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Demanda De Arrendamiento


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2013  •  428 Palabras (2 Páginas)  •  555 Visitas

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•Quien o cuando se elaboro la ley de las XII tablas.

*La elaboración de la Ley de las XII Tablas, o ley de igualdad romana se produjo a mediados del siglo v a. C., a partir de la insistencia de un tribuno de la plebe llamado Terentilo Arsa en el 462 a. C. (ver Secessio plebis), cuando el Senado republicano decidió enviar una comisión de diez magistrados a Atenas para conocer la legislación del gobernante griego Solón, inspirada por el principio de igualdad ante la ley. Estos se llamaron Decemviros y fueron: Apio Claudio, Tito Genucio, Publio Fesio, Lucio Viturio, Cayo Tulio, Aulo Manlio, Publio Sulpicio, Publio Curiato, Tito Romulio y Spurio Postumio.

A la vuelta de esta comisión, el Senado decidió constituir otra comisión integrada por diez magistrados patricios (decenvirato) y presidida por un cónsul para la elaboración de la ley. La comisión trabajó durante un año para redactar las diez primeras tablas, terminadas el 451 a. C.

•¿Quiénes eran en Roma los tribunos de la plebe?

*El tribuno de la plebe (en latín, tribunus plebis) era un cargo de la antigua república romana que era elegido por los ciudadanos que componían la plebe.

Los tribunos de la plebe surgieron como contrapoder de los cónsules, en número de dos y para defender a los plebeyos. Su nombramiento correspondía al Concilium plebis.

• ¿En que año se dio la ley hortensia?

* La Ley Hortensia (Lex Hortensia en latín) fue una ley de la República romana promulgada durante el conflicto entre patricios y plebeyos de 287 a. C. para que éste se solucionara.

«... es por esto que los patricios decían no estar obligados por los plebiscitos, ya que su autoridad no intervenía en ellos...»

Gayo. Institutas 1, 3.1

Con la aparición de la Lex Hortensia se estableció que los plebiscitos obligaban a la totalidad del populus, asimilándolos, de esta manera a las leyes.

Esta ley daba a los plebiscitos plebeyos la categoría de ley, desapareciendo el problema del estado plebeyo, pero creando uno más grande, un bloqueo político al haber dos sistemas con la misma capacidad de elaborar y aprobar leyes.

A partir de esta ley se elimina la patrum auctoritas, se designa a las decisiones votadas por los concilios con el nombre de lex. No obstante, se habrían distinguido los plebiscitos de las leges rogatae, dictadas por los comicios, porque los primeros tienen un solo nombre, el del tribuno proponente, como la lex Cincia, mientras que la ley comicial llevaba dos, el de ambos cónsules, caso de la lex Papia Poppaea.

Algunos plebiscitos ya recibían la denominación de ley, como el caso de la lex Aquilia (286 a. C.)

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