Delitos Contra La Administracion Publica En Colombia
g.k198310 de Noviembre de 2011
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DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
PECULADO POR APROPIACIÓN (Art. 397)
Servidor publico que se apropie en provecho suyo o de un tercero de los bienes del Estado…”, basta la posibilidad de disponer de los bienes sin que se exija goce o disfrute que puede o no llegar a ocurrir.
SUJETO ACTIVO: Servidor público y que posea la administración.
CONCUSIÓN (Art. 404)
Conducta con abuso de sus funciones especificas o cuando se abusa del cargo.
OBJETO: Personal
COHECHO PROPIO (Art. 405)
Reciba para si o para otro dinero o utilidad o acepte promesa remuneratoria para retardar u omitir un acto propio de su cargo, la conducta se realiza para retardar, omitir o ejecutar un acto contrario a los deberes oficiales, la ejecución de una de estas conductas (recibir dinero, utilidad o promesa), perfecciona el hecho punible.
Basta la intención al realizar el compromiso ilegal.
COHECHO IMPROPIO (Art. 406)
SERVIDOR: Realiza un comportamiento acorde con el derecho propio de sus funciones conforme a la ley, lo que ocurre es que por realizar lo que la ley le permite o le exige cobra una suma de dinero, no es necesario que haya existido un pacto anterior, el acto implícitamente es legal.
PREVARICATO POR ACCIÓN (Art. 413)
Profiera resolución, dictamen o concepto contrario a la ley, existe pluralidad de sujetos activos.
TENTATIVA: Cuando quien prepara, proyecta o pretende dictar o conceptuar elabora el acto administrativo o jurisdiccional, pero es descubierto antes de que este sea sometido a consideración o conocido por los restantes integrantes de la correspondiente corporación
PREVARICATO POR OMISIÓN (Art. 414)
Omita, retarde, rehusé, o deniegue un acto propio de sus funciones…”, el servidor público que no realiza lo que tiene el deber o la obligación de realizar o lo hace inoportunamente.
DELITOS CONTRA EL REGIMEN CONSTITUCIONAL O LEGAL
REBELION (Art. 467)
El delito solo admite coautoria, pueden intervenir particulares, servidores públicos (organización de personas), hay jerarquía y división de trabajo para lograr un fin determinado, los promotores, organizadores y directores de una rebelión son verdaderos coautores.
AUTORIA MEDIATA: Ejerza coacción sobre una o varias personas o aprovecha el error de tipo o de prohibición invencible, (se vale de inimputables).
Conducta compuesta alternativa puede perseguir uno de los fines propuestos o todos.
EJECUCIÓN PERMANENTE: Se extiende hasta que ponga fin a su conducta.
TENTATIVA: Autoridades interrumpen el comportamiento armado.
SEDICIÓN (Art. 468)
SUJETO ACTIVO: Se exige la coautoria, admite la participación de determinadotes y cómplices, pretende impedir libre y transitoriamente, el funcionamiento constitucional, ataca la operatividad de los poderes públicos.
ASONADA (Art. 469)
Confusión, desorden, y alboroto, violenta a la autoridad la ejecución u omisión de algún acto propio de sus funciones.
EJECUCIÓN PERMANENTE: Su consumación se prolonga hasta cuando cesen las exigencias violentas descritas en la norma.
CONSPIRACIÓN (Art. 417)
Se ponen de acuerdo para cometer un delito, rebelión, o sedición.
1. SUJETO ACTIVO: Plurisubjetivo, todos son coautores.
2. MERA CONDUCTA: Se consuma con solo ponerse de acuerdo.
Concurso aparente frente a un comportamiento delictivo, es posible aplicar los varios tipos:
1. Especialidad: Homicidio y norma especial de homicidio por piedad.
2. Subordinada: Norma que protege al interés jurídico.
3. Consumación:
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