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Contrato-Ley Articulo 404


Enviado por   •  23 de Octubre de 2017  •  Tareas  •  406 Palabras (2 Páginas)  •  227 Visitas

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Contrato-Ley Articulo 404

Contrato-Ley de acuerdo con Santiago Barajas Montes de Oca

Definición Legal:

 Contrato-ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.

Definición Doctrinal:

“cuando el contrato colectivo haya sido celebrado por las dos terceras partes de los patronos y trabajadores sindicalizados de determinada rama de la industria y en determinada región, será obligatorio para todos los patronos y trabajadores de la misma rama de la industria en la región indicada, si así se establece por decreto que al efecto expida el Ejecutivo Federal. Cuando el contrato afecte solamente a trabajos que se desempeñen en una entidad federativa, el Ejecutivo Federal resolverá de acuerdo con el Ejecutivo Local lo correspondiente”

Características

Características

  • Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones.

  • Busca establecer las condiciones según las cuales deba prestarse el trabajo en una rama determinada.
  • Atañe a jornadas, salarios, y condiciones comunes de trabajo de varias industrias.

  • Busca fortalecer la unión de los trabajadores al hacerlas comprender la conveniencia de un trato igual, dentro del ámbito territorial de la Republica (Principio de igualdad)
  • Hace una distinción teorica-tecnica entre el contrato ley y el contrato colectivo.

 Características Generales

Los contratos-ley pueden celebrarse para industrias de jurisdicción federal o local.

Pueden solicitar la celebración de un contrato-ley los sindicatos que representen las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados, por lo menos, de una rama de la industria en una o varias Entidades Federativas, en una o más zonas económicas, que abarque una o más de dichas Entidades o en todo el territorio nacional.

La solicitud se presentará a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, si se refiere a dos o más Entidades Federativas o a industrias de jurisdicción federal, o al Gobernador del Estado o Territorio o jefe del Departamento del Distrito Federal, si se trata de industrias de jurisdicción local.

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