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Contrato De Arrendamiento


Enviado por   •  26 de Junio de 2014  •  1.895 Palabras (8 Páginas)  •  247 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

En Tampico, Tamaulipas, a --- de --------------- de 2005 ante los testigos que al final se expresarán manifiestan, por una parte el C. JOSE LUIS NIETO TREVIÑO en su carácter de propietaria del inmueble, a quien se le designa en este contrato como “ARRENDADOR” y por la otra parte el C. ---------------- en su carácter de “ARRENDATARIO”, manifestando que es su voluntad celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, mismo que sujetan al tenor de las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- “EL ARRENDADOR” LAURA ALICIA NADER MARON, da en arrendamiento a ------ ------ quien toma bajo ese concepto el departamento numero nueve del edificio residencial Santa Elena ubicado en la calle Prolongación Tampico numero No. --- en el Fraccionamiento Vista Hermosa de la Ciudad de Tampico, Tam.

SEGUNDA.- El precio del arrendamiento será por la cantidad de $10,000.00 ( DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.) Precio del arrendamiento que estará vigente por UN AÑO y que se pagará en moneda nacional por mensualidades adelantadas los primeros cinco días de cada mes en el domicilio del arrendador ubicado en Álvaro Obregón 508 poniente zona centro de Tampico Tamaulipas, sin necesidad de previo cobro o requerimiento.

El Arrendatario se obliga a pagar mensualmente la cantidad de $ 1,500.00 ( UN MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 ) Por concepto de mantenimiento de áreas comunes que le corresponden y que se encuentran sujetas al régimen de condominio y que con su reglamento interno se anexa al presente contrato.

TERCERA.- Son obligaciones específicas del arrendatario, todas aquellas que se enuncien en los artículos 1737, 1738, 1739, 1741, 1748, 1749, 1750, 1752, 1754, 1755, 1757, 1759, 1760, 1761 y demás relativos del Código Civil vigente en el Estado de Tamaulipas, además de las que se enumeren de la forma siguiente:

A).- Pagar la mensualidad en forma adelantada los primeros cinco días de cada mes en el domicilio del Arrendador sin necesidad de previo cobro.

B).- Pagar las rentas completas aún en el caso de que solo se ocupe el bien objeto del arrendamiento solo parte del mes.

C).- Abstenerse de subarrendar el inmueble objeto del arrendamiento.

D).- Abstenerse de ejecutar sin consentimiento del Arrendador obra alguna del bien arrendado, sin previo consentimiento del Arrendador por escrito.

E).- Destinar el local arrendado exclusivamente para casa habitación

F).- La obligación de pagar los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación de un juicio para el caso de que el arrendatario no desocupe el local arrendado en la fecha convenida o plazo que le fije el arrendador, cuyo porcentaje será del 20% sobre las cantidades insolutas o bien, que se le demande la rescisión de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas estipuladas en el mismo.

CUARTA.- El Arrendatario no podrá hacer ninguna clase de mejoras al departamento dado en arrendamiento, ni útiles, necesarias, ni de ornato y las que se hagan con autorización del Arrendador, quedarán a beneficio del mismo departamento arrendado, sin que se tenga derecho a cobrar indemnización alguna, como consecuencia de la violación de esta cláusula, siendo responsable de los daños ocasionados al inmueble y de todos los perjuicios que sufra el Arrendador, en la inteligencia de que aquellas obras realizadas con autorización del arrendador, puedan retirarse del inmueble a la terminación del presente contrato.

QUINTA.- El importe por el servicio de agua, drenaje, gas natural, luz y teléfono quedará a cargo del Arrendatario en cualquier forma que se cause.

SEXTA.- Será causa de rescisión de este contrato además de las precisadas en el Código Civil vigente en el Estado, las que se encuentran enumeradas en las cláusulas TERCERA y CUARTA de este contrato, cuando no sean cumplidas por el Arrendatario.

SÉPTIMA.- El Arrendatario se obliga a pagar todos los perjuicios que se ocasionen al Arrendador, cuando se niegue a desocupar la fina a la fecha convenida y provoque la litis, demostrándose la culpabilidad del Arrendatario en el ejercicio de la acción del Arrendador.

OCTAVA.- El Arrendatario se da por recibido del local objeto del arrendamiento en la fecha del presente contrato a su entera satisfacción.

NOVENA.- El término de este contrato será por un año forzoso para ambas partes, y tendrá vigencia a partir del ---- ------para concluir el---- ----

DECIMA.- Vencido este contrato y el Arrendatario se encuentre al corriente del pago de las rentas, de común acuerdo ambas partes manifiestan que este contrato podría prorrogarse por un año más, siempre y cuando sea por escrito con todas las formalidades necesarias para su validez, con el incremento respectivo de la renta.

DECIMA PRIMERA.- Una vez terminado este contrato por su vigencia o su rescisión declarada por autoridad competente, y el Arrendatario siga ocupando el bien arrendado

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