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Demanda De Divorcio Voluntario


Enviado por   •  6 de Febrero de 2015  •  3.075 Palabras (13 Páginas)  •  362 Visitas

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C. JUEZ CIVIL EN TURNO

P R E S E N T E.-

CARLOS BUSTILLOS GONZALEZ Y ALMA ROSA GONZALEZ BUSTILLOS, mexicanos, casados, mayores de edad, por nuestros propios derechos y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el domicilio ubicado en la Calle Privada de Rayón número 62 de esta ciudad de Cuauhtémoc, Chihuahua y autorizando para tales efectos al LICENCIADO RAMON SÁNCHEZ HERMOSILLO Y/O CESAR ISRAEL JUÁREZ LEYVA, ante usted comparecemos respetuosamente para exponer:

Venimos por medio del presente escrito a solicitar muy atentamente y de común acuerdo, el que se declare la disolución del vínculo matrimonial que une a los suscritos, conforme a las siguientes consideraciones de hecho y derecho:

H E C H O S:

1.- Los suscritos CARLOS BUSTILLOS GONZALEZ Y ALMA ROSA GONZALEZ BUSTILLOS celebramos matrimonio bajo el régimen de Sociedad Conyugal, el día UNO de Febrero de mil novecientos noventa, ante el Oficial del Registro Civil de Creel,, Chihuahua, según se acredita con la copia certificada del acta de matrimonio respectiva, la cual se acompaña a la presente solicitud. Habiendo establecido nuestro domicilio conyugal en esta ciudad de Cuauhtémoc, Chihuahua.

2.- Durante nuestro matrimonio procreamos TRES hijos a quien pusimos por nombres ETHEL ABIGAIL, CARLOS FERNANDO y LUIS ARMANDO de apellidos BUSTILLOS GONZALEZ, quienes nacieron en fechas tres de octubre de mil novecientos noventa, veinticinco de septiembre de mil novecientos noventa y siete, y veinte de mayo del dos mil nueve, respectivamente..

3.- Manifestamos a su señoría que durante el tiempo que duró nuestro matrimonio adquirimos dos bienes inmuebles consistente en: Lote de Terreno Urbano ubicado en el Barrio La Terminal de Creel, Chihuahua, cuya superficie es de 441.000 M2 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS), inmueble que a la fecha no cuenta las escrituras correspondientes.

4.-De igual manera se adquirió un Lote de Terreno urbano ubicado en Colonia Granjas de Chihuahua VI, de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua el cual se identifica como Lote 3-A de la Manzana 7, con superficie total de 200.00 M2 (DOSCIENTOS METROS CUADRADOS), de 10.00 metros de frente por 20 de Fondo.

Así como los bienes muebles que conforman el menaje del hogar y dos vehículos consistentes en una Pick-Up, marca Chevrolet Silverado, de Color Azul, modelo 2003, y un automóvil marca Ford, tipo Focus 2000, cuatro cilindros, modelo , color gris, cuatro puertas y de transmisión automática.

4.-- Es el caso de que en virtud de la incompatibilidad de caracteres que ha surgido dentro de nuestro matrimonio, estamos solicitando a su Señoría de común acuerdo el que se declare la Disolución del vínculo matrimonial que nos une.

6.- Manifiesta la señora ALMA ROSA GONZALEZ BUSTILLOS bajo protesta de decir verdad que no se encuentra embarazada, ya que hasta la fecha no le afecta ningún síntoma de gravidez a su persona.

D E R E C H O:

1.- Es usted Juez competente para conocer y resolver la presente cuestión, en los términos del artículo 155 Fracción XII del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

2.- En cuanto al fondo son de aplicación los artículos 254, 255, 266, 267, 331, 334 y demás relativos del Código Civil vigente en el Estado.

3.- El procedimiento resulta regulado por los artículos 410, 411, 412 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

C O N V E N I O

Conforme a la Legislación Civil vigente, nos permitimos poner a consideración de su Señoría, el convenio que hemos celebrado en relación con la situación de nuestros menores hijos y los bienes adquiridos, el cual se regirá al tenor de las siguientes cláusulas:

-----PRIMERA.- Respecto a la situación de nuestros hijos ETHEL ABIGAIL así como los menores CARLOS FERNANDO y LUIS ARMANDO BUSTILLOS GONZALEZ, los mismos permanecerán bajo la guarda y custodia de su madre la señora ALMA ROSA GONZALEZ BUSTILLOS, conservando ambos padres la patria potestad.---------------------------------------------------------------------------------Así mismo el señor CARLOS BUSTILLOS GONZALEZ, en su carácter de padre de los menores CARLOS FERNANDO y LUIS ARMANDO BUSTILLOS GONZALEZ, otorga su más amplio consentimiento a la señora ALMA ROSA GONZALEZ BUSTILLOS, para que bajo su más estricta responsabilidad, pueda llevar temporalmente a los Estados Unidos de América, ya sea de viaje de estudios o de vacaciones a sus menores hijos CARLOS FERNANDO y LUIS ARMANDO BUSTILLOS GONZALEZ. Autorización que se otorga hasta que nuestros menores hijos sean mayores de edad y puedan ejercer sus derechos por ellos mismos.

SEGUNDA.- Respecto a la pensión alimenticia a favor de nuestros hijos ETHEL ABIGAIL BUSTILLOS GONZALEZ ya que a pesar de que a la fecha es mayor de edad, la misma se encuentra actualmente cursando sus estudios superiores, así como los menores CARLOS FERNANDO y LUIS ARMANDO BUSTILLOS GONZALEZ, el señor CARLOS BUSTILLOS GONZALEZ se compromete a otorgarle la cantidad de $1,500.00 (MIL QUINIENTOS PESOS OO/100 MONEDA NACIONAL), en forma semanal, los cuales serán entregados por conducto de su madre, previo recibo que le sea expedido por este concepto, o bien los depositará en la cuenta número 7272476 de la Institución Bancaria denominada, BANAMEX cantidad que deberá incrementarse conforme aumenten las necesidades de los menores, comprometiéndose de igual manera el señor CARLOS BUSTILLOS GONZALEZ, a cubrir mensualmente y de manera independiente a la cantidad citada con anterioridad, el importe que por concepto de colegiatura deberá de pagar su hija ETHEL ABIGAIL BUSTILLOS GONZALEZ, hasta que ésta concluya sus estudios.

TERCERA.- Respecto a las visitas que habrán de realizarse a dichos menores por parte del padre, estas serán los días que él mismo pueda y quiera realizarlas, siempre y cuando se presente en estado conveniente y en horario prudente de acuerdo a la edad de los menores siempre y cuando no afecte sus actividades escolares o su salud, e incluso podrá sustraerlos del domicilio donde permanezcan al lado de su madre, siempre y cuando se haya establecido acuerdo previo con la misma.

CUARTA.- Como lo manifestamos anteriormente a su señoría que durante el tiempo

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