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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y LOS CONFLICTOS TRABAJADORES-TRANSNACIONALES


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  1.406 Palabras (6 Páginas)  •  549 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y LOS CONFLICTOS TRABAJADORES-TRANSNACIONALES

El derecho internacional Publico del Trabajo, se entiende por el conjunto de normas y principios propios del derecho del trabajo emanadas de fuentes internacionales, este derecho constituye, pues parte del derecho internacional público, en cuanto implica la vigencia de un sistema jurídico aceptado por la comunidad internacional, tales normas o principios pueden o no obligar a respectivos estados según concurran ciertos principios aplicables a cada caso.

La Organización Internacional del Trabajo define al derecho Internacional Publico del Trabajo como “Las normas internacionales del trabajo se desarrollaron con el fin de constituir un sistema global de instrumentos relativos al trabajo y a la política social, sostenido a su vez por un sistema de control que permite abordar todos los tipos de problemas que plantea su aplicación a escala nacional”

FUNDAMENTOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO DEL TRABAJO

Estos fundamentos se clasifican en tres importantes grupos:

1. Fundamentos económicos:

• La competencia desleal entre estado generan situaciones embarazosas para los trabajadores al punto de crear un antidumping de recursos humanos

• La producción de las mercaderías era realizadas a base de salarios bajos, insuficientes y condiciones laborales inadecuadas.

• Implementación de políticas arancelarias proteccionistas por parte de los países más industrializados colocaba a otros países en situación de desventaja respecto a los beneficios en pro de un sano desarrollo económico.

• Desarrollo económico de los países basado en la armonía de las políticas económicas y sociales más adecuadas.

• El surgimiento del tratado de Versalles, en el año 1919, estableció los principios universales y esenciales del fundamento jurídico del derecho internacional privado del trabajo.

• El fortalecimiento del la Organización Internacional del Trabajo, con la declaración de Filadelfia efectuada en el año 1944.

2. Fundamentos de carácter humanitarios:

• Condiciones deplorables en que se desarrollaba el trabajo en los comienzos de la industrialización de Europa, impulsa la necesidad de crear una legislación laboral de carácter internacional.

• Surge la O.I.T. como base fundamental de restablecimiento y mantenimiento de la paz en el mundo basado en los principios de una mejor justicia social.

3. Fundamentos de técnicas legislativa

• Relaciona la necesidad de reglamentar situaciones de por si internacionales que de hecho exigen la acción conjunta de diversos estados, para resolver temas referentes a :

o Condiciones laborales de los migrantes

o Seguridad en el transportes internacional de carga

o Desarrollo progresivo de las empresas multinacionales con una política laboral generalmente mas especifica.

CONFLICTOS DE LEYES, INFLUENCIA DEL ELEMENTO EXTRANJERO EN LAS RELACIONES JURIDICAS TRABAJADOR Y EMPRESAS MULTINACIONALES

Los conflictos de leyes del trabajo, se forman en la práctica, de la misma manera que surgen los demás conflictos espaciales, y exigen solución de parte del jurista, del legislador y del juez. No existe ninguna particularidad de estos conflictos puesto que son leyes distintas y pertenecientes a espacios de aplicación distintos, sin embargo, en la circunstancia de que las leyes en conflicto, como normas del derecho del trabajo son distintas ya sea por su naturaleza o por su papel social, de las demás normas debido a que su papel primordial radica en proteger, prestar asistencia jurídica al trabajador y brindar protección económica.

Una de las formas más frecuente en que se pueda presentar un conflicto de leyes es mediante la celebración de contratos de trabajo con empresas transnacionales o multinacionales, donde la presencia del elemento extranjero traerá o generara varias situaciones que se deben analizar por separado:

• Contrataciones laborales que pueden generar eventuales conflictos de leyes en el espacio, por la sola presencia del elemento extranjero.

• La presencia de algún elemento extranjero puede producir algunas dudas sobre la aplicabilidad de una o más legislaciones nacionales.

Según Meyer Russomano, los elementos extranjeros que permiten internacionalizar la relación de trabajo son:

• La nacionalidad del trabajador

• La nacionalidad del empleador

• El lugar sede de la empresa

• El lugar de prestación del servicio

• El lugar de celebración del contrato

En consecuencia a los efectos de la existencia del elemento extranjero descrito por este autor se presentan cuatro modalidades

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