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Conceptos De Violación


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2014  •  1.803 Palabras (8 Páginas)  •  272 Visitas

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CONCEPTO DE VIOLACIÓN

El auto de fecha respectivo, viola con su resolución del 24 de octubre del 2014 el articulo 8vo constitucional toda vez que mediante el mismo me violenta mis derechos fundamentales así como las garantías que para su protección se encuentra en la constitución misma que benefician a todas las personas.

El articulo 8vo me concede el derecho de petición que a la letra señala:

“Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.”

La resolución que se combate me agravia ya que la autoridad responsable hizo caso omiso a la petición ingresada el dia 10 de septiembre del 2014, por medio del cual, solicite de manera pacifica respetuosa y por escrito de la solicitud del informe, los actos que llevaron a dictar este acto por medio del cual fui separada de mis cargo que desempeñaba como policía federal, con el grado de suboficial adscrita a la división de inteligencia de la policía federal, en la división de inteligencia de la policía federal, en la comisión nacional de seguridad dependiente de la SEGOB antes S.S.P. debido a esto mi concepto de violación se grava por el artículo 8vo de la constitución política de los estados unidos mexicanos, que señala que los funcionarios y empleados públicos deben respetar el ejercicio de la petición el cual formule por escrito de manera pacífica y respetuosa además de que el segundo párrafo de este mismo articulo señala que la autoridad debe expedir un acuerdo escrito a domo de respuesta para este derecho.

HECHOS

El día 24 de octubre del 2014, fui separo del cargo que desempeñaba como grado de suboficial adscrita a la división de inteligencia de la policía federal, en la división de inteligencia de la policía federal, en la comisión nacional de seguridad dependiente de la SEGOB antes S.S.P,. esto solicite conforme a mi derecho lo que establece el articulo 8vo de la constitución política de los estados unidos mexicanos, consta a el titular de la SEGOB y demás autoridades de manera precisa respetuosa y por escrito que se me informara que hecho deba lugar a la resolución por medio del cual fui separado de mis cargo, dicha solicitud quedo registrada con el numero 123/456, transcurridos 4 meses sin respuesta por parte de la autoridad responsable, hicieron caso omiso de la petición antes referida, la cual debió ser contestada de manera breve y concisa.

De los hechos anteriores se desprende la clara violación a mi Derecho Constitucional de petición, por lo tanto, y como es de mi voluntad solicitó a usted C. Magistrado relator ordene a las autoridades división de inteligencia de la policía federal, en la comisión nacional de seguridad dependiente de la SEGOB antes S.S.P, respondan a la petición antes descrita en breve termino y en las condiciones de breve y concisa para poder garantizar la restitución de mi Derecho fundamental Violado que a sido transgredido de manera personal y directa en mi esfera jurídica, por así poder defender las demás garantías individuales, las cuales son:

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

“Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

La Ley determinará en cada Estado, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.

Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I

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