Derecho Internacional Publico
elhza29 de Mayo de 2014
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DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
1. CONCEPTO
Es la rama del derecho público que estudia las relaciones entre Estados y entre estos y los demás sujetos de derecho internacional , así como la organización y funcionamiento de la comunidad internacional.
El derecho internacional general esta dirigido a reglamentar las relaciones jurídicas de los sujetos que componen la comunidad internacional.
2. SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Según Verdross son Sujetos del Derecho Internacional aquellas personas cuyo comportamiento regula directamente el orden jurídico internacional .y a su vez es persona internacional toda colectividad de asociación que posee competencia o capacidad internacional. Los sujetos del derecho internacional son destinatarios de sus normas y quedan sujetos a las obligaciones que estas les impongan.
Los sujetos del Derecho Internacional son:
2.1 EL ESTADO COMO SUJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL:
Lo doctrina está de acuerdo en que los elementos esenciales del Estado son los siguientes:
La población
El territorio
La organización política en su triple vertimiento de gobierno, ordenamiento jurídico y poder político.
Soberanía: Es una comunidad humana perfecta y permanente que se gobierna a si misma plenamente, hacia el exterior del Estado (relaciones internacionales) y hacia el interior del Estado.
Cabe aclarar los conceptos de nación y Estado no son idénticos. Nación implica un conjunto homogéneo de factores que hacen que un pueblo tenga un destino común, el Estado es la nación jurídicamente organizada.
2.1.1 MODIFICACIONES Y SUCESION DE LOS ESTADOS.
En cuanto a la capacidad de obrar de los Estados. Se debe tener en cuenta lo relacionado con:
Los protectorados: Estos Estados se caracterizan por lo siguiente: Se establecía mediante un tratado, las relaciones se hacían mediante el Estado protector, que asumía la representación internacional general y obligatoria, los ciudadanos gozaban de la protección diplomática del Estado Protector, pero no eran nacionales de este.
Estados Neutrales: Tiene un status que consiste en un régimen particular en donde los Estados neutralizados se comprometen a no iniciar ninguna guerra, salvo las defensivas, en contra de los demás Estados de la comunidad internacional
2.1.2 MODIFICACIONES TERRITORIALES
El territorio es un elemento integrante del Estado se puede modificar por anexión total del territorio de un Estado a otro, Anexión parcial o desmembramiento en que el territorio se transforma, cuando dos Estado o mas se reúnen en uno solo y fraccionamiento de un Estado en varios y Emancipación o separación de una Colonia.
2.1.3 SUCESION DE ESTADOS
a.Se entiende, como la situación de hecho que se produce cuando un Estado es sustituido por otro en un territorio determinado.
2.2LAS UNIONES DE ESTADO
El estado unitario no es la única forma jurídica de presentarse los sujetos - Estados. Puede haber uniones personales, reales, Estado Federal, confederaciones.
a.Unión pesonal: Consistia en que dos o mas Estados tenian un Jefe de Estado Unico un ejemplo se dio en los países Bajos y Luxemburgo de 1815 a 1890.
b.Unión real: Se presenta cuando dicha confusión de soberanías no depende de la adhesión a un soberano sino de la completa desaparición de la soberanía externa de dos Estados para quedar bajo el ampara de una soberanía común. Como ejemplo tenemos Suecia y Noruega, entre 1805 y 1905.
c.Las Confederaciones: define la confederación como formada por Estados independientes, libremente asociados para conseguir fines comunes y ordinariamente orientados a la defensa exterior, al mantenimiento de la independencia interna y externa o al mantenimiento de la paz entre los miembros que la componen. Como ejemplo se puede citar Estados Unidos de América 1778-1787.
2.3 LA ”COMMONWEALTH”
Es una comunidad de Estados en la cual la falta de una base jurídica rígida de asociación esta ampliamente compensada por los vínculos de origen común, historia, tradición jurídica y solidaridad de intereses.
Esto a su vez se trata de una libre asociación de Estados que tienen, independientemente los uno de los otros, la calidad de sujetos de derecho internacional. Como ejemplo tenemos El Reino Unido de Gran Bretaña, e Irlanda de Norte y de los antiguos dominios de Canadá.
2.4 El INDIVIDUO
La Escuela Sociológica Francesa afirma que el único sujeto del derecho internacional es el individuo
La personalidad internacional del individuo se demuestra así:
a.Normas internacionales dictadas en beneficio del individuo. ( protección, de trabajo , de libertad, de moralidad).
b.La capacidad de actuar del individuo ante organismos internacionales.
c.El derecho de petición de las minorías nacionales dentro del marco de la Sociedad de Naciones.(Minorías Lesionadas.)
2.5 LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS - ONU
Por su capacidad jurídica para el ejercicio de funciones en el territorio de cada Estado miembro que debe reconocerle sus privilegios e inmunidades de que gozan los entes de derecho internacional.
En este aspecto “ En la Convención sobre prerrogativa e inmunidades de las Naciones Unidas.” adoptada por la Asamblea General el 13 de febrero de 1946, y abierta a la adhesión de cada uno de los miembros de la Organización. Se le concede a la ONU para emitir su opinión consultiva sobre “Reparación de los daños sufridos al servicio de las Naciones Unidas. La ONU tiene la capacidad para ser titular de derechos y obligaciones internacionales y que tiene capacidad para prevalecer de sus derechos por vía de reclamación internacional.
Sus propósitos son:
a.Mantener la paz y la seguridad internacional.
b.Promover la cooperación internacional en lo económico, social, cultural y humanitario.
Sus principios son:
a.Igualdad soberana de todos los miembros.
b.Buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraidas de acuerdo con la carta.
c.Obligación de solucionar pacíficamente los conflictos internacionales.
d.Prohibición del uso de la amenaza de la fuerza.
e.Obligación de apoyo a la Organización en las acciones que ejerza acuerdo con la carta
f.Extensión de las obligaciones de la Carta a los no miembros, en lo relacionado al mantenimiento de la paz y seguridad internacional.
g.No intervención de la Organización en los asuntos que son de jurisdicción interna de los Estados.
Miembros
Solo pueden ser miembros de la ONU los Estados. Actualmente la ONU tiene carácter universal pues tiene 184 Estados miembros que representan la mayoría del mundo.
2.6 LA SOBERANA ORDEN DE MALTA
Esta orden gozo en otro tiempo de soberanía territorial, tuvo originalmente un carácter religioso - militar, y fue conocida como la Orden de San Juan de Jerusalén. Parte de la doctrina (BALLADORE) considera que esta orden es sujeto de derecho internacional. Con todo, la Orden de Malta mantiene relaciones diplomáticas con 15 Estados.
2.7 LA SANTA SEDE Y LA CIUDAD DEL VATICANO
La Santa Sede celebra concordatos, enviando agentes diplomáticos y concluyendo actos de derecho internacional. Además en el Tratado de Letran la Santa Sede fue parte, se le reconoció personalidad internacional preexistente. La personalidad de la Ciudad del Vaticano nació el mismo día en que se ratificaron los acuerdos de Letran, el 7 de junio de 1929.
El territorio de la Ciudad del Vaticano comprende 44 hectáreas. La población la forman los ciudadanos que tengan su residencia estable en la ciudad. La residencia se deriva de la relación de dignidad, cargo oficio o empleo, siempre que se trate de dignidades eclesiásticas para las cuales está prescrita la concesión de soberanía.
El Estado de la Ciudad del Vaticano es un ente con la especial misión de servir de base a otro: La Santa Sede. Es decir, el primero es un verdadero Estado y la Segunda, sujeto del derecho internacional. El punto de contacto entre uno y otro es un órgano común a ambos, que es el Papa. La Ley Fundamental orgánica del Estado de la Ciudad del Vaticano, del 7 de junio de 1929, dice: El sumo Pontífice, Soberano del Estado y de la Ciudad del Vaticano, tiene la plenitud de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.
2.8 BELIGERANTES E INSURRECTOS
Los insurrectos son reconocidos como beligerantes cuando controlan gran parte del territorio del Estado y establecen sobre el cierta organización. La existencia de la beligerancia envuelve a la circunstancia de que se aplica a la contienda civil de los derechos y obligaciones derivados del derecho de la guerra y neutralidad. El status que se le reconoce desaparece con la terminación de la guerra civil , cuando la insurrección es debelada y si llega a controlar todo el territorio transformándose en gobierno de facto general.
La insurrección de una parte de la población de cualquier Estado contra su gobierno es asunto interno, hasta que el gobierno tenga el poder para dominar el conflicto.
Para que los beligerante tengan el poder del Estado debe existir;
a.Un conflicto armado de carácter general.
b.Los insurgentes ocupan una parte sustancial del territorio nacional.
c.Conducen las hostilidades con las reglas de la guerra, a través de grupos organizados que actúan bajo una autoridad responsable.
Si faltan algunas de las anteriores condiciones porque las fuerzas rebeldes tienen el control efectivo sobre parte sustancial del territorio nacional y carecen de una autoridad organizada se denominan insurgentes y los demás Estados no les reconocen status especial.
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