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Demanda. Apuntes Varios


Enviado por   •  23 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  733 Palabras (3 Páginas)  •  137 Visitas

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2º JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Anexa Puno
EXPEDIENTE                : 01689-2013-0-2101-JP-CI-02
MATERIA                : OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
ESPECIALISTA        : HUMBERTO RAMOS CHOQUE
DEMANDADO        : ZARATE RUEDA, CARMEN SOLEDAD
DEMANDANTE        : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO TACNA SA

                                        AGENCIA PUNO,

Resolución Nº 01                                                        Escrito Nº 01.

Puno,  nueve de julio

Del año dos mil trece.-

VISTA:

La demanda y anexos que anteceden; y,

CONSIDERANDO:

         PRIMERO: PRESUPUESTOS PROCESALES DE FORMA.- a) La competencia del Juzgado, está determinado por el artículo 690-B del Código Procesal Civil modificado por el Decreto Legislativo 1069; b) La representante de la entidad ejecutante procede con capacidad procesal en virtud de la aptitud que tiene para comparecer personalmente y por sí misma en el proceso, conforme se constata de los anexos que se acompaña; c) La demanda y el título ejecutivo reúne los requisitos de admisibilidad previsto por el numeral 688 inciso 4) del Código Procesal Civil modificado por el Decreto Legislativo 1069;      

         SEGUNDO: PRESUPUESTOS PROCESALES DE FONDO.- a) La ejecutante procede con legitimidad para obrar; por cuanto se verifica la relación formal de correspondencia entre tales demandantes y la persona a quien la ley concede acción, en virtud de lo enunciado por los artículos 1219 inciso 1) del Código Civil, en concordancia con la Ley N° 27287; b) El interés para obrar, fluye del texto de la demanda y anexos que se acompaña; pues, los demandantes no tienen otra alternativa que no sea recurrir al órgano jurisdiccional; ésta necesidad es inmediata, actual e irremplazable de tutela jurídica.

                                      TERCERO: MANDATO EJECUTIVO.- Que, calificado el título valor, se advierte que concurren los requisitos formales que prevé la Ley N° 27287; por tanto, corresponde dar trámite a la demanda expidiendo mandato ejecutivo, con la orden de pago de los adeudados, incluyendo intereses y gastos demandados, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 690-C del Código Procesal Civil modificado por el Decreto Legislativo 1069;

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