DERECHOS HUMANOS
wenagu23 de Agosto de 2012
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¿CON QUE PROPOSITO LA ASAMBLE GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS PROCLAMA LA DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS?
Actualmente se les conoce como derechos humanos, denominación plasmada en la declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada y proclamada del 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, con la petición expresa a los países miembros de que publicaran el texto de las declaraciones y dispusieran que fueran “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en las condición política en los países o de los territorios”.
¿CUALES ESTADOS DEBEN APLICARLA?
Tanto en los pueblos de los Estados miembros como dentro de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
¿POR QUE SE DEBEN ENSEÑAR Y DIFUNDIR LOS PRINCIPIOS DE LOS DERECHOS HUMANOS?
Porque ellos promueven, mediante la enseñanza y la educación, al respeto a estos derechos y libertades, y aseguren por medidas progresivas de carácter nacional e internacional su reconocimiento y aplicación universales y efectivos.
¿CUALES SON ESTOS HECHOS?
Teniendo como eje central de su articulado al ser humano en tanto el sujeto de derecho, la declaración Universal de los Derechos del Hombre constituye la brújula política y jurídica atreves de la cual los países asociados, e incluso los que no forman parte del organismo internacional, organice sus estructuras políticas, administrativas y jurídicas, y privilegiando el respeto y practica de la libertades individuales.
¿PUEDE UNA PERSONA SER RECLUIDA SIN NOTIFICACION A SUS ALLEGADOS?
No, porque según lo expresado en el artículo 12 de Constitución Política en la primera parte de este articulo expresa “nadie sometido a desaparición forzada”, pone de presente la importancia que tiene para el desarrollo de los seres humanos la garantía jurídica y política, de que su existencia, su corporeidad, sus atributos éticos y morales no sean objeto de ocultamiento forzado bajo el argumento de preservar el orden publico del régimen vigente.
¿PUEDE LAS AUTORIDADES NEGAR LA DETENCION DE UNA PERSONA UNA VEZ QUE ESTA SE A LLEVADO A CABO?
No, porque se tipificaría como desaparición forzada como enuncian los tratadistas especializados en el tema los cuales enuncian 4 hechos los cuales son 1. La aprehensión de una persona por servidores públicos o particulares que obran bajo la determinación o con la complicidad de aquellos.
2. la reclusión de las personas aprehendida
3. la ocultación de la persona reclusa
4. la negativa dolosa de las autoridades a reconocer la aprehensión, la reclusión, o uno u otro hecho.
¿QUE SON DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIO?
Son aquellos derechos que permiten al individuo reclamar del Estado y, particularmente, de las autoridades públicas, la protección de los derechos económicos, sociales y culturales.
¿CUALES SON LOS DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION?
• Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales
• Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias
• Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses
• Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios
• Toda persona tiene derecho a la salud física y mental
• Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales
• Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades
• La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita
¿ENUNCIE 4 DERECHOS
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