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Derecho Internacional Publico


Enviado por   •  8 de Agosto de 2014  •  3.967 Palabras (16 Páginas)  •  162 Visitas

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UNIDAD 1 UBICACIÓN, CONCEPTOS, OBJETO Y SUJETOS

Concepto y nociones preliminares

Podemos definir el derecho internacional como el conjunto de normas jurídicas que, en un momento dado, regulan las relaciones –derechos y obligaciones- de los miembros de la sociedad internacional a los que reconoce subjetividad en este orden.

El derecho internacional público puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los Estados entre sí, o más correctamente, el derecho de gentes que rige las relaciones entre los sujetos o personas de la comunidad internacional.

La función del derecho internacional público es triple. En primer lugar tiene la de establecer los derechos y los deberes de los Estados en la comunidad internacional. En seguida, debe determinar las competencias de cada Estado, y en tercero, ha de reglamentar las organizaciones e instituciones de carácter internacional.

Puede hablarse de un derecho internacional universal, o sea el conjunto de normas, bien pequeño por cierto, que obliga sin excepción a todos los miembros de la comunidad internacional, en contraposición a un derecho internacional general, término que se aplica al grupo de reglas que están vigentes entre un gran número de Estados, comprendido entre ellos a las grandes potencias, y a un derecho internacional particular, o sea aquellas normas de carácter contractual principalmente, que rigen entre dos Estados, o entre un pequeño número de ellos.

Existencia del derecho internacional

Muchos filósofos, politólogos, estudiantes, columnistas, etc. han negado la existencia del derecho internacional, niegan su carácter jurídico por lo especial de sus características, especialmente su coercibilidad, es decir la posibilidad de su imposición coactiva ya que las sanciones de quienes infringen mandatos y prohibiciones son meras sanciones éticas, por tal razón se ha dicho que no es un auténtico derecho sino una rama moral o de cortesía internacional.

Sin embargo, en contraposición a lo anterior, el Derecho Internacional ha demostrado su coercibilidad a través de la violencia entre los Estados, tenido a la guerra y a las represalias como sus sanciones propias.

Orígenes del Derecho Internacional Publico

El Derecho Internacional empezó a desarrollarse a partir del Siglo XVI, época en la cual aparecen en Europa los primeros estados nacionales. Sin embargo, hasta principios del Siglo XX se desenvolvió bajo el principio de la soberanía, lo que no facilitaba la creación de una sociedad internacional. Las tentativas hechas hasta entonces para regularizar las relaciones internaciones se caracterizaban por su empirismo y por su estrecha relación con la política. Las siguientes manifestaciones realizadas en la Época Moderna, donde se suceden acontecimientos históricos para el Derecho Internacional y donde éste se enriqueció con nuevos aportes (se estableció la igualdad religiosa, se adoptó el idioma francés como lenguaje diplomático, se establecieron las embajadas permanentes, entre otras), que van desde el Imperialismo Universal (Imperio Napoleónico) hasta los compromisos ideados por la diplomacia (Santa Alianza) no han sido suficientes para asegurar una paz estable.

El derrumbamiento del sistema diplomático tradicional por la Primera Guerra Mundial en 1914, provocó la formación de nuevas bases sobre las cuales los gobiernos asentarían sus relaciones internacionales. El fracaso de la Sociedad de Naciones y de la política de seguridad colectiva condujo a la Segunda

Guerra mundial, en la coalición de los pueblos libres cerró el paso a las tentativas de hegemonía universal. Desgraciadamente, la victoria de las democracias occidentales no ha sido completa, y hoy, como ayer, sigue en pie el problema de saber si el mundo se federara libremente o si, una vez más tendrá que resistir por la fuerza a las amenazas del neoimperalismo totalitario. De la solución de este dilema dependen el destino de Europa y el mundo entero y del mantenimiento del Derecho Internacional, e incluso del Derecho mismo

Definiciones del Derecho Internacional Público.

Definición Clásica. (Según los autores).

En principio los individuos no son sujetos inmediatos de sus normas, por lo tanto el DIP se define como el conjunto de normas o principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí (al hablar de estados nos referimos a ellos como únicas entidades del DIP, ya que para ese entonces las organizaciones internacionales y las personas particulares entre otras no forman parte del mismo); es decir, que el Derecho Internacional comprende especialmente normas establecidas por vía consuetudinaria para regular las relaciones entre los estados, creando obligaciones, responsabilidades y derechos para todos los estados.

Algunos de los representantes más importantes de ésta concepción clásica fueron: Charles Rousseau, Paul Fauchille, Antonio Truyol y Serra, Bonfils, Carlos Calvo, Manuel Francisco Mármol, Kelsen, Korovín y Fermín Toro.

Definición Moderna. (Según los autores).

Al obtener el individuo, de forma excepcional, la capacidad de reclamar la protección de los derechos humanos fundamentales ante instancias internacionales específicas y al iniciarse la creación de organizaciones internacionales, el concepto de DIP sufre un inevitable cambio por lo tanto podemos definir el DIP desde la posición de los modernistas de la siguiente manera: es el conjunto de normas jurídicas que regulan no sólo la relación entre los estados (ya que no son las únicas entidades del DIP) sino que también regulan las relaciones entre otros sujetos como son:

• Los organismos internacionales.

• Los grupos beligerantes. (Naciones que están en guerra): para que puedan adquirir derechos y obligaciones internacionales deben cumplir ciertas condiciones: un mando responsable, ocupar parte de relaciones del estado, realizar actos de gobierno y conducirse de acuerdo a las Leyes de la Guerra; estas condiciones le otorgan capacidad internacional.)

• Los territorios fideicometidos. (Territorios que se encuentran administrados por una potencia, pero respetando su soberanía. Ej: Puerto Rico).

• C.I.C.R.: Comité Internacional de la Cruz Roja.

• La Santa Sede (Vaticano).

• La soberana orden de Malta.

• Las

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