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Código de Ética.


Enviado por   •  24 de Febrero de 2015  •  Síntesis  •  671 Palabras (3 Páginas)  •  114 Visitas

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Código de Ética

Es responsabilidad de cada uno de los directores y empleados de la Entidad, velar por el cumplimiento de las disposiciones legales e internas. El temor reverencial (lealtad permisiva en violación de normas por parte del jefe o superior) no debe existir cuando se trate de aplicar el principio de lealtad para con la Entidad:

-No se debe insinuar a los clientes y usuarios el fraccionamiento de operaciones en efectivo, con el fin de eludir los reportes.

-No se deben cometer actos contra la moral e integridad física y económica de las personas que laboran en la Entidad, así como en contra de la Entidad misma.

-No se debe establecer una relación de negocios con un cliente o proveedor, sin tener en cuenta las instrucciones y procedimientos internos emitidos para tal fin, aún cuando se trate de personas recomendadas.

-No se debe informar a los clientes sobre gestiones administrativas o judiciales que adelanten en su contra las autoridades competentes, o los estamentos de control de la Entidad.

-No se debe divulgar información privada, confidencial y/o privilegiada de la Entidad a terceros o a empleados cuyo cargo no requiere del conocimiento de la misma.

-No se debe solicitar o tramitar préstamos de dinero con los clientes, ni con personas naturales especializadas en este tipo de actividades.

-No se debe, bajo ninguna circunstancia, promocionar ni participar en actividades que generen negocios de usura con promesas de alto rendimiento, ni se podrá facilitar las instalaciones de la Entidad, ni prestar sus cuentas personales para tal fin.

-No debe existir retardo u omisión de funciones asignadas, por negligencia o arbitrariedad comprobada “A sabiendas de que no lo debe hacer, lo hace y viceversa”.

-No se debe acudir a la Entidad en estado de embriaguez, o bajo el efecto de narcóticos o drogas psicotrópicas.

-No se debe utilizar, a título particular, servicios o recursos de la Entidad en beneficio propio, en forma directa, o indirecta a través de terceros, sin que medie autorización del estamento encargado para ello. Se consideran servicios a los diferentes productos que la Entidad ofrece dentro de su objeto social y recursos a las instalaciones físicas y equipos necesarios para adelantar la actividad propia de la Entidad.

-No se debe discriminar o favorecer clientes, terceros o compañeros en el desarrollo de sus funciones en razón a su afiliación política, credo, religión o raza.

-No se debe mantener ocultos los conflictos de interés (propios o de terceros), sin reportar en su oportunidad la situación presentada.

-Se debe obrar equitativamente,

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