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Derecho A La Vida

floreano25 de Junio de 2011

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1. Elabore un cuadro sinóptico sobre el derecho a la vida, como análisis de varios aspectos.

DERECHO A LA VIDA

Planteo previo La vida es suprema para cualquiera, para la realización de todos los demás valores, es la expresión genérica en la que se encuentra subsumidos, pues todos ellos se encaminan a que el hombre viva dignamente.

Bien Jurídico El hombre ejerce sobe su vida un derecho soberano pero no total, se protege la vida en si misma. Retrata de un bien que el estado debido a sus implicancias sociales ponen sus propias miras.

Titulares Todas las personas físicas gozan del derecho a la vida y aunque lo dicho aparece como una obviedad, pues el ser humano debe ser protegido desde la concepción in vivo o in Vitro, pues es titular del derecho a la vida y del derecho a la dignidad y no debe ser objeto de manipulaciones que afecten sus derechos.

Protección jurídico Se efectúa mediante normas de derecho público y de derecho privado, como así mismo por disposiciones del derecho material.

Legislación de derecho

Constitución Si bien no anuncia expresamente el derecho a la vida en su declaración se afirma que la vida encuentra sustento y consagración en la ley, fundamento que prohíbe la pena de muerte por razones políticas.

Código penal Se destaca especialmente por su relación inmediata al tema que nos ocupa que incriminen y penan el homicidio que hacen lo propio con el aborto o referente a abandono de personas cuando se pusiera en peligro su vida o su salud.

Normas Internacionales Se afirma el compromiso de consolidar dentro del marco de las instituciones democráticas un régimen de libertad personal y justicia social, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona, toda persona tiene derecho a que se respete su vida , nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.

2. Elabore un mapa conceptual sobre los atributos de la persona.

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3. Elabore un cuadro sinóptico sobre la naturaleza jurídica del nombre

NATURALEZA JURIDICA DEL NOMBRE Tesis del derecho de propiedad Carece de valor y no puede disponerse de él por lo cual carece de los atributos mas característicos y definidores de la propiedad.

Tesis del ámbito de la propiedad Forma parte de su individualidad y su honor íntimamente vinculado a él puede afirmarse que el nombre es un derecho subjetivo extramatrimonial.

Tesis de la institución de Policía Civil Forma obligatoria de designar de las personas de modo que su función es la de identificar a los sujetos que componen la sociedad, comprometidos en el orden y la seguridad.

Tesis eclética Es un derecho- deber de identidad, esto es, un derecho de la personalidad y a la vez institución de Policía Civil, ya que tiende a proteger tantos derechos individuales, cuanto la sociedad tiene en punto a la identificación de las personas.

Otras opiniones PLINER afirma que se trata de un atributo de la personalidad, que le sirve de signo exterior individualizante para captar, mentar y designar al sujeto humano en su plena realización física, espiritual, moral y judicial.

4 Defina ud. el domicilio real y legal según el texto base y otros

DOMICILIO REAL

CONCEPTO:, El domicilio real de las personas es el lugar donde tienen establecido el asiento principal de su residencia y de sus negocios”. Podría complementarse tal definición, diciendo que el domicilio real es el lugar de la residencia permanente de la persona con la intención de establecer allí el asiento de su actividad.

CARACTERES:

1. Es un domicilio real: En cuanto tiene como base la efectiva residencia de la persona en un cierto lugar, por oposición al “domicilio legal”, que puede ser ficticio.

2. Es un domicilio voluntario: En cuanto su constitución, mantenimiento y extinción dependen de la voluntad de la persona a quien afecta, por oposición al “domicilio legal” que es independiente de esa voluntad e impuesto por la sola determinación de la ley.

3. Es un domicilio de libre elección: En cuanto la ley asegura y garantiza la libertad del interesado para elegir su domicilio y trasladarlo al lugar de su conveniencia o sus posibilidades. En este sentido “El domicilio puede cambiarse de un lugar a otro. Esta facultad no puede ser coartada ni por contrato, ni por disposición de última voluntad…” Son consecuencias de la garantía constitucional de “entrar, permanecer, transitar y salir del territorio”

De cualquier modo esta característica no es absoluta y puede resultar morigerada por leyes que establecen como condiciones para el ejercicio de algunas funciones públicas tener domicilio en lugares determinados, aquí no hay imposición para nadie de fijar el domicilio en el lugar, sino de no desempeñar la función pública cuando no se está en las condiciones de domicilio que la ley prevé, es decir la exigencia se refiere no al domicilio sino a la función pública, lo que es enteramente legítimo.

DOMICILIO LEGAL:

CONCEPTO: “El domicilio legal es el lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de una manera permanente para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente”.

CARACTERES:

1. Es Forzoso: En cuanto la impone la ley independientemente de la voluntad del interesado. Sin embargo excepcionalmente no tiene ese carácter el domicilio legal de los militares en actividad, puesto que la ley sólo lo determina si el sujeto no ha manifestado la voluntad de mantener el domicilio real o voluntario precedente.

2. Es Ficticio o puede serlo: En efecto la ley supone una presencia del interesado en ese lugar, que puede no ser real, aunque de hecho no esté allí presente.

3. Es Excepcional y de interpretación restrictiva: En el sentido de que funciona solamente en las hipótesis previstas por la ley, sin que estas situaciones puedan extenderse por analogía a otros supuestos.

4. Es Único: En el sentido de que concurrencia de varios hechos constitutivos de domicilio legal hace que sólo uno de esos hechos se tome en cuenta para fijar el domicilio de la persona.

5 Elabore un resumen sobre los temas del texto: asociación, fundación y comité.

Asociación

Es la unión estable de un pluralidad de personas, independiente en su existencia del cambio de miembros, que tienes una constitución corporativa y un nombre colectivo, correspondiendo la administración de los asuntos de la asociación a los miembros y administración propia.

DIFERENCIA CON LA FUNDACIÓN

En la corporación prevalece el elemento personal y en las fundaciones el elemento patrimonial, el rango diferencial se reduce a su autonomía y el de las fundaciones a su heteronimia. Las corporaciones son autónomas porque están dirigidas y obran mediante una voluntad emanada de sus propios miembros. Y las fundaciones son heterónomas porque esa voluntad emana de un ser extraño al ente: el fundador.

Existen también clases intermedias, corporaciones de tipo institucional de estructura corporativa. Sin embargo por lo general no se trata de personas jurídicas de derecho privado, sino de derecho público.

1. La corporación esta constituida por un núcleo de interesados; sus miembros, en la fundación no existe ese núcleo interno, los destinatarios están fuera de ente y aun no pueden no existir. En cambio lo que existe es una obra o un establecimiento, u los administradores.

2. La corporación tiene un fin propio a cumplir, la fundación realiza un interés ajeno. Su fin viene de afuera, lo determina el fundador.

3. En la corporación el patrimonio lo forman sus miembros. En la fundación es el fundador quien en principio debe proporcionarlo.

LAS ASOCIACIONES

Existen numerosas asociaciones que aparecen como verdaderas corporaciones se constituyen en efecto, como organización corporativa, con directorio y asamblea de público como unidades sociales. Esto puede representar un peligro para terceros y aun para los asociados.

CARACTERES JURIDICOS

Se presentan como entidades formadas por la incorporación de un cierto número de personas que actúan en la procuración de un fin común a todos sus miembros y ajeno a la idea del lucro.

PRINCIPIOS

Son los siguientes:

1) los particulares pueden formar asociaciones civiles, comerciales

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