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Delitos Contra La Administracion Publica

rociohasbel24 de Mayo de 2013

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PECULADO

Consiste en la apropiación indebida del dinero perteneciente al Estado por parte de las personas que se encargan de su control y custodia. Comparte raíz con "peculio" (del latín peculium), caudal o dinero que un señor o un padre dejaban a su sirviente o hijo para que se sirviera libremente de él. También puede referirse a: Disposición que hace un funcionario público de los bienes materiales para el desempeño de sus funciones para sí o para otros. El peculado solo puede ser cometido por un funcionario público con bienes dispuestos bajo su cuidado.

IMPUTAN CARGOS A EX MINISTRO ANDRÉS F. ÁRIAS POR CASO AIS

FISCALÍA DICTÓ MEDIDA DE ASEGURAMIENTO CONTRA ANDRÉS FELIPE ARIAS

En audiencia, el juez le negó la libertad al exministro de agricultura Andrés Felipe Arias

Foto: Mauricio Moreno / EL TIEMPO

RESEÑA: En octubre de 2009, la revista Cambio de Colombia denunció que el programa había entregado millonarios subsidios a narcotraficantes, prestantes familias del Magdalena y del Valle del Cauca, entre ellas la ex señorita Colombia Valerie Domínguez, su novio, su cuñada y sus suegros; sólo entre la familia Dávila Jimeno sumaron subsidios por $2.200.000.000 por conceptos de "riego y drenaje". Posteriormente se conoció que las tierras pertenecían a Juan Manuel Dávila Jimeno, suegro de Valerie Domínguez, quien fraccionó sus fincas para arrendárselas a su propia familia y así recibir más subsidios de los permitidos por la ley ($400.000.000 por cada beneficiario). Uno de los consultores que conoce el programa dijo "Lo de los Dávila es una vergüenza. ¿Cómo le regalan plata de todos los colombianos a una de las familias más poderosas de Magdalena? Es inaudito". Al verse envuelta en medio de la polémica por ser una figura pública, Valerie Domínguez renunció al subsidio. A la postre, el gobierno ordenó la devolución de los dineros, sólo luego de que se desatara el escándalo y ante las evidentes "argucias" que habían utilizado para apoderarse de más subsidios, como el caso de la familia Dávila Jimeno. Entre las otras prestantes familias beneficiadas por los subsidios, están los Vives Lacoture, Lacoture Dangond y Lacoture Pinedo, todas familias de amplia trayectoria política en el Caribe Colombiano. En el Valle del Cauca, María Mercedes Sardi de Holguín, prima del ex ministro del interior Carlos Holguín Sardi recibió más de 200.000.000 por el mismo concepto. Andrés Felipe Arias, ex ministro de Agricultura del gobierno de Alvaro Uribe y precandidato del Partido Conservador Colombiano, ha respondido ante todos estos cuestionamientos argumentando que todos los beneficiarios del programa son gente honesta, sin problemas con la justicia y que era falso que la mayoría de beneficiados fueron aportantes a la campaña del presidente Álvaro Uribe Vélez. Sin embargo, el periodista Daniel Coronell, y un artículo del diario El Espectador refutaron dichas afirmaciones. Rudolf Hommes, ex ministro de Hacienda de Colombia, también ha cuestionado la equidad del programa del gobierno de Uribe para el campo y argumenta que está en contravía de las investigaciones de la reciente premio nóbel de Economía Elinor Ostrom. Durante la segunda semana del mes de noviembre de 2009 el congreso de la república citó al Ministro de Agricultura para realizarle una moción de censura, la cuál finalmente no prosperó. El 12 de Octubre de 2010 la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra Andrés Felipe Arias y contra el ex ministro Andrés Fernández, por "haber incurrido en -falta gravísima- al no haber adoptado medidas para evitar que esos dineros públicos fueran entregados a personas que, en realidad, no correspondía. ". También resultaron afectados los siguientes funcionarios del Ministerio de Agricultura: Rodolfo Campo Soto, ex gerente del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, Juan Camilo Salazar, ex viceministro, Camila Reyes, ex directora de Financiamiento y comercio, Javier Romero y Juan David Castaño, ex directores de Desarrollo Rural, Alba Sandoval, ex directora de Seguimiento Presupuestal y Gisela Torres y Edelmira Riveros, interventores.

CRITERIO: Teniendo en cuenta el ejemplo anterior se evidencia que personas particulares se apropiaron de bienes (subsidios no reembolsables) sin el lleno de los requisitos para ser beneficiario de éste; razón por la cual se configura el delito de peculado por apropiación.

¿POR QUÉ SE PRODUJO?: El programa de subsidios nacido en el Gobierno de Álvaro Uribe pretendía reducir las desigualdades en el campo, pero terminó favoreciendo a familias adineradas, sobre todo de la costa Atlántica. En 2009, empezaron a destaparse las irregularidades y, dos años después, la Procuraduría y la Fiscalía tienen contra las cuerdas a varios funcionarios que aparentemente cometieron irregularidades.

¿QUÉ DAÑO HACE ACTUALMENTE AL PAÍS?: El programa Agro Ingreso Seguro, que ha despertado polémica en el país por haber favorecido con subsidios cuantiosos y no reembolsables a familias adineradas de la Costa Atlántica, aparte del dilema moral, plantea una política económica, electoral y legal de amplias repercusiones hacia el inmediato futuro. En un país donde la desigualdad social, el desplazamiento y la inequidad se constituyen en la norma, regalarles dinero a los más ricos de por sí concita rechazo, máxime con la creciente desnutrición y mortalidad infantil, el aumento de la indigencia y la explosión de la informalidad, eufemismo para nombrar el rebusque. Aparte de que este tipo de proyectos no contribuye a solucionar el desempleo por la escasa mano de obra que emplea, el que sus destinatarios sean reinas de belleza, hijos de políticos y personas allegadas a los encargados de repartir los subsidios deja un mal sabor. Y aquí se presenta un escenario que deja de lado la ineptitud y la compinchería para mostrar la corrupción en su forma más descarnada.

DE LA CONCUSION

El servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utilidad indebidos, o los solicite. Es un término que procede del latín concussĭo. Se trata de una exacción (la acción de exigir impuestos, multas o prestaciones) arbitraria que lleva a cabo un funcionario público en provecho propio. La concusión, por lo tanto, es un concepto legal que se utiliza para nombrar al funcionario que hace uso de su cargo para hacer pagar a una persona una contribución que no le corresponde. La concusión también implica exigir un pago más alto del estipulado por ley. El delito de concusión puede contar con diversos agravantes: el uso de intimidación, la invocación de órdenes de funcionarios de mayor jerarquía, etc. El análisis de la concusión y sus características dependerá de un juez. Ejemplo de delito de concusión: Patrullero de la Policía fue arrestado en Sogamoso 'por mordida'

El Patrullero que aceptó haber exigido 600.000 pesos a un auxiliar de bus para no 'envainarlo'.

Foto: Archivo / EL TIEMPO

RESEÑA: El Gaula de la Policía arrestó a un patrullero que le pidió 600.000 pesos al auxiliar de un bus. El patrullero Miyer Rengifo Niño podría pagar una pena de cuatro años de cárcel por el delito de concusión (exigió dinero aprovechándose de su cargo de funcionario público). El Uniformado, que hace dos semanas fue trasladado de Tunja a Sogamoso, estaba prestando servicio en el CAI de la Terminal de Transportes local. Allí se presentó un problema entre una pareja, conformada por un auxiliar de bus y su compañera. El caso fue atendido por Rengifo. Según versiones de la Fiscalía, el Patrullero llamó aparte al ayudante y le dijo que el delito que había cometido era grave y que estaba en problemas. Al parecer Rengifo le exigió 600.000 pesos al auxiliar de bus para no formular cargos en su contra. El hombre le entregó 200.000 pesos y quedó de darle los otros 400.000 pesos después. "Cuando el Patrullero llamó al auxiliar para reclamarle los 400.000 pesos pendientes, este lo denunció ante el Gaula de la Policía", dijeron en la Fiscalía. Rengifo fue capturado por el Gaula cuando se disponía a recibir los 400.000 pesos. Ante un juez Rengifo aceptó los cargos por concusión que le imputó la Fiscalía 22 local. La pena mínima por concusión es de ocho años de cárcel, pero como el Patrullero aceptó los cargos se le reduce a la mitad. El comandante del Sexto Distrito de Policía, capitán Jesús Ruiz, dijo que la Policía Nacional en ningún momento tolerará estos comportamientos. "Desafortunadamente un miembro de la institución, adscrito a la estación de Policía de Sogamoso, se nos estaba al parecer desorientando. El Gaula de la Policía procedió de manera inmediata a capturarlo a fin de darle un ejemplo a la comunidad", manifestó Ruiz. El Juzgado Primero Penal municipal de Sogamoso le dictó a Rengifo medida de aseguramiento con reclusión en establecimiento carcelario.

CRITERIO: Aunque no está bien hecho esta clase de delincuencia, y no es un acto íntegro, sí debemos ser conscientes que mientras no se asigne una remuneración o un sueldo digno para los policías, se seguirán dando estos hechos denigrantes se da cuenta como también los ciudadanos tienen la necesidad de corromper y lo mismo los policías si tendrían un sueldo digo no se verían estas cosas.

DEL COHECHO

El servidor público que reciba para sí o para otro, dinero u otra utilidad, o acepte promesa remuneratoria, directa o indirectamente, para retardar u omitir un acto propio de su cargo, o para ejecutar

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