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Contestacion de amparo.PRIMER CONCEPTO DE VIOLACION


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  588 Palabras (3 Páginas)  •  879 Visitas

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        PRIMER CONCEPTO DE VIOLACION: es falso, por que dicha resolución que impugna la ahora quejosa fue formulada con apego a la ley, siendo la misma fundada y motivada con lo probado dentro del juicio. dicha resolución quedando con la congruencia necesaria que requiere con apego a las disposiciones legales.

Como lo menciona la parte quejosa, la autoridad responsable en su considerando segundo resuelve de manera clara, en el mismo orden de ideas la magistrada con todo lo probado en el juicio determino de manera sucinta que era nulo el contrato base de la acción que intento la quejosa, quedando anulado ya que conforme al artículo -----, es necesario la calidad de ejidatario para poder realizar dicho contrato, y esa calidad no la tenía ya que los contratos se consideraron nulos dentro de la sentencia de la autoridad responsable, misma que sustenta con una tesis aislada, que declara la nulidad absoluta para el contrato que la quejosa exhibió en el juicio.

La quejosa expresa que al momento de la fijación de la litis esta se cambio por el de un conflicto  agrario a un pleito de posesión y goce ejidal, este acto se convalido al momento en que ninguna de las partes de inconformo de dicho acto de autoridad, así mismo que no afectaba al fondo del asunto ya que en un inicio la demanda iba encaminada a un interdicto de retener la posesión mismo que se resolvió en la sentencia del tribunal adquo

La magistrada hizo la resolución conformo a lo que las partes expusieron esto fue que en su momento interpuse la demanda de nulidad de contratos misma que fue resuelta en acumulación con el otro expediente en el que ya se había fijado la litis, misma que fue resuelta y conforme al fondo del asunto resuelve que dichos contratos fueron nulos.

Como se contesto anteriormente a este agravio la magistrada del tribunal agrario, en su función hace valer la nulidad como una causa que le compete todo esto que tiene que resolver las pruebas a verdad sabida misma que no se extralimito en sus funciones, dando así la nulidad a ese contrato en relación a que ella contaba en su momento con la calidad de ejidataria con los certificados parcelarios, pero una v3ez que estos fueron anulados por la consecuencia de la escritura pública que no estaba conforme a derecho tenía que resolver en este sentido lo anterior por que se desprendía como un acto jurídico propio de los certificados parcelarios.

        SEGUNDO AGRAVIO: es falso, nunca se viola un derecho que jamás existió esto debido a que conforme a los actos jurídicos que venía haciendo, esto conforme al juicio en materia civil sobre la escritura pública donde se encontraba el testamento de Lorena, es declarado nulo por lo cual todos los actos que se originan desde allí serian nulos y con el conocimiento de que Lorena aun así realizo esos actos dolosamente.

        TERCER AGRAVIO: es falso, porque no se pude reconocer un derecho sin si quiera tener derecho a cosas ajenas, esto debido a que ella no tiene ningún documento que acredite la plenaria de la posesión de dicha parcela y aun mas así que ella no tiene un derecho de posesión, el cual dentro del juicio y con los testigos se comprobó que si efectivamente yo era quien lo tenía y es por eso que la magistrada en sus considerandos lo esgrime y lo plasma en los resolutivos dándome la posesión de dicha parcela.

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