DERECHO REGIONAL Y MUNICIPAL
jeniferRL10 de Octubre de 2013
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INTRODUCCIÓN
La preocupación e interés por las políticas integradas proviene de la constatación de la permanencia y agravación de problemas tales como la pobreza, el desempleo y subempleo, el analfabetismo y los bajos niveles educativos de importantes grupos de nuestra población peruana, así como del deterioro del medio ambiente tanto en los ámbitos rurales como en las grandes ciudades, y la pérdida de recursos naturales que comprometen las condiciones de vida de las próximas generaciones. Problemática que es el resultado de la imposición del modelo económico político y social el Neoliberalismo.
Conjuntamente a ésta problemática de nuestro país una de las principales características en la organización y funcionamiento político es y ha sido la marcada tendencia hacia la centralización. A pesar que existe la división de poderes del estado peruano (Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral) es el poder ejecutivo el que mayormente concentra el manejo de los recursos, la asignación de los cargos, y es la que posee más iniciativas en materia legislativa. Es decir estos poderes han sido y continúan siendo organismos de mayoría del gobierno salvo algunos casos, están sujetos en gran medida a la ascendencia y voluntad del gobernante respectivo. Uno de los reclamos constante en el país ha sido dirigido contra este centralismo, y la demanda urgente por un proceso de real descentralización.
Para entender la situación actual por la que atraviesa el Perú en materia de descentralización, nada mejor que echar una ligera ojeada sobre los antecedentes y la forma como los hechos se fueron sucediendo a través del tiempo. Debido a ello, en el presente trabajo exponemos los Antecedentes y el Contexto donde surge la Carta de 1979, sus características básicas; así como la recepción que hace de la Descentralización, destacando la importancia que se le otorga.
En la actual situación; donde la falta de estabilidad política impide asegurar un Estado de Derecho duradero; donde se ha creado una cultura cívica de incredulidad en la Sociedad respecto del Estado y de la Constitución actual, se hace necesario reflexionar si es necesario una reforma a la carta actual, o la vuelta a la carta de 1979, en lo que respecta a la descentralización.
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES HISTÓRICOS A LA CONSTITUCION DE 1979
1.1. SIGLO XIX
Veamos cómo se desarrolla el Perú desde 1821, momento en que declara su independencia. Y es que el Virreinato del Perú estaba dividido, a ese momento, en siete (7) Intendencias, como unidades políticas. De ellas, San Martín hizo la conversión a Departamentos, que fueron los siguientes: Arequipa, Ayacucho, Cusco, Junín, Lima, La Libertad y Puno.
Y lo hizo siguiendo el modelo francés. El Perú republicano nació, pues, como país unitario, dividido en siete departamentos. A su vez, cada departamento se dividía en provincias y éstas en municipios. Y esta distribución política es la que permanece hasta ahora, con la salvedad que han aumentado en número y se ha añadido un nuevo espacio político: la región.
Las dos primeras constituciones que tuvo el Perú fueron las de 1823 y la de 1826, ninguna de las cuales tuvo vigencia efectiva, por la guerra y los desórdenes que hubo en los inicios. Sin embargo, la Constitución de 1823 previó la existencia de “Juntas Departamentales” que no llegaron a funcionar. Fueron nominales, y más bien, fueron reiteradas en la Constitución de 1828, que es en realidad la primera constitución operativa que tiene el Perú independiente.
La característica de estas Juntas Departamentales eran básicamente, las siguientes:
Constituían un eslabón entre el Estado y los municipios, y que coincidían con los departamentos existentes,
Eran elegidas por el voto popular,
Apoyaban a las autoridades locales, y promovían los intereses del departamento,
Emitían opinión, obligatoria algunas veces y otras no, sobre aspectos de desarrollo del respectivo departamento.
Fueron, pues, tanto en teoría como en la práctica, un experimento interesante, que en cierto sentido, como ha señalado el historiador Basadre, eran los gérmenes de futuros parlamentos regionales.
Estas juntas tuvieron un funcionamiento irregular; esto es, no fue constante ni lineal; fue efectiva de 1828 a 1834, y se repite en 1856 y 1867, pero en forma recortada Más bien, lo que propicia el presidente Pardo en 1873, es lo que se llamó “descentralización fiscal,” reiterada en 1886, y que tuvo gran éxito, y que daría nuevo nacimiento a las Juntas Departamentales, que se mantuvieron hasta 1919.
1.2. Finales del Siglo XIX
Se formó y consolidó en el Gobierno de Nicolás de Piérola quien era llamado como "el Califa" durante su mandato en 1895, se estableció el Estado Oligárquico en el Perú. Este período que se mantuvo hasta 1968 se caracterizó por tener a un Estado:
Altamente centralista debido a que concentraba todos los poderes en la capital Lima.
Patrimonialista, porque el poder en el Estado giraba en torno a un presidente que concentraba todo el poder y cuya elección en el cargo dependía del apellido, la raza y la educación y finalmente
Elitista, ya que el poder se concentraba en pocas manos y excluía a amplios sectores del país
A este período el historiador Peruano Jorge Basadre llamó "La República Aristocrática" ya que, no se avanzó en lo absoluto en el tema de descentralización. Es más, nuestra sociedad que en ese momento era predominantemente rural (más del 70% de la población vivía fuera de los espacios urbanos) fue desatendida por los distintos gobiernos de turno.
Más adelante, el estado oligárquico tuvo una crisis en el que jamás se recompuso o se restableció por las siguientes razones:
El debilitamiento del gamonalismo
El incremento de la participación política expresada en la ampliación del voto de la mujer (Gobierno de Manuel Odría- 1948- 1956)
La reducción del analfabetismo. ( CARLOS me explicas esta parte no debería ir el aumento del analfabetismo? Digo pues como me mandaste eso quizá no se muy bn ya ke no lo leí ok algunas cosas corregí ve eso ok le dices a jeni si hay ke corregir)
La transformación de una sociedad rural dando lugar a una sociedad urbana por la migración de los ciudadanos del campo a la ciudad
Todos estos acontecimientos permitieron que el Estado Oligárquico se debilitara cada vez más hasta que en 1968 con el Golpe Militar impulsada por el Gral. Juan Velasco Alvarado, las viejas estructuras señoriales se destruyeron por completo dando lugar a una nueva sociedad en el cual los temas de regionalización vuelven a la escena nacional definiéndose para ello los distintos argumentos de las diferentes agrupaciones políticas que iban a servir de base para el debate de la constitución de 1979.
1.3. Avances y retrocesos
El siglo XX va a representar un retroceso en comparación con el siglo XIX. Esto es, a despecho de las intenciones de los legisladores de entonces y de los logros alcanzados, el siglo XX rindió un culto decorativo a la descentralización, pero no hizo nada por fomentarla. Y esto es fácilmente detectable.
En 1920 entró en vigencia una nueva Constitución, que propició un régimen autoritario que regiría durante once años. La Constitución de ese año, lo que hizo fue crear congresos regionales; que fueron el Congreso Regional del Norte, del Centro y del Sur. Tenían capacidad para dictar leyes, sus miembros eran designados por elección popular, pero el problema es que no tenían rentas y sus leyes tenían que pasar por el visto bueno del Poder Ejecutivo nacional, que las podía vetar. Sesionaban 30 días al año.
Por otro lado, el régimen se fue afirmando poco a poco en forma autoritaria y las elecciones amañadas dieron origen a parlamentos regionales complacientes, que se reunían, con el sólo propósito de pronunciar discursos de ocasión. Por eso, el periodista Solís dijo que para lo único que habían servido los congresos regionales, era para descentralizar la oratoria parlamentaria.
1.4. El programa Aprista y la descentralización
El precedente más importante de la regionalización en el territorio peruano es el programa aprista de 1931 y su candidato presidencial Víctor Raúl Haya de la Torre, que entre sus postulados más relevantes demandó la reivindicación de las provincias mediante la descentralización, proceso que debería darse mediante una clara concientización sobre la desconcentración del poder en el país. En el ámbito jurídico, son muestras de la evolución de la descentralización, las diferentes constituciones publicadas en el Perú, las mismas que tuvieron como eje impulsador dicho programa apristas.
1.5. La constitución de 1933
Caído el régimen en 1930, se convocó a una constituyente que dio lugar a la Constitución de 1933, la más larga del siglo. En ella, se hizo un verdadero esfuerzo doctrinario y político para lograr una efectiva descentralización, y así se diseñaron los Concejos Departamentales, sobre la base de los departamentos existentes, con amplias facultades de todo tipo, constituyendo sus representantes, fruto de elección popular, actores de la actividad del departamento en materia agrícola, minera, industrial, comercial, educativa, etc. Fue un diseño interesante, pero que curiosamente nunca fue puesto en práctica y a nadie le interesó hacerlo.
Este interesantísimo proyecto quedó aprobado en la Carta de 1933, y la correspondiente ley de desarrollo se dio el
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