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Conflicto En Colombia

investigaciones20 de Febrero de 2013

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Angustias existenciales

Proyecto integrador # 1

Victimas

Punto número cinco del acuerdo general para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera donde se debe resarcir a las victimas según el acuerdo del gobierno con las FARC-EP y en este sentido se tratara los derechos humanos de las víctimas, reparación y verdad.

07/12/2012

Presentado por:

Carolina Castrillon

Carolina arroyave

Heidys Camargo

Fernando Moncada

Sebastián García

INTRODUCCIÓN

Colombia en materia social es la sumatoria de crisis no resueltas, dificultades que generan factores determinantes como la violencia y con ella todo una problemática social que parece no tener fin, interpretando la paz de forma abstracta, mientras la guerra y las más variedades modalidades de violencia se convierten en la realidad tangible de las comunidades afectadas, Así como la crueldad de una guerra se puede medir en la cantidad de personas que la sufren, el grado de tolerancia y humanidad a la que llega una sociedad, se puede medir con la generosidad que esta puede alcanzar con sus víctimas.

El conflicto en Colombia ha dejado tras su paso una estela de sangre; especialmente en el campo, un alto porcentaje de desplazamiento, desolación y abandono, al igual que un grado inimaginable de corrupción y deshonestidad en el manejo de sus recursos; surge la ley de víctimas tan anhelada por la clase burguesa Colombiana, la cual pretende generar credibilidades de la población por sus gobernantes; ley que aprueba el congreso buscando demostrar la democracia y la igualdad Colombiana, bajo la supuesta señal de maduración del proceso de la democracia colombiana, y de que la agenda del país avanza en el sentido correcto.

Lo anterior es posible solo bajo la premisa de reconocer la existencia de un conflicto armado interno, ratificando una vez más los convenios de Ginebra de 1949 y el Protocolo Adicional II de 1977, que consagraron un derecho de supervivencia por violaciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH).

El 10 de junio de 2011, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448), esta Ley y sus decretos reglamentarios abarcan una serie de cuestiones interrelacionadas, que dejan a luz pública unos objetivos bastante amplios y ambiciosos, en la medida en que pretende ser una regulación comprensiva para enfrentar las consecuencias que el conflicto armado ha dejado en la población civil. En este sentido, la ley incluye las reformas legales que fueron consideradas como necesarias para restablecer el estado de derecho a través de la protección y cumplimiento de los derechos de las víctimas, actualmente, el gobierno, la sociedad civil y la academia se han enfocado en el análisis de los dilemas y grandes temas de la ley; sin embargo, lo amplio y complejo del alcance de la misma, es la razón principal, por la cual es indispensable hacer un análisis más detenido de sus múltiples enfoques, de la aplicabilidad de la ley, de sus beneficios reales para la sociedad que está sumergida en la problemática y a las disposiciones referidas a reparación de victimas.

El gobierno colombiano ha presentado esta Ley como herramienta que permitirá reparar el daño causado a la población por los abusos y violaciones de derechos humanos. La Ley 1448 contiene algunos avances, como lo es reconocer y es algo fundamental admitir la existencia de un conflicto armado, a lo que el anterior gobierno colombiano se negaba sistemáticamente. Reconocer la aplicabilidad del derecho internacional humanitario a la situación en Colombia y el derecho de la población a ampararse en él, la Ley dispone asimismo reparaciones integrales para algunos sobrevivientes de abusos contra los derechos humanos cometidos en el contexto del conflicto armado y contiene medidas que permiten dimensionar la realidad del conflicto y sus víctimas.

Durante el desarrollo del siguiente ensayo también tocaremos puntos relacionados con las materias las cuales fueron abordadas durante el semestre. Este análisis se enfocara en historia de las ideas jurídicas y políticas, en la teoría general del derecho y la sociología jurídica donde pudimos encontrar conceptos como la legitimidad, la justicia transicional, la verdad, la eficacia y la validez de una norma, el trialismo jurídico, y el pluralismo, además también soportaremos nuestra investigación en la filosofía de Aristóteles, Bobbio y Kelsen. En nuestra presentación del trabajo de proyecto integrador, analizaremos el punto 5 de la agenda de negociación, del actual proceso de paz, que se está llevando actualmente, en cuba, entre el gobierno y las farc. En Colombia han existido grandes desequilibrios económicos sociales. La clase dirigente los políticos han, manejado, solo intereses particulares, creando una oligarquía centralista y dominante que se han, repartido entre si y las multinacionales las grandes fuentes de riqueza y las tierras. Esto ha generado una sumatoria de, crisis, no resueltas y dificultades que generan factores tan determinantes, como la violencia y con ella toda una problemática, social que parece no tener fin, interpretando la paz de una forma abstracta. Mientras la guerra y las más variadas modalidades de violencia, se convierten en realidad tangible de las comunidades afectadas. Así como la crueldad de una guerra se puede medir, con la cantidad de personas que la sufren; el grado de tolerancia y la capacidad humana, ala que llega una sociedad, se puede medir la generosidad con que esta pueda alcanzar a tener con sus víctimas. Casi ningún gobierno había tenido en cuenta a las víctimas a excepción de los dos últimos, que han promovido la ley de victimas .y la ley de restitución de tierras en un marco legal para la paz, el cual ha tenido muy en cuenta las víctimas y victimarios. También existen otros actores del conflicto que serán tenidos

como referencia, para una justicia transicional, que operara en su debido momento, como complemento a las leyes de tierras y victimas. Para que la reinserción, después un tratado de paz en el post conflicto, sea eficaz., sin existir impunidad ni perdón y olvido, por los delitos de lesa Humanidad. Para que todo esto tenga feliz término se deben comprometer todos los miembros de la sociedad, para que no existan vencedores ni vencidos; con un compromiso total

De reinserción, a la vida civil de los grupos armados, con unas reformas sociales políticas y económicas que permitan una feliz convivencia, cumpliéndole alas victimas con las propuestas de verdad, justicia y reparación y así lograr

Una paz duradera, paz eterna y la paz perpetúa.

Luego de abordar tema por tema, finalmente daremos una conclusión última donde argumentaremos una rigurosa propuesta según nuestra investigación.

Definición de justicia según los siguientes filósofos

 Justicia según platón

Platón dice, La justicia es la propiedad del alma, una recta y adecuada disposición del alma humana, El concepto de justicia platónico está catalogado como totalitarismo la idea de justicia platónica que es expuesta en "La República."

Platón con su gran filosofía retoma diciendo “zapatero a tu zapato”

Siendo más claros para platón Lajusticia es la que regula las relaciones entre las partes del alma, junto con las clases sociales y las tres virtudes. Las ideas supremas son tres: Bien, Belleza y Justicia; pero en la idea de Bien se sostienen todas las demás.

 justicia según Aristóteles:

Aristóteles plantea una justicia distributiva la cual proporciona la igualdad,

Además hace referencia a que lo justo es que cada quien obtenga lo correspondido ya sea cada individuo o cada grupo de la sociedad.

El derecho es un objeto de justicia distributiva, donde se busca ordenar la igualdad proporcional ya que lo justo es un medio entre lo que es desproporcionado y lo injusto es lo contrario de la proporción; Entonces si miramos el derecho en relación, se desarrollaría en lo social y no se pensaría solo en un individuo.

Aristóteles también plantea que la justicia se da cuando se dice que lo justo consiste en la igualdad, más concretamente, lo que Aristóteles dice es que la igualdad, para ser justa, ha de consistir en la igualdad para los iguales, mientras que a su vez la desigualdad será justa para el desigual.

También decía claramente que la justicia brindaba un orden en la ciudad

Y que este orden se manifestaba de tres formas la ley humana, la ley natural y forma de gobierno. “la ley natural se da por el iusnaturalismo y la ley humana por el iuspositivismo”

Definición de una norma justa, valida y eficaz

Norberto BobbioNos brinda una clara definición de la justicia, la validez y la eficacia. Para Bobbio la validez de la norma no se rige por justa o injusta simplemente la justicia no puede predicar de la validez.

La valides y la eficacia son nociones separadas, ya que no todo lo eficaz no es derecho y todo lo que es derecho no siempre resulta ser eficaz.

A pesar de que se plantea triples problemáticas antes las valoraciones de la norma jurídica (si es justa o injusta, si es válida o invalida, si es eficaz o ineficaz) En el plano del derecho, el valor solo se reduce a lo que se prescribe en una norma jurídica, es decir se obliga, se prohíbe y se permite.

Kelsen:

Expresa que las

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