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Derecho Agrario


Enviado por   •  20 de Abril de 2015  •  1.595 Palabras (7 Páginas)  •  207 Visitas

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Concepto de derecho agrario.

Derecho agrario es "el conjunto de normas y principios autonómicos reguladores de la actividad agrícola y pecuaria y de los demás institutos y factores que coadyuvan a su armónico desenvolvimiento."(Velarde)

Abarca esta disciplina el régimen de la propiedad, manejo de suelos, arrendamiento y aparcería rural, contratos sobre tenencia de la tierra, régimen vial, colonización, riego, regulación jurídica de la producción y comercialización de las distintas actividades agropecuarias, así como las instituciones que contribuyen a la defensa del productor agrario como asociaciones y cooperativas, crédito, ganadería, forestación, sanidad animal y vegetal, etc.

Derecho agrario es “el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los sujetos agrarios y vínculos jurídicos agrarios”. (Vivanco)

Caracteres.

1- Derecho tuitivo: tiene tendencia a proteger y defender, tanto el factor humano como el natural.

2- Los intereses que protege responden a fines concretos determinados por el ciclo biológico.

3- De aspecto publicístico, la actividad agropecuaria es un instituto publico e incide en la alimentación de la población.

4- Factor de promoción y progreso.

5- Sus normas se aplican a un ámbito determinado.

6- Con influencias regionales definidas.

7- Con influencias de la sociología y la política debido a la producción agropecuaria y a las modalidades de la vida rural.

8- Sus intereses son concretos, referidos al hombre y los vínculos con la producción.

Lo agrario y lo rural

Conviene diferenciar los conceptos de rural y agrario: el primero es más restringido; todo problema rural es agrario, pero no así a la inversa. Lo rural se refiere a ese gran escenario donde se desarrolla la actividad campesina y lo agrario compromete el problema de la tierra, su régimen de uso y goce, arrendamientos rurales, así como también la producción, comercialización e institutos conexos que exceden el ámbito de lo rural tales como la política agraria, el régimen de los semovientes, aguas, etc.

El derecho agrario como instrumento de política agraria. Finalidades.

Para Vivanco la política agraria constituye una manifestación de la política en general, que circunscribe su actuar a la actividad agrícola. Es la actividad propia del poder publico o de los factores de poder, que tiende a la elección de los medios adecuados para influir en la estructura en la actividad agraria a fin de alcanzar un orden satisfactorio de la conducta de quienes participan o se vinculan con ello, con el propósito de lograr el desarrollo económico y el bienestar social de la comunidad.

En la política argentina se trata de orientar, ordenar o encauzar la actividad agraria hacia determinados fines, a saber:

- Conservación de los recursos naturales.

- Incremento racional de la producción.

- Equitativa distribución de los beneficios y cargas.

- Desarrollo de la comunidad rural en general.

Finalidades.

1- Conservación de los recursos naturales renovables: tales son perecederos por constitución físico química y son insustituibles como fuente de producción.

2- Incremento racional de la producción: la producción es resultante económica de la conjunción funcional de los recursos naturales culturales y científicos.

3- Seguridad y progreso social:

- Protección jurídica de los recursos naturales renovables

- Toda norma jurídica agraria debe asegurar y garantizar el fomento y la protección de la actividad productiva agraria o las conexas.

- La distribución de las cargas o beneficios agrarios deben regularse jurídicamente, de manera tal que las mismas se distribuyan fomentando el progreso social y la capacidad productiva.

Fuentes del derecho agrario: la constitución nacional, leyes, usos y costumbres, jurisprudencia y doctrina.

Constitución nacional: nuestro derecho constitucional no contiene principios explícitos relativos a lo agrario. A mediados del siglo XIX el derecho agrario y sus instituciones básicas estaban todavía contenidas en el código civil y este no establecía regulación alguna de la agricultura que se confundía con el derecho de propiedad (ello explica porque el art. 75 inc 12 no menciona el código agrario).

La constitución de 1853 propicia el desarrollo de la política agraria fundada en la inmigración, la distribución de las tierras publicas y la colonización.

El preámbulo ya anticipaba el propósito de asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para nuestra posteridad.

Articulo 14: constituía la llave para abrir las puertas a la inmigración, asegurando el derecho a trabajar, ejercer industria licita, de navegar y comerciar, etc.

Articulo 16: igualdad ante la ley.

Articulo 75 inc 18: acuerda al congreso la facultad de proveer a lo conducente a la prosperidad del país.

Leyes: a partir de 1876 comienza a sancionarse leyes referidas a importantes temas agrarios tales como:

- Ley Avellaneda sobre inmigración y colonización.

- Lucha contra la langosta.

- Policía sanitaria animal.

Se presentan así problemas entre la nación y las provincias

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