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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO.


Enviado por   •  14 de Junio de 2014  •  605 Palabras (3 Páginas)  •  173 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO.

1. ¿Explique cuál es la naturaleza jurídica del Derecho Internacional Público?

El derecho internacional público es un conjunto normativo destinado a regular una realidad social pero al mismo tiempo se considera producto de esa realidad social y debe responder a las necesidades que surgen en la vida internacional

El fenómeno internacional debemos entenderlo como algo dinámico, es decir, que transforma constantemente la realidad social.

El derecho sigue la realidad y es necesario que se siga un sistema de cambio de la norma que a nivel interno lo encontramos en el proceso legislativo.

2. ¿Explique las diversas denominaciones del derecho internacional público?

El ordenamiento jurídico internacional es objeto de diversas denominaciones como lo son: Derecho internacional, Derecho de gentes, Derecho transnacional, cuyo uso traduce no sólo una diferencia puramente terminológica, sino también una correlativa diferencia definitoria o conceptual.

Derecho internacional

La denominación Derecho internacional es hoy la más usual y generalizada, y se corresponde planamente con el objetivo originario y secular de este ordenamiento, que era la regulación de las relaciones de los Estados. Miaja de la Muela nos recuerda que: el término Derecho internacional fue importado de Inglaterra (International Law) por Bentham. No tiene nada de extraño ya que Nation en inglés significa Estado y no Nación (grupo racial religioso o lingüístico modelado por la geografía y por la historia) como lo califican españoles, franceses o italianos.

El término International Law significa pues, simplemente Derecho interestatal y tal denominación se sigue utilizando en los países anglosajones. Les lenguas de origen latino al utilizar "internacional" tradujeron incorrectamente, pues debía haber sido traducido como "interestatal". Con error o sin él, la expresión se generalizó en el s. XIX y la denominación se consagró al ser adoptada como título de las cátedras en la segunda mitad del siglo pasado.

Derecho de gentes

La expresión tiene sus orígenes en el viejo "ius gentium" que comenzó siendo parte del derecho interno romano para pasar luego a convertirse progresivamente en una suerte de derecho común de ámbito universal. Con la desaparición del imperio romano, el término ius gentium pierde progresivamente su significación y adquiere nuevas acepciones. De la primera raíz, ius gentium, había de resultar la expresión Derecho de Gentes que se consolidaría a lo largo de la historia como denominación alternativa a nuestro ordenamiento. Retomada en los países de lengua alemana

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