Control 5 Legislacion De Prevencion
flakyttaxx4 de Julio de 2015
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Condiciones Sanitarias en los lugares de Trabajo
Katherine Liset Valenzuela Parancán
Legislación de Prevención
Instituto IACC
04 de junio de 2015
INSTRUCCIONES:
Analizando lo estipulado en el Decreto Supremo 594, explique cuatro posibles mejoras en las instalaciones sanitarias, ingresos a lugares de trabajo y pasillos, etc., para la reinserción de trabajadores accidentados que sufran de limitaciones para movilizarse, es decir, uso de silla de rueda o muletas en forma permanente.
Según lo leído y entendido en el Decreto Supremo 594. Que dice que este reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación especifica que se haya dictado para las faenas que requieren condiciones especiales, también cabe mencionar que la empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeña, sea estos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.
Con respecto a que mejoras se harían en el concepto de instalaciones sanitarias dentro de una empresa, a mi parecer creo que las que están, están bien, lo que si colocar énfasis en que los lugares deben ser lugares limpios libres de contaminación, que la luminosidad sea la adecuada, las señaleticas sean claras y objetivas para que la población de trabajadores las vea y distinga y claro esta fiscalizar para que todas las normas se cumplan.
Los ingresos y los pasillos etc. Que cumplan con lo que el decreto dice, tener la cantidad de cms o mts que salen estipulados que tengan la correcta señaletica y vías de evacuación despejadas, también sería bueno que hubieran instructivos llamativos para que el personal los vea como por ejemplo que hacer en caso de un temblor, corte de luz, qué medidas adoptar etc., así cada vez que el personal circule se haga un pequeño ayuda memoria para ello.
Con respecto a la reinserción de trabajadores accidentados que sufran de limitaciones para movilizarse, es decir, uso de silla de rueda o muletas en forma permanente.
A mi parecer el empleador tiene que tener en cuenta que los accidentes ocurren y que debe ser consiente en la reinserción de un trabajador si bien un trabajador esta en optimas condiciones para su reingreso pero con limitaciones en su movilidad este debe presentarle todo su apoyo y no solo con palabras, si es necesario proporcionarle una oficina en donde el pueda desarrollarse sin limitaciones sin tener que andar chocando con los muebles, reacondicionar un baño con las respectivas manillas para no perder el equilibrio, que tenga el espacio suficiente si el trabajador estuviera en silla de ruedas, con antideslizante, algún mecanismo de botón de emergencia. Sobre todo colocar incapie y así reciba la ayuda que necesite en el momento oportuno, que sea fácil para este trabajador los accesos que no tenga limitaciones ni obstáculos para desplazarse libremente, las plataformas, las señaletica, las manillas, antideslizantes etc.
Son un sinfín de cosas que se pueden ir reacondicionando para que este trabajador tenga una correcta reinserción y pueda desempeñarse de una manera tranquila y cómoda como también hacer partícipe a este en consultare que es lo que se puede reacondicionar para su mejor desempeño.
Cabe mencionar también que en una empresa sea cual sea el rubro cantidad de trabajadores a mi parecer debe contar con todas las medidas que estipula la ley en sus espacios físicos y estructurales para así mantener el cuidado la seguridad y el orden de sus trabajadores.
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