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Demanda de medida precautoria

Abraham chanTarea3 de Julio de 2022

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Alumno: Abraham Isaias Chan Heredia

Matricula: 126468

Grupo:  L079

Materia: Derecho procesal civil

Docente:  Andrea Aurora Ramírez Rodríguez

Actividad 1: Demanda de medida precautoria

Campeche, San Francisco de Campeche

PROVIDENCIA PRECAUTORIA DE EMBARGO

JUEZ ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL

Abraham Isaias Chan Heredia, promoviendo por derecho propio, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones la cada ubicada en av. Gobernadores calle 105 b n°16 col. Aviación, con identificado con numero de cartilla militar 998231 expedida por la secretaria de la defensa nacional, autorizando a Guillermo Enrique Chan Heredia, como mi asesor jurídico para oír y recibir notificaciones que por ley me corresponden, ante usted, comparezco y expongo.

Por medio del presente, vengo a promover provincia precautoria para obtener el embargo del bien inmueble, ubicado en la calle 105 b n°12 de la av. Gobernadores en la ciudad de Campeche, propiedad del Sra. Nohely del rosario Gómez Tello, y quien tiene su domicilio en la calle ramón berzunza herrera lote 10 mzn “a” para realizar las diligencias correspondientes.

HECHOS

1.-Con fecha dos de febrero del dos mil diecinueve la Sra. Nohely del rosario Gómez Tello, fue sentenciada al pago de pensión alimenticia por un monto de $4,000.00 y que consiste en el salario, prestaciones ordinarias y extraordinarias  que percibe, en su carácter definitivo a favor sus dos menores hijo, pagaderos quincenal de acuerdo al pago de sus percepciones publicado en la sentencia publica 000222/2019

2.-la Sra. Nohely del  Rosario Gómez Tello, solamente ha realizado dos pagos de pensión a la fecha, siendo este último el día 30 de marzo del 2019.

3.-para garantizar el cumplimiento de su pago, por los pagos de pensión vencidos, la Sra. Nohely del Rosario Gómez Tello, me mostro el certificado de libertad de gravamen del inmueble ubicado en la calle 105 b n°12 de la av. Gobernadores en la ciudad de Campeche cuyo destino seria vendido para cumplir con los pagos vencidos, por lo que la Sra. Firmo un pagare por $248,000.00 correspondientes a 62 pagos vencidos

4.- bajo protesta de decir la verdad, me he enterado por personas respetables de credibilidad, que la señora Nohely del Rosario Gómez Tello, ha empezado el trámite de cesión de derechos del bien inmueble motivo de la presente demanda, a favor de su hermana, por ello y al ante temor fundado de que la Sra. Nohely del Rosario Gómez Tello, ceda los derechos de la inmueble en cita y la Sra. Nohely del Rosario Gómez Tello no cumpla con las obligaciones de pago vencidos y vigentes, que por derecho les corresponde a mis menores hijos.

5.- la Sra. Nohely del Rosario Gómez Tello, no solo ha incumplido con los pagos de pensión, también ha incumplido con los periodos autorizados para convivir con mis dos menores hijos pasando el tiempo señalado sin que ellos convivan.

PRUEBAS

1.-DOCUMENTAL PÚBLICA. Consiste en el pagare firmado a mi favor por la Sra. Nohely del rosario Gómez Tello, por la cantidad antes citada, en el capítulo de hechos. Prueba que vinculo en la relación de los hechos de mi solicitud.

2.-TESTIMONIAL. Consiste en las declaraciones que realicen a los ciudadanos Irving Daniel Ibarra Gómez, quien tiene su domicilio en la calle prolongación 59 n°2 col centro de la ciudad de Campeche, y el señora diana Chávez quien tiene su domicilio en la calle 10 n°22 col centro de la ciudad de Campeche, quienes declaran conforme al interrogatorio que para tal efecto se anexa. Prueba que relaciono con cada uno de los hechos y por la que solicito la medida precautoria.

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