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Decreto 2562 De 2012 Y Decreto Ley 4107 De 2011


Enviado por   •  25 de Marzo de 2014  •  2.836 Palabras (12 Páginas)  •  647 Visitas

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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN

Cuáles son las principales políticas gubernamentales de promoción y prevención de riesgos laborales en Colombia. ?

Decreto 2562 de 2012 y Decreto Ley 4107 de 2011

"Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social, se crea una Comisión Asesora y se dictan otras disposiciones"

Que el Decreto Ley 4107 de 2011 determinó los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social e integró el Sector Administrativo de Salud y Protección Social, precisando las funciones que cada una de las dependencias de la entidad tiene a su cargo.

Capítulo I

Modificación de la estructura

Artículo 1. Modificación de la estructura del Ministerio de Salud y Protección

Social. El artículo 5 del Decreto Ley 4107 de 2011 sobre la organización del

Ministerio de Salud y Protección Social, quedará así:

2. Despacho del Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios

2.1 Dirección de Promoción y Prevención.

2.1.1 Subdirección de Enfermedades Transmisibles.

2.1.2 Subdirección de Enfermedades No Transmisibles.

2.1.3 Subdirección de Salud Ambiental.

2.1.4 Subdirección de Salud l\Nutricional, Alimentos y Bebidas.

2.2 Dirección de Epidemiología y Demografía.

2.3 Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria.

2.3.1 Subdirección de Prestación de Servicios.

2.3.2 Subdirección de Infraestructura en Salud.

2.4 Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud.

2.4.1 Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes.

2.5 Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud

ARTÍCULO 11. FUNCIONES DE LA OFICINA DE CALIDAD. Son funciones de la Oficina de Calidad las siguientes:

1. Desarrollar y evaluar políticas, planes, programas y proyectos de gestión de la calidad en materia de atención y protección a los usuarios, de salud pública, de prestación de servicios, de aseguramiento en salud y riesgos profesionales de acuerdo con las funciones a cargo del Ministerio y del Sector, así como coordinar su implementación.

2. Establecer y monitorear los indicadores de calidad y hacer seguimiento, y evaluación de la calidad en materia de atención y protección a los usuarios, salud pública, prestación de servicios, aseguramiento en salud y riesgos profesionales, de acuerdo con las funciones a cargo del Ministerio y del Sector, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, las dependencias del Ministerio.

3. Gestionar la adopción y aplicación de planes, políticas, programas y proyectos de gestión de la calidad en materia de atención y protección a los usuarios, salud pública, prestación de servicios, aseguramiento en salud y riesgos profesionales, en las dependencias del Ministerio, en las diferentes entidades adscritas o vinculadas y demás actores públicos y privados del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

4. Coordinar la participación del Ministerio en los asuntos relacionados con la calidad en materia de atención y protección a los usuarios, salud pública, prestación de servicios, aseguramiento en salud y riesgos profesionales que se desarrollen en el Sistema de Seguridad Social en Salud.

5. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

6. Las demás que le sean asignadas y que correspondan con la naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 16. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN. Son funciones de la Dirección de Promoción y Prevención las siguientes:

1. Proponer normas, políticas, planes, programas y proyectos tendientes a la promoción de la salud, a la prevención de enfermedades, y a la prevención, control y comunicación de los riesgos de enfermedades transmisibles y de las enfermedades crónicas no transmisibles, y dirigir su seguimiento y evaluación.

2. Proponer normas, políticas, planes, programas y proyectos en materia de promoción de la salud sexual y reproductiva, la salud mental, el desarrollo de la infancia y la adolescencia, la seguridad alimentaria y la educación en salud, y dirigir su seguimiento y evaluación.

3. Proponer normas, políticas, planes, programas y proyectos en materia de salud ambiental, en lo de su competencia, y realizar su seguimiento y evaluación, en coordinación con las autoridades ambientales y agropecuarias.

4. Proponer normas, políticas, planes, acciones, programas y proyectos en materia de prevención de riesgos del consumo de alimentos y bebidas, en lo de su competencia, y realizar su seguimiento y evaluación, en coordinación con las entidades nacionales competentes.

5. Dirigir y desarrollar, en coordinación con las entidades territoriales y las Entidades Promotoras de Salud, la evaluación, seguimiento y control de las acciones de promoción de la salud y de prevención de la enfermedad.

6. Orientar el desarrollo de la atención psicosocial a cargo de la entidades territoriales de las poblaciones, grupos, familias y personas víctimas del conflicto armado o del desplazamiento forzado por actores armados, en el tema de su competencia.

7. Dirigir la prestación de los servicios de asistencia técnica, en los temas a su cargo.

8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

9. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 17. FUNCIONES DE LA SUBDIRECCIÓN DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES. Son funciones de la Subdirección de Enfermedades Transmisibles las siguientes:

1. Desarrollar estrategias de prevención y control de las enfermedades transmisibles.

2. Realizar estudios de seguimiento y evaluación de la situación de las enfermedades

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