Contrato de compra venta con reserva de dominio
Jesus NoseTutorial8 de Julio de 2017
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CONTRATO DE COMPRA VENTA CON RESERVA DE DOMINIO
Contrato que celebran por una parte la Sra. LEONOR RUVALCABA MORENO a quien en el curso de este contrato se le denominará "LA VENDEDORA" y por la otra parte el Sr. JULIAN HERNANDEZ BALDERRAMA a quien en lo sucesivo se le denominará “EL COMPRADOR” bajo las siguientes condiciones:
DECLARACIONES
PRIMERA: Declara "LA VENDEDORA", ser mayor de edad, mexicana, originaria de Guadalajara, Jalisco y con domicilio en esta ciudad en C. Del Nogal Núm. 9802 A 58 del Fraccionamiento Santa María.
SEGUNDA: Declara “EL COMPRADOR”, ser mayor de edad, mexicano, originario de Hacienda Cabañas, Municipio de San Jerónimo de Juárez del Estado de Guerrero y con domicilio en esta ciudad en C. Valle Bonito Núm. 5148, Col. Vista Del Valle.
TERCERA: Declara "LA VENDEDORA" haber adquirido el inmueble motivo de este contrato el 22 de diciembre del 2005 a través de un contrato de Compra Venta celebrado con Inmobiliaria Estatal Tijuana por conducto de su Director General Miguel Ávila Niebla, mismo que se encuentra inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad bajo Partida 5324341 de fecha 30 de junio del 2003.
CUARTA: Declara “EL COMPRADOR” conocer y haber inspeccionado el lote de terreno motivo del presente contrato y manifiesta su total interés en obtenerlo.
CLAUSULAS
PRIMERA. "LA VENDEDORA" vende a "EL COMPRADOR" el lote de terreno con las siguientes características:
LOTE DE TERRENO NUMERO 13, MANZANA 393 DEL FRACCIONAMIENTO VISTA DEL VALLE, SECCION NORTE DE ESTA CIUDAD DE TIJUANA, B. C., MISMO QUE CUENTA CON UNA SUPERFICIE DE 160 METROS CUADRADOS Y QUE TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: 20.00 METROS CON LOTE 14.
AL SUR: 8.00 METROS CON CALLE VALLE BONITO
AL ESTE: 20.00 METROS CON LOTE 12.
AL OESTE: 8.00 METROS CON CALLEJON
SEGUNDA. El precio total de esta operación de compra del bien inmueble descrito en la cláusula anterior será de $200,000.00 M. N. (DOSCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL).
TERCERA. "EL COMPRADOR" entrega a cuenta del precio del bien inmueble descrito en la cláusula PRIMERA, la cantidad de $150,000.00 M. N. (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL) este día DIEZ DE FEBRERO DEL 2017, y en consecuencia se declara deudor del vendedor por la cantidad de $50,000.00 PESOS M.N. (CINCUENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL) la cual se compromete a pagar en UNA SOLA ENTREGA el día 10 DE MAYO DEL 2017 .
CUARTA. “EL COMPRADOR” pagara los adeudos y gravámenes que actualmente tiene el inmueble materia del presente contrato.
QUINTA: “EL COMPRADOR” reducirá los pagos efectuados por adeudo y gravámenes de la cantidad de $50,000.00 pesos M. N. (CINCUENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL) que se mencionan en la Cláusula TERCERA y el remanente será pagado en UNA SOLA ENTREGA el día 10 DE MAYO DEL 2017.
SEXTA: “LA VENDEDORA” se reserva la propiedad del inmueble vendido y que se describe en la cláusula PRIMERA de este contrato, mientras "EL COMPRADOR" no satisfaga total e íntegramente el saldo del precio aplazado; y en consecuencia, "EL COMPRADOR" se obliga a no trasladar el domicilio consignado en la cláusula PRIMERA de este contrato, ni vender, arrendar, gravar, afectar o reformar dicho inmueble, sin el previo consentimiento por escrito del "LA VENDEDORA", así como a responder de la pérdida, destrucción o de los daños que sufran por cualquier causa los bienes vendidos; y es condición que la falta de pago del abono en el plazo convenido para el pago señalado en la cláusula QUINTA de este contrato.
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