueden ser emitidos por empresas,
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