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Curso de Sistemas Jurídicos para la Intervención Social

Constanza DonosoMonografía13 de Junio de 2020

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Evaluación 1 - 30%

Curso de Sistemas Jurídicos para la Intervención Social

Docente Fabiola Miranda

Ayudante Lucero Galaz

Nombre

Javiera Badilla y Constanza Donoso

Correo electrónico

constaanza.donoso7@gmail.com   jkxva23@gmail.com 

Fecha

27/05/2020

Nota

Instrucciones:

  • La presente evaluación tiene como objetivo conocer la comprensión de los contenidos del curso por parte de las y los estudiantes del curso, a través de preguntas de desarrollo.
  • Evaluación individual o en parejas.
  • Las personas que realicen la evaluación de manera individual pueden elegir no responder una pregunta. Su base de cálculo de nota de ponderará de otra manera a través de una fórmula que no perjudique a ninguno de los casos.
  • Se debe entregar en la fecha informada por la docente a través de correo electrónico con copia a las ayudantes: fmiranda@uahurtado.cl ; lucero.galaz@gmail.com ; jacque.irene.santos@gmail.com 
  • La prueba debe ser entregada el día miércoles 27 de mayo a las 23:59 (última hora de recepción). Se recibirán pruebas hasta las 7:00 del día siguiente, por hora de retraso se descuenta 0,5 puntos.
  • La semana de la prueba no hay clases.
  • Cada 3 errores de ortografía se descuenta 0,3 décimas. Utilice bien las puntuaciones.
  • Durante el periodo de duración de la evaluación solo se pueden realizar preguntas de forma a las ayudantes y en horario laboral de 9:00 a 18:00.
  • Puede ser utilizada la bibliografía obligatoria enviada a través de correo electrónico y disponible en aula virtual.
  • Cada respuesta debe ser desarrollada en media página.

Preguntas:

  1. Nombre 3 principales vinculaciones disciplinarias entre el Trabajo Social y el Derecho en el escenario del sistema de justicia chileno.

El trabajo social, desde sus inicios hace énfasis en respetar los derechos humanos, intentando brindar protección y bienestar al sujeto de intervención, haciendo relación en el sistema de justicia, como un actor de cambio. El concepto de intervención socio-jurídica se profesionaliza de una manera más teórica, construyéndose a través del tiempo, en base a la práctica cotidiana. El trabajo social tiene necesidades múltiples lo que respecta al sujeto de intervención y su grupo familiar, debemos referenciar de forma adecuada, para resolver sus problemas, pero desde el derecho, la justicia, existiendo una regulación de problemáticas.

La intervención socio jurídica se podría realizar en tribunales, en la fiscalía, en la defensoría del ministerio justicia, por parte del instituto de nacional de derechos humanos, a través del ministerio, centrándonos en tres principales disciplinas; La Pericia, el Arbitraje social, y Forense.  

La pericia o el perito social se basa en la utilización de su experiencia para realizar informes sociales para que el juez obtenga una mayor explicación del caso y tenga más elementos para entender la situación de ambas partes.

Luego está el Arbitraje social en donde el trabajador social debería tener una postura crítica debido a sus estudios, sobre cuáles son las situaciones que hay que defender con urgencia, para poder derivar a distintas instancias, lo cual necesita tener una retrospectiva para saber cuáles son las condiciones actuales y pasadas de la persona, para poder proyectar en base a ese diagnóstico. Este hace referencia a el Trabajo social Forense, es una práctica que tiene el Trabajo social, se relaciona con el peritaje,  es un espacio o foro donde se escucha y decide frente a la puesta en marcha de los derechos y el uso que hace de la ley. Presenta estudios de la práctica forense (antes, durante y después de dicho foro) relacionado con el proceso de la aplicación de conocimientos científicos para la obtención de evidencias y la evaluación de distintas situaciones sociales en las que se requiere la toma de decisiones.

  1. Explique cuáles son las principales diferencias entre los conceptos de orden social; control social; poder; y regulación de conducta, según lo señalado en los contenidos del curso.

En el ámbito socio jurídico se encuentra múltiples conceptos vinculados entre sí; el orden social, el poder, el control social y la regulación de conductas, que apelan a la sociedad, y a la forma que esta se compone, sin embargo estas presentan diferencias, para conocerlas, debemos saber su definición,  en qué consisten.

El orden social son actos individuales y/o grupales, que están regulados, con fines sociales, es necesario una estructura para que se dé una coordinación,  para que esté estructurado necesita del establecimiento de relaciones políticas que muchas veces pueden ser de demanda o de obediencia que revelen el orden imperante, que evidencia la existencia de un concepto muy  importante que es el poder. Este orden no es estático, ni establecido de una vez para siempre, se puede cambiar. La fuerza principal que estructura el orden social ha sido y sigue siendo el poder, el cual es una autoridad, una persona, que obliga a otro a realizar una acción y esto se hace para establecer una finalidad social que es la convivencia entre diferentes personas, existiendo un equilibrio constante, donde una sociedad tiene el poder de elegir a su gobernante, posteriormente el electo tiene el poder de estructurar la sociedad, nivelando las fuerzas. Está presente en todos los niveles de la sociedad, implicando discursos, derivando con ello, la resistencia. El poder se ejerce a través de distintas escalas, por lo que tenemos que poner ojo en la sociedad, donde inconscientemente nos encontramos vinculados a relaciones de poder, y nos controlamos entre nosotros, dando paso al control social, siendo esta una noción de vigilancia,  se puede dar como ejemplo lo que es el panóptico, (cárcel que tiene un módulo de vigilancia que pude mirar alrededor y las personas no saben si están siendo vigiladas y se portan como se desea) por lo que el individuo realiza acciones esperadas porque sabe que puede estar bajo la observación de otros. Las personas se autocorrige con la idea que están siendo vigilados, es el miedo de ser observados, en el fondo entra en el pensamiento, en la subjetividad, y van haciendo que el sujeto regule su comportamiento.

La regulación de conducta es un mecanismo mediante los cuales se ejerce el poder,  la tecnología del poder, dispositivos con los cuales el poder llega a la persona por ejemplo a través de la escuela, la lectura, lo que escucha o información que circula a través del individuo, no se obliga sino que llega mediante el poder pastoral (Foucault compara a un pastor como guía, siendo las ovejas cumplidoras de sus indicaciones, esto se denomina poder pastoral)

Una vez definidos estos conceptos, damos paso a las diferencias que existen entre ellas, se puede notar como el nivel de autonomía va variando; En el orden social se puede ver cómo el sujeto actúa  de acuerdo a lo que quiere, sin embargo esto después puede ser regulado, se puede ver como en el poder esta autonomía se va perdiendo, hasta que en la regulación de conducta nos crean una falsa autonomía del comportamiento, imponiendo un actuar de forma sutil. Otra diferencia es cómo se ejerce casa una de estas; el orden social se ejerce bajo el poder mientras que este se ejecuta a través de la disciplina , mientras que el control social lo hace mediante la noción de vigilancia y por último la regulación de conducta es ejercida por la tecnología del poder.

  1. Basado en las Políticas Públicas, diferencie entre los lineamientos basados en Ciencia Política y lo que respecta al Derecho en el desarrollo actual de las instituciones de sistema de justicia chileno.

Las políticas públicas, hace referencia a una acción que tiene que venir del Estado, ya que dispone de los recursos financieros necesarios para llevarlo a cabo, desarrolladas por un equipo de trabajo, así requiriendo de una estructura estatal, saliendo del ámbito social, siendo las autoridades responsables de solucionar los problemas, existiendo instructivos para el orden de proceso. Podemos definir el Derecho como un sistema de carácter normativo, sistematizado a través de un código, que tiene su origen del Código Romano, es importante decir que solo en el Derecho Occidental y Continental, siendo este utilizado con el fin de controlar, así estudiando la conducta de los seres humanos dentro una sociedad, observando sus comportamientos, que son esperados dentro de la población, inspirado dentro de un concepto de justicia que depende de la época. No hace cuestionamiento del poder, debemos recordar que el Derecho es poder, haciéndose presente a través de la coacción de instituciones políticas o mandatos que se presentan en la sociedad. Se puede ver como una técnica, o ciencia jurídica.

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