Criminalistica
vicuy300330 de Mayo de 2014
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La investigación criminal moderna consta de tres pasos:
a) Verificación del hecho delictivo Incumbencia de la Criminalística.
b) Determinación de los autores del hecho Incumbencia del Derecho Penal.
c) El desarrollo del proceso penal y la sanción correspondiente Incumbencia del Derecho Procesal Penal.
La Criminalística es una disciplina auxiliar del Derecho Penal y del Derecho Procesal Penal. En conjunto buscan aportar la verdad al Proceso Penal.
Se parte de la siguiente definición de Criminalística, dada por el Dr. Rafael Moreno González:
“Disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y técnicas de investigación de las ciencias naturales, en el examen del material sensible significativo, relacionado con un presunto hecho delictivo, con el fin de determinar con el auxilio de los órganos encargados de administrar justicia, su existencia, o bien reconstruirlo o bien señalar, y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo”.
A continuación se despliega la explicación de la citada definición:
Fundamentalmente: y no de manera exclusiva, ya que en ciertos casos que se le presenten, la criminalística puede verse en la necesidad de aplicar el conocimiento de una gran variedad de ciencias.
Conocimientos: se trata de los conocimientos científicamente valorados.
Método: son los pasos, fijados por la comunidad científica, con el fin de alcanzar el conocimiento verdadero o probable.
Técnica: son procedimientos subsidiarios o auxiliares del método científico.
Investigación: es la exploración tendiente a encontrar el conocimiento científicamente valorado.
Ciencias naturales: son aquellas que tienen por objeto de estudio entes del mundo real. Se subdivide en ramas autónomas, como la Biología, Química, Física, etc.
Examen: es el estudio de un objeto / fenómeno, con el objeto de conocer sus características.
Material sensible: elementos que pueden ser percibidos por el hombre mediante algunos de sus sentidos.
Significativo: en el lugar del hecho, el licenciado en criminalística, se encuentra con una infinidad de objetos, pero debe estar capacitado para seleccionar aquellos que sean relevantes para la investigación.
Presunto hecho delictivo: al recibir la denuncia y presentarse en el lugar en cuestión, el licenciado en criminalística no sabe si el hecho denunciado es realmente un delito o no. Esto podrá determinarlo el juez, a partir de la pericia elaborado por el licenciado en criminalística, de otras pruebas y en base a su sana crítica.
Órganos encargados de administrar justicia: son el Ministerio Público y los jueces penales. El licenciado en criminalística actúa como auxiliar de estos órganos, aportando conocimiento técnico – científico.
Existencia: el licenciado en criminalística aporta la prueba pericial con datos objetivos (científicos y técnicos), que será valorada por el juez junto a otras pruebas.
Reconstrucción: es uno de los medios empleados por el criminalístico, que puede colaborar para que los otros sujetos del proceso comprendan la labor realizada por el perito y la dinámica de los hechos.
Señalar la intervención de uno o varios sujetos: la prueba pericial debe aportar también datos sobre el autor o autores del hecho.
A partir del debate del grupo se concluye que la definición en sentido amplio permite ubicar la criminalística dentro de las ciencias jurídicas, mientras que la definición en sentido estricto permite comprender en qué consiste la labor de las ciencias criminalísticas.
El grupo considera que sería más correcto hablar de ciencias criminalísticas ya que no se trata de una ciencia que posee diversos campos con metodologías que se relacionan y diferencian al mismo tiempo.
Comparten la postura del
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