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Derecho Ambiental


Enviado por   •  17 de Marzo de 2015  •  1.735 Palabras (7 Páginas)  •  139 Visitas

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DERECHO AMBIENTAL

Esta es una materia muy importante, es una materia muy nueva en la cual hay un gran campo de acción, se hacen los esfuerzos para poder combatir el deterioro ambiental sin embargo no son suficientes, es una lucha muy grande y es un campo de trabajo muy amplio, creo que mientras haya un desequilibrio en los poderes de la república entre el poder legislativo, ejecutivo y judicial, será muy difícil que no se prostituya el poder del estado en beneficio del bien particular de los empresarios, la responsabilidad más civil debería de ser penal, porque no hay nada más valioso que la vida del planeta y ésta depende de que lo cuidamos, espero le guste este trabajo.

RESUMEN DE MATERIAL DE ESTUDIO

RESPONSABILIDAD EN MATERIA AMBIENTAL

La gestión en materia ambiental descansa fundamentalmente en el ejercicio de las facultades de la autoridad administrativa, ella Declarar legalmente responsables mecanismos evitar daños al medio “QUIEN CONTAMINA PAGA”.

LOS 2 CAMPOS RESPONSABILIDAD SON CIVILES Y PENALES

RESPONSABILIDAD CIVIL

SUBJETVA Proviene de la culpa o dolo

OBJETIVA O RIESGO CREADO. Independientemente de la culpa se produce un daño aunque se obre lícitamente.

ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL

1.- DAÑO-CONDUCTA,

2.- La IMPUTACIÓN DEL DAÑO,

3.- Y el deber REPARATORIO. “REPARACION DEL DAÑO”

RESPONSABILIDAD PENAL

DELITOS ECOLOGICOS

Los Humanos hemos penalizado las conductas que atentan contra los principales derechos del individuo y la sociedad. En el caso del medio ambiente el atentar contra el, resta calidad de vida y pone en peligro a toda la sociedad presente y futura.

En los delitos ecológicos hay tres características:

1.- los sujetos de la acción

2.- Alteración Social

3.- Abuso de Poder

Delitos Ambientales.

Artículos: | 414 | 415 | 416 | 417 | 418 | 419 | 420 | 421 | 422 | 423

Resumen de artículos

Artículo 414. Se impondrá pena de tres meses a seis años de prisión y de mil a veinte mil días multa, al que sin contar con las autorizaciones respectivas o violando las normas oficiales mexicanas a que se refiere el artículo 147 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, realice, autorice u ordene la REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES QUE CONFORME A ESE MISMO ORDENAMIENTO SE CONSIDEREN COMO ALTAMENTE RIESGOSAS Y QUE OCASIONEN DAÑOS A LA SALUD PÚBLICA, A LOS RECURSOS NATURALES, A LA FLORA, A LA FAUNA, O A LOS ECOSISTEMAS.

Artículo 415.

1.- Quien Realice cualquier actividad con materiales o residuos peligroso.

2.- Emita, despida, descargue en la atmósfera, o lo autorice u ordene, gases, humos o polvos

3.- Genere emisiones de ruido.

Artículo 416.

1.- Descargue, aguas residuales.

2.- Destruya, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

3.- Comercializar con recursos forestales, Destruir la vegetación natural

4.- Realice cualquier actividad con fines comerciales

Artículo 421. Además de lo establecido en el presente Título, el juez podrá imponer alguna o algunas de las siguientes penas:

I.- restablecer las condiciones

II.- La suspensión, modificación o demolición de las construcciones,

III.- La reincorporación de los elementos naturales,

IV.- El retorno de los materiales o residuos peligrosos

RESTAURACION Y COMPENSACIÓN

Se refiere a una serie de actividades de restauración, que están encaminados en volver a las condiciones previas al daño causado.

¿Cómo se lleva a cabo la compensación ambiental? Con proyectos de compensación ambiental

PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS

Daño al medio ambiente.- Es toda acción, omisión, comportamiento que altere, menoscabe, trastorne, disminuya o ponga en peligro inminente al medio ambiente.

Perjuicios.- Ganancia lícita que deja de obtenerse o gastos en que se incurre por acto u omisión de otro.

OPINIÓN PROPIA

¿PORQUE CUIDAMOS EL MEDIO AMBIENTE?

Estoy totalmente de acuerdo con la premisa que dice “ Quien contamina, paga” no encuentro yo una sentencia tan exacta, es inevitable que como especie el daño que le hagamos al planeta, Lo paguemos, porque estamos interconectados todos los seres vivos del planeta, en estos momentos no sabemos hasta qué profundidad, por eso mismo el daño que hagamos se va a revertir , tal vez no lo pague nuestra generación, pero las futuras generaciones lo harán,

La razón por la cual nosotros los seres humanos en estos tiempos nos hemos enfocado a cuidar el medio ambiente, es por la propia sobrevivencia futura de nuestra especie, el hombre si pudiera hacer un daño al cual le sacará provecho y además no tuviera consecuencias, es de seguro que lo haría, si no es un miembro es otro miembro de la especie, entonces la razón por la cual debemos, en forma obligatoria, cuidar el medio ambiente, es la supervivencia.

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