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Derecho Forestal y de Aguas


Enviado por   •  9 de Julio de 2017  •  Ensayos  •  2.793 Palabras (12 Páginas)  •  403 Visitas

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Clase: Derecho Forestal y de Aguas, sección 19:00

CATEDRATICO: Abog. Jorge Montes

ALUMNOS RESPONSABLES

No.

NOMBRE DEL ALUMNO

CUENTA NUMERO

1

JUANA ROSA ESTRADA MARTINEZ (Coordinadora)

20151005761

2

ANA JULIA ARANA

20011007047

3

ALFREDO ENRIQUE LAINEZ

20141032195

4

VILMA MARGARITA PALACIOS

20141003375

5

NELDA LINETH GARCIA

20141001215

6

GABRIELA ALVARADO

20031005725

7

FELIPE HAZAEL MONCADA

20081002329

Contenido

MARCO TEORICO:        3

1.        ASPECTOS GENERALES DEL MANEJO FORESTAL        3

Definición:        3

Rol del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF).        3

Criterios y Objetivos del PM.        4

Presentación de Solicitud de un Plan de Manejo y su Plan Operativo.        5

Bosque de coníferas        6

Bosque latifoliado        6

Categorías de Planes de Manejo:        6

Uso de productos y sub productos forestales        7

Certificación Forestal        7

2.        ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE MANEJO FORESTAL EN AREAS PUBLICAS        7

Causas de terminación de Contratos:        8

Subastas y contratos de Aprovechamiento de Madera de Pie.        8

Inhabilitación Para Participar En Los Procesos De Subasta        9

Elementos mínimos de contratos        9

Regulación de Contratos Suscritos con Socios Extranjeros        10

3.        MANEJO FORESTAL EN ÁREAS FORESTALES PRIVADAS        11

4.        CLASIFICACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS FORESTALES        11

MARCO TEORICO:

El tema a desarrollar por parte del grupo No. 5, “Zafiros” es el MANEJO FORESTAL, la hemos clasificado de la siguiente forma:

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  1. ASPECTOS GENERALES DEL MANEJO FORESTAL

Definición:

El manejo de los Recursos Forestales consiste en utilizar eficiente y técnicamente el aprovechamiento de los bosques de propiedad pública y privada, con propósitos de productividad o uso doméstico, desarrollando criterios técnicos administrativos de máximo rendimiento, asegurando la sostenibilidad de los ecosistemas y su capacidad productora, protectora y ambiental. 

Rol del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF).

El ICF es el ente regulador, rector y normador del estado que define y  desarrolla los mecanismos para la implementación del Plan de Manejo y su Plan Operativo, es decir que será aprobado por el ICF, contemplándose para cada caso la evaluación de impacto ambiental, especialmente para aquellas actividades que potencialmente puedan causar mayores efectos e impactos negativos, tal es el caso de construcción de caminos forestales y vías de saca, construcción de bacadillas extracciones de trozas y fustes. A través de profesionales que brinden servicios especializados para realizar las auditorias técnicas e igualmente se apoyara en los consejos consultivos comunitarios y municipales para ejercer acciones de vigilancia y supervisión.

Criterios y Objetivos del PM.

Todo plan de manejo de Bosques Nacionales deberá considerar los siguientes criterios:

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Estableciéndose los Objetivos:

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Presentación de Solicitud de un Plan de Manejo y su Plan Operativo.

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El (los) interesado (s), por medio de apoderado legal, solicitara al ICF la No Objeción, por una sola vez la cual debe acompañar los documentos siguientes:

  • Titulo de dominio y Certificación integra del Asiento Registral.
  • Certificación del Tracto sucesivo del Inmueble.
  • Constancia de Libertad de Gravamen.
  • Certificado del IP consumía Cartográfico de la ubicación del predio.

Las comunidades que no cuenten con recursos económicos, podrán solicitar financiamiento a los fondos establecidos en esta Ley, asimismo financiamiento externo o cooperación externa, para la elaboración de los Planes de Manejo y los Planes Operativos Anuales. 

El Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), no aprobará nuevos Planes de Manejo ni Planes Operativos a quienes hayan incumplido las normas de la presente Ley y su Reglamento, que con ello pongan en alto riesgo la sostenibilidad de los recursos naturales o causen el deterioro o destrucción del recurso o Hayan ocasionado daños irreversibles al ambiente debidamente calificados sin perjuicio de la responsabilidad penal. 

Los propietarios de tierras de vocación forestal con Títulos de Dominio Pleno cuyos bosques no estén siendo aprovechados comercialmente y, en consecuencia, no estén sometidos a un Plan de Manejo, tendrán las obligaciones de preparar y ejecutar un plan de protección contra descombros, cortes irracionales, incendios, plagas y enfermedades en base a los lineamientos que establezca el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), acogiéndose a lo estipulado en el Artículo 136 de la presente Ley 

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