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Contestacion Alimentos


Enviado por   •  26 de Abril de 2014  •  5.402 Palabras (22 Páginas)  •  403 Visitas

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SANTIAGO HERNÁNDEZ ERICK GIOVANNI HERNÁNDEZ CANO LEONARDO DANIEL LOMAS GARCIA-WIGUERAS FERNANDO REYES CRUZ JOSÉ DANIEL

VS

SAÚL CHÁVEZ RUIZ.

JUICIO: EJECUTIVO MERCANTIL. EXPEDIENTE: 1238/ 2014.

C. JUEZ PRIMERO CIVIL Y PENAL DE CUANTÍA MENOR EN ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MÉXICO

SAÚL CHÁVEZ RUIZ Por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, aun los de carácter personal, los estrados y el Boletín Judicial de este H. Juzgado, autorizando para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores aun los de carácter personal a los Profesionistas en Derecho, CARLOS QUIROZ GÓMEZ, FIDEL GARCIA BERNAL JUAN ISRAEL PEÑA RODRÍGUEZ JOSÉ LUIS CUSTODIO, DELFINO RÍOS HERNÁNDEZ y así como a los C.C. RAMIRO IVÁN QUEZADA IBARRA, SANDY RUIZ OLVERA, Y ROBERTO CARLOS GARCÍA CORNEJO, ante usted respetuosamente comparezco y expongo:

Que por medio del presente ocurso y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 260 del código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, vengo en tiempo y forma a dar contestación a la oscura, maquiavélica y temeraria Demanda interpuesta por la C. CLAUDIA IVETHE RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, en contra del suscrito en los siguientes términos:

CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES.

Por cuanto hace a las prestaciones reclamadas, comparezco y expongo lo siguiente.

1.- Niego que la Actora tenga derecho a reclamar la presente prestación, tal y como se demostrara en su momento procesal oportuno.

2.- Niego que la Actora tenga derecho a reclamar la presente prestación, tal y como se demostrara en su momento procesal oportuno.

3.- Se niega que la Actora tenga Derecho a Demandarla ya que el Suscrito jamás ha dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias tal y como se demostrara fehacientemente durante el presente Juicio.

4.- Se niega toda vez que se sustenta en una situación no tangible, hasta el momento, además de que jamás he sido omiso a mi compromiso para con mi menor hija así que de presentarse esa situación yo vería la forma de seguir cumpliendo con dicha obligación

5.- Se niega que la Actora tenga este Derecho ya que este Juicio fue iniciado por la suscrita, en un afán de obtener un lucro indebido toda vez que ya existía un antecedente Judicial durante el Juicio de Divorcio Incausado presentado por la Actora ante el Juzgado Primero de lo Familiar en Ecatepec de Morelos, dentro del Expediente 294/2013 dentro del cual ya existía un ordenamiento Judicial para que se me realizara descuento de pensión Alimenticia en la empresa donde laboro, mismo que la Actora omitió consumar tal y como se demostrara en su momento procesal oportuno.

Por lo que en este acto procedo a dar contestación a los hechos que narra el Actor en los términos siguientes:

H E C H O S.

1.- Este Hecho que se contesta es cierto.

2.- Este Hecho que se contesta es cierto

3.- Este Hecho correlativo que se contesta, es totalmente falso, simulado e inexistente, toda vez que desde la fecha en que nació mi menor hija ASHLEY XIMENA REYES RODRÍGUEZ, a la fecha jamás me he desatendido de mis obligaciones para con ella, y refiriéndome al caso concreto y Especifico del lapso de tiempo que la Actora menciona, me he abstenido de proporcionar Alimentos a mi menor hija ASHLEY XIMENA REYES RODRÍGUEZ, refiriéndose al mes de Octubre del 2012 a la fecha, este hecho es falso de toda falsedad, ya que el suscrito de ningún modo, me he desatendido de mi deber para con mi hija, ya que desde esa fecha he contribuido con una cantidad de $1,500.00 (mil quinientos pesos) quincenales mismos que de propia mano le he entregado a la C. CLAUDIA IVETHE RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, lo cual le consta entre otras personas a los C. JORGE SANTIAGO COVARRUBIAS MARÍN Y JESÚS REYES MARTÍNEZ, quienes en diversas ocasiones me han acompañado cuando le he hecho entrega de esa cantidad a la Actora, en el mismo sentido aludo al hecho de que mi menor hija durante ese tiempo cursaba el tercer año de primaria en el Colegio SIR WINSTON LEONARD SPENCER CHURCHILL DE MÉXICO A.C. Mismo que se ubica en AVENIDA VALLE DEL JÚCAR MZ. 340 LT. 5 COLONIA GRANJAS INDEPENDENCIA, ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO. CP. 55290, tratándose de un Colegio Privado, el cual El Demandado me he hecho cargo de sufragar los gastos de dicha Institución para lo cual ofrezco como prueba las facturas y Boleta de pago correspondientes a los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del 2012 y Febrero, Marzo, Abril, Mayo y Junio del 2013, donde se aprecia como receptor el suscrito Álvaro Jesús Reyes Fibela y como emisor el Colegio SIR WINSTON LEONARD SPENCER CHURCHILL DE MÉXICO A.C., en donde se aprecian las cantidades que he erogado para la Educación de mi menor hija ASHLEY XIMENA REYES RODRÍGUEZ, lo cual se contrapone con el hecho de que el Signante haya sido indolente de mis obligaciones, incorporado a esto que durante el periodo que refiere la Actora que es Octubre del 2012 a la fecha el Demandado he participado de las actividades diarias de mi menor hija ASHLEY XIMENA REYES RODRÍGUEZ, teniendo convivencia y comunicación constante con ella, todos los sábados y domingos de este periodo que refiere la actora así como algunas ocasiones especiales entre semana, fechas en las cuales hemos convivido, visitado algunos lugares de recreo, diversión y esparcimiento, los cuales han sido erogados por el suscrito, de la misma forma que he sufragado gastos de ropa y calzado, mencionando el hecho de que en Marzo del 2013 acudí en Semana Santa al Balneario el Axocoche, en el Estado de Morelos, junto con mis Padres, Hermano, Tíos, Primos y Sobrinos, llevando mi hija ASHLEY XIMENA REYES RODRÍGUEZ quien paso conmigo toda esa semana, que fue del 24 al 31 de marzo, haciéndome cargo de todos sus gastos, hecho que le consta a mi Padre JESÚS REYES MARTÍNEZ, ya que esos días estuvimos en su compañía, en cuanto a su salud he acudido al Pediatra con mi menor hija ASHLEY XIMENA REYES RODRÍGUEZ, tal y como acredito con la receta de fecha 29 de Abril del 2013 firmada por el Médico Pediatra

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