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DERECHO DE PROPIEDAD


Enviado por   •  25 de Febrero de 2015  •  4.330 Palabras (18 Páginas)  •  149 Visitas

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Entonces, para el derecho, propiedad es el poder directo inmediato sobre un objeto o bien que ostentará el propietario de ese bien u objeto y lo que le permitirá disponer libremente del mismo, obviamente y siempre dentro de un marco legal. El objeto del derecho de propiedad está compuesto por todos aquellos bienes susceptibles de ser apropiados, pero para esto el bien deberá cumplir tres condiciones sine qua non: que sea útil, que exista en una cantidad limitada y que pueda ser ocupado.

El derecho de propiedad está contemplado no sólo en cada constitución nacional particular de cada país, si no también en Convenciones, Pactos y Tratados internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, promulgada en el año 1948 en el seno de la ONU.

Este derecho a ser propietario de tal cosa, permite que, en caso que otros lo ataquen o dañen nosotros podamos reclamar o denunciar por vía judicial a aquellos que atenten sobre nuestro derecho sobre ese determinado bien. Pensemos por ejemplo en la situación de que tenemos una motocicleta, y al dejarla en un estacionamiento mientras hacemos compras o esperamos en el médico, alguien nos la roba. O en otro caso, si tenemos una casa que estamos finalizando de construir, y de repente nos encontramos con que alguna persona usurpó esas instalaciones que nos corresponden como dueños que somos de ellas

En casi todas las legislaciones el derecho a la propiedad, tomado e inspirado en el derecho romano, supone tres facultades: uso o ius utendi, goce o ius fruendi y disposición ius abutendi.

El primero se refiere al derecho que tendrá el propietario de un bien a usarlo, aunque ojo, siempre y cuando este uso no provoque ningún daño, ni le ocasione algún perjuicio al prójimo, por ejemplo, la persona que adquiere un inmueble para darle un uso comercial de salón bailable, por ejemplo, deberá observar algunas reglas básicas de convivencia, de lo contrario, sus vecinos podrían accionar legalmente en su contra y el dueño perder el derecho de uso de la propiedad.

En cambio el ius fruendi es el derecho al goce del bien, esto significa que con o sin su presencia, todo aquello que el bien produzca, le pertenecerá y puede disponer de ellos, en tanto, estos pueden ser naturales o civiles, por ejemplo, yo tengo un perro y le hago tener cría, entonces, estas, en el momento que nacen, me pertenecerán, esto es un fruto natural y el civil es por ejemplo cuando yo rengo un departamento y lo pongo en alquiler, el dinero que me pagará la persona que lo alquila es un fruto de tipo civil.

Y por último el ius abutendi es lo que nos permite disponer de la cosa, esto implica su derecho a destruirla, modificarla y hasta regalársela a otro.

Claro que, más allá de nuestro derecho de propiedad sobre bienes materiales de los cuales nos titulamos como “dueños”, en algunas ocasiones podemos perder parte o totalidad de ellos cuando no cumplimos con ciertas obligaciones por nosotros contraídas ante organismos, empresas o instituciones. Por ejemplo, un caso muy común, es que una entidad financiera como un banco embargue parte de nuestras propiedades, nos quite la titularidad sobre ellas como forma de saldar una deuda que nosotros hemos contraído con la entidad y que, intencionalmente o no, no hemos cumplido en tiempo y forma con los pagos acordados con tal banco. Nuestras propiedades conforman nuestro patrimonio o capital, y es eso lo que se pone en juego cuando contraemos deudas (en el caso de créditos pro ejemplo) u obligaciones (en el caso de alquileres de inmuebles).

EN VENEZUELA

Artículo 115. Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes

DERECHO DE PROPIEDAD

1. DEFINICIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD.

El derecho de propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley. Es el derecho real que implica el ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.[] Habitualmente se considera que el derecho de propiedad pleno comprende tres facultades principales: uso (ius utendi), disfrute (ius fruendi) y disposición (ius abutendi),[] distinción que proviene del Derecho Romano o de su recepción medieval.

Nuestro Código Civil en su artículo 545, define la propiedad como el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley.

2. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE PROPIEDAD.

A continuación se describen las características del Derecho de Propiedad:

* Real: Que es todo lo que pertenece a su dueño legalmente, origina el derecho que el dueño tiene directamente con la cosa.

* Moral: Porque la apropiación que se hace del bien es reflexiva y no instintiva, es decir, la destinación al fin se hace previo el conocimiento del fin que se acepta libremente.

* Exclusivo: En una posesión solo puede haber un propietario, y éste excluye a terceros en tal situación jurídica, derivado de la limitación esencial de la utilidad en muchos objetos, que no puede aplicarse a remediar las necesidades de muchos individuos a la vez.

* Limitado o restringido: Por las

exigencias del bien común, por la necesidad ajena y por la ley, y subordinado, en todo caso, al deber moral.

* Perpetuo: Porque no existe un término establecido para dejar de ser propietario, es decir, no lleva en sí una causa de extinción por razón del tiempo. Incluso si la cosa perece por el transcurso del tiempo es el perecimiento de la cosa y no el tiempo transcurrido lo que extingue la propiedad.

* Absoluto: La posibilidad más amplia de aprovechamiento de las cosas. El dueño tiene la libertad del uso de sus propiedades para poder disfrutar de ella, las ganancias de alquiler o los frutos que dan sus dominios. Teniendo el poder de decir que el bien le pertenece.

* Transferible y embargable: Es transferible por que el propietario de un dominio puede ceder sus posesiones a familiares y terceros,

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