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DEFENSA PROPENAL


Enviado por   •  29 de Mayo de 2014  •  6.049 Palabras (25 Páginas)  •  228 Visitas

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ESTADIOS

• Alegación inicial El juez advierte al acusado presente que le asiste el derecho a guardar silencio y a no autoincriminarse y a continuación le concede el uso de la palabra para que de manera libre, sin apremio ni juramento, se declare inocente o culpable de los cargos impuestos por la Fiscalía, los cuales puede aceptar total o parcialmente, es decir aceptar unos e insistir en su inocencia respecto de los otros, evento en el cual tendrá derecho a la rebaja de una sexta parte de la pena imponible respecto de los que hubiere aceptado. Si el acusado se declara inocente u omite hacer alguna manifestación al respecto, el juez solicita a la Fiscalía que haga la presentación del caso. Pero si, por el contrario, reconoce su culpabilidad, el juez procede a verificar que actúa de manera libre, voluntaria, consciente de las consecuencias de su decisión y asesorado por el defensor. De igual manera procede si la aceptación de cargos ha sido producto de preacuerdo celebrado con la Fiscalía sólo que, en este caso, la rebaja de pena es de una tercera parte, según lo dispone el inciso final del artículo 352 del código.207 De inmediato entonces la Fiscalía procede a indicar al juez los términos.

• Presentación de la teoría del caso Es la presentación oral y descriptiva que del caso hacen las partes al juez de conocimiento para enterarlo de las circunstancias en que ocurrió el delito. Se trata entonces de una narración histórica pero breve de lo acontecido, acompañada de la enunciación de los elementos materiales probatorios que demostrarán la verdad de lo afirmado. Se conoce también como apertura, o declaración inicial que precede el debate probatorio. Esta declaración inicial tiene carácter obligatorio para la Fiscalía, no así para la defensa. La presentación del caso impone determinar los hechos jurídicamente relevantes, con indicación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurrieron, y de las condiciones civiles y personales del acusado y de la víctima. Asimismo, de manera coordinada y cronológica con el recuento histórico, enunciar los elementos materiales probatorios que se pretenden introducir en el debate probatorio para demostrar la teoría del caso208, y generar desde entonces el máximo interés y confianza del juez en los resultados de la práctica de pruebas. Así vemos que la declaración inicial tiene contenido fáctico, probatorio y jurídico.

Algunas recomendaciones para tener éxito:

√ Seleccionar un nombre de impacto para titular el caso.

√ Elegir un tema para la introducción, por ejemplo una frase célebre que sirva como reflexión sobre el caso.

√ Asumir una actitud firme en la presentación del caso, referirse directamente al acusado y a sus actos.

√ Dar a conocer al juez lo que pretende probar en el debate con sus testigos y las evidencias que va a introducir.

√ Hacer referencia al aspecto jurídico en el que se subsume la teoría.

√ Anunciar al juez la solicitud de que declare culpable al acusado.

√ Ser convincente; demostrar dominio, conocimiento y manejo del caso.

√ Mantener contacto visual con el juez.

√ Controlar el tiempo asignado para su intervención.

√ Hablar en buen tono de voz.

√ Utilizar ayudas visuales en casos complejos.

√ Actuar con naturalidad, sin cambiar el estilo propio, sin exageraciones.

√ Escuchar con atención la declaración inicial de la defensa y tomar nota para comentar en su clausura sobre las promesas que esta parte no cumplió.

√ Hacer un bosquejo de lo que se va a decir y utilizarlo durante la intervención solamente como guía.

√ Prometer únicamente lo que se puede cumplir.

√ Tener presente que en este estadio no es posible la argumentación

El debate probatorio

El debate probatorio tiene reglas específicas para la práctica de los diferentes medios de prueba, las cuales son de obligatoria observancia para el juez, las partes e intervinientes legitimados para actuar.

El catálogo de normas que rigen la ritualidad de la audiencia de juicio oral, en este sentido, han sido precisadas en extenso en los acápites correspondientes del código de procedimiento penal.

9.4.1 Presentación de estipulaciones en el juicio

Al estudiar el tema de la audiencia preparatoria se hizo referencia a las estipulaciones probatorias o acuerdos a los que pueden llegar el fiscal delegado y la defensa para aceptar como probados alguno o algunos de los hechos o sus

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¿Qué es argumentar? Es ofrecer razones en favor de lo que afirmamos, mostrar porqué son pertinentes y contradecir otras razones que justificarían una conclusión contraria.

circunstancias, los cuales debieron anunciarse en esa oportunidad sin perjuicio que con posterioridad a ella pudieren convenirse, caso en el cual sería éste el momento de anunciarlas e introducirlas cuando se estime oportuno. Sin embargo, es factible que el juez las solicite al momento de abrir el debate, evento en el cual deben presentarse y leer integralmente su contenido.

EJEMPLO

En un caso de homicidio la Fiscalía y la defensa acordaron estipular como probados los hallazgos referidos en el protocolo de necropsia, que hacen relación a que la causa de la muerte fue un shock hipovolémico originado por perforación de la arteria pulmonar causada por proyectil de arma de fuego, aserto que no les ofrece controversia y así lo consignaron en el formato correspondiente que podría presentarse después de hacer las preguntas propias para la acreditación del testigo, de la siguiente manera:

Pregunta: ¿Qué tareas le correspondió hacer en este caso?

Respuesta: Me correspondió inspeccionar el lugar de los hechos.

Pregunta: ¿Qué observó allí?

Respuesta:

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