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DEMANDA ORDINARIA POR DAÑOS Y PERJUICIOS


Enviado por   •  29 de Enero de 2019  •  Apuntes  •  1.498 Palabras (6 Páginas)  •  96 Visitas

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PROMUEVE DEMANDA ORDINARIA POR DAÑOS Y PERJUICIOS

Sr Juez Civil y Comercial

APELLIDO NOMBRE, DNI Nº ……………., argentina, mayor de edad, estudiante, de estado civil soltera, con Domicilio real en calle …….. Nº…. de Barrio……………….., en la ciudad de…………………….., Constituyendo domicilio a los efectos legales en calle ………..Nº …….. Barrio …………….. de esta ciudad de ……………., con el patrocinio letrado del Dr. …………….. M.P X-XXXX, ante V.S. Comparece y respetuosamente dice:

I.-OBJETO:

En mi carácter de damnificado, vengo por la presente a interponer formal demanda ordinaria por daños y perjuicios en contra de la Sra. ……………. DNI Nº …….. con domicilio en calle ……….. Nº ……. Barrio ……… de la ciudad de …………, Pcia de ……….., conforme resultar la demandada titular registral y conductora al momento del siniestro que da origen a la presente demanda, del vehículo marca ……. Dominio XXX XXX, por los daños y perjuicios que he sufrido a causa del accidente que infra detallaremos y que ocurrió el XX/XX/XX.

Por la presente demanda se persigue el cobro de la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($295.000.-) O lo que más o menos resulte de la prueba a rendirse, todo con más intereses, desvaloración monetaria, desde la fecha del evento dañoso hasta el momento del efectivo pago, requiriendo se entregue especial imposición de costos y costas, todo ello por las razones de hecho y derecho que a continuación se expondrán.-

Se demanda además las costas y los intereses sobre los montos pagados para iniciar y concluir este proceso.

II.- HECHO:

Aproximadamente siendo las 16:30hs, del día 02 de Agosto de 2017, cruzaba caminando debidamente por la senda peatonal correspondiente al semáforo de Avenida San Martin esquina Córdoba, en la ciudad de Villa Carlos Paz. Cuando de manera improvista el vehículo FORD KA conducido por la Sra. …………. que circulaba por calle Córdoba, gira hacia la izquierda para incorporarse a la Avenida y me embiste causándome severas lesiones al caer fuertemente en el capot del coche y luego al asfalto.

Concurre al lugar personal policial a fin de asegurar el área y se da intervención al servicio municipal de ambulancia 107 que me traslada al Hospital de Urgencias donde los médicos manifiestan traumatismo de cráneo y fractura expuesta de la tibia. Además de laceraciones causadas por caer y deslizar por el asfalto. Permanecí en el Hospital varias horas con suministro de calmantes hasta recibir el alta.

A raíz del incidente y en virtud de las lesiones padecidas se labran actuaciones sumariales identificadas Nro. 25/05 como Lesiones Culposas, con conocimiento e intervención de la Fiscalía de 2º turno de Villa Carlos Paz.

III.- LA CULPA:

En la mecánica del evento dañoso, no cabe duda que la culpa debe recaer en forma total, amplia y pura en la demandada conforme a su accionar negligente, imprudente y descuidado por lo relatado anteriormente en los hechos. Conforme el Código Municipal de Transito, todo accidente ocurrido en las zonas de tránsito peatonal se presume de responsabilidad al conductor. (Art.64 Ley 9981).

IV.- DAÑOS:

A.- DAÑO EMERGENTE

Esta parte busca ser resarcida a través del rubro de la incapacidad vital o la aptitud y potencialidad genérica, es decir que no es estrictamente laboral, atento a la incapacidad física sufrida por quien suscribe a raíz del siniestro. La incapacidad abarca todo menoscabo a la salud e integridad o armonía, física o psíquica, de la persona humana y debe ser resarcido cuando existe una disminución en la capacidad vital, aun en los casos en que esa merma o deterioro físico no dificulte la realización de alguna tarea.

Se reclama por este rubro PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000). o de lo que aproximadamente resulte de la probanza en autos.

B.- DAÑO MORAL:

Reclamo la reparación integral del daño moral experimentado en el siniestro, ya que ha causado fuertes dolores, una infección en una de las quemaduras por asfalto y múltiples trastornos en el ritmo de vida habitual debido a las muletas, dificultas para desplazarme, imposibilidad de trabajar y realizar ejercicio que realizaba antes de lo ocurrido. He sufrido daño en todos los casos anímicamente perjudiciales ya que no he vuelto a ser el mismo por temor a que suceda nuevamente.

Por motivo de lo expuesto con anterioridad reclamo la plena reparación del daño moral padecido, sobre la base de los parámetros de cuantificación surgidos de la condición de vida y de la magnitud y naturaleza de las afecciones legitimas dañadas. A tal fin reclamo por este rubro la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($120.000.-), o de lo que aproximadamente resulte de la probanza en autos.

C.- LUCRO CESANTE FUTURO POR INCAPACIDAD SOBREVINIENTE:

Este parte busca ser resarcida a través del rubro de incapacidad tomando

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