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DERECHO DE FAMILIA EVALUACION Nº 5


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2020  •  Apuntes  •  542 Palabras (3 Páginas)  •  98 Visitas

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DERECHO DE FAMILIA

EVALUACION Nº 5

1.- Cuales son las causas de disolución de la Comunidad de Gananciales ó Comunidad Conyugal. Explique cada una de ellas.

Son 5 causas de disolución:

  1. Disolución del Matrimonio: La comunidad de gananciales, es accesorio del matrimonio, cuando éste se extingue, aquella no puede existir.
  1. Divorcio
  2. Muerte

  1. Nulidad del Matrimonio: La sentencia de nulidad de matrimonio determina la disolución de la comunidad de ganancia les entre los aparentes esposa unque la sentencia que la declaren o lo declare expresamente.

  1. Ausencia declarada de uno de los conyugues: La simple no presencia de uno de los esposos no determina la disolución  de la comunidad de gananciales, se requiere que exista sentencia definitiva firme que declare la ausencia.
  1. Quiebra de uno de los conyugues: la declaración de quiebra de una persona determina el patrimonio fallido que incluye sus derechos como bienes comunes, sea administrado por sus acreedores, quienes se compartan en cierta manera, como titulares de lo mismo cuando uno de los conyugues es declarado en quiebra por sentencia definitiva firme, se disuelve inmediatamente la comunidad de ganaciales.
  1. Separación judicial de bienes: la separación legal de bienes puede derivar de dos circunstancias.
  1. De una sentencia que declara con lugar la demanda de separación de bienes por administración irregular de los bienes comunes por parte de uno de los cónyuges.
  1. De una sentencia que declara con lugar la demanda de separación de cuerpos y de bienes, mediante un decreto judicial dictado con base a la solicitud hecha por los cónyuges de mutuo acuerdo.

2.-  a) Cuales son los efectos que produce la liquidación de la Comunidad de Gananciales Diga cuáles son las características de liquidación.

1.El producto del trabajo profesión, oficio, industria y arte de cada uno de los cónyuges o excónyuges, pertenecen en exclusividad a quién lo obtiene, a partir de la fecha de la disolución de la comunidad, pues dejan de ser bienes comunes.

2.Desaparece la comunidad sobre los frutos, rentas o intereses procedentes de los bienes propios de los de los esposos o ex esposos, producidos o de vengados producidos o de vengados desde la fecha de la extinción del régimen de comunidad.

3. Cesan los derechos del marido y la mujer, respectivamente, en lo que respecta a la administración de los bienes comunes, de conformidad con la ley.

4. Una vez extinguida la comunidad de gananciales, cada cónyuge o ex cónyuge se hace único propietario de los bienes que adquiere.

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