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Derecho Municipal


Enviado por   •  14 de Enero de 2015  •  3.916 Palabras (16 Páginas)  •  133 Visitas

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DERECHO MUNICIPAL

I.- INTRODUCCIÓN

Actualmente existe en el Perú un crecimiento económico que ayuda a mejorar los presupuestos de los gobiernos locales significativamente y siendo el gobierno local una unidad estatal muy importante, desagregaremos los aspectos teóricos de lo que es el Derecho Municipal, para esclarecer algunas dudas que aparecen en el panorama municipal.

DERECHO MUNICIPAL

Para el autor Adolfo Korn Villafañe, [1] el derecho municipal es: “En síntesis, podemos decir que el derecho municipal es una rama científicamente autónoma del derecho público político, con acción pública, que estudia los problemas políticos, jurídicos y sociales del urbanismo y que guarda estrecho contacto con el derecho administrativo, con el derecho impositivo, con el derecho rural, con la historia institucional y con la ciencia del urbanismo”; y Salvador Dana Montaño, [2] distingue entre derecho municipal “científico” y derecho municipal “positivo”, definiendo al primero como “una porción de la ciencia del derecho que estudia en general las relaciones jurídicas a que da lugar el municipio, como entidad política de existencia necesaria”, y al segundo, como “una rama del derecho público interno”.

Adriano G. Carmona Romay, [3] ilustre municipalista cubano, definió al derecho municipal como “el conjunto de principios legales y normas de jurisprudencia referentes a la integración, organización y funcionamiento de los gobiernos locales”.

Nuestra definición

Para nosotros, el derecho municipal es aquella parte del derecho público que estudia el municipio como objeto principal y lo relativo a éste objeto, se orienta al origen histórico, la naturaleza, definición, elementos y fines de la institución municipal, así como su inserción en el Estado, sus relaciones, competencia y demás aspectos del gobierno, administración y finanzas locales. El derecho municipal es un derecho de la ciudad, de la comunidad. De ahí su linaje, adentrado en la historia humana, que alcanza momentos de esplendor y luminosidad en Grecia y Roma y en la Edad Media, y que hoy está en permanente evolución, ya que marchamos a Ecumenópolis, la ciudad mundializada. Por eso es un derecho antiguo y nuevo, de vigencia universal, ya que la ciudad es la obra por antonomasia del hombre.

CARACTERISTICAS DE DERECHO MUNICIPAL

Señalaremos algunas características:

• Es un derecho público.- porque regula una actividad esencialmente estatal

• Es un derecho político.- porque está íntimamente vinculado con la voluntad popular que lo alienta y es fuente de su regulación.

• Tiene como objeto principal la regulación de las relaciones entre el municipio y la población que administra.

• Su institución orgánica principal es el Municipio

• Es un derecho interrelacional: porque por su naturaleza dinámica se relaciona con muchas ramas del derecho.

• El Derecho municipal es importante porque permite fiscalizar y controlar el desenvolvimiento económico y administrativo del Estado, ayudando a que las zonas más alejadas del país se desarrollen, al mismo ritmo que las ciudades más cercanas a la capital de la República. Su importancia es tan connotada para un país, que “se puede decir, también, que es el “regulador de los servicios públicos”; que se manifiesta a través de una organización investida de poder, un cuerpo legal y un conjunto de acciones llevadas al cabo, hacia una colectividad de seres humanos, dentro de un espacio geográfico determinado en la perspectiva del logro de objetivos sociales” ([6]).

• Elementos constitutivos de la principal institución del derecho muncipal: “municipio”

1.- POBLACIÓN.- No viene ser más que las personas que habitan en la circunscripción de un Municipio. Conforme a las ideas doctrinales es la facultad del hombre de accionar o afectar un lugar para poblarlo, ya sea por fines prácticos o por fines comunes, con el objeto de convivir en armonía social.

Comprende pues a la población ser la característica fundamental del municipio, ya que caracteriza por su mayor densidad y por las relaciones de vecindad el eje fundamental del gobierno local. Es preciso señalar que todo municipio, como todo Estado, cuenta con una población, sin esta característica fundamental, no podría existir ninguna delimitación territorial definido como Estado o Municipio. Sin la existencia de lo vecinal, no se comprende al Municipio, por lo que la población esta constituida por un conjunto de personas heterogéneas: económica y socialmente; pero que los une un mismo idioma, una misma religión, una misma actividad económica, entre otros aspectos sociológicos casi homogéneos, pero lógicamente con las salvedades correspondientes a un país democrático como es el Perú, donde existe diversas libertades, como la de idioma, de religión, etc.

2.- EL TERRITORIO.- Sin territorio no puede existir o no puede haber físicamente el municipio. Es por ello que existe absoluta coincidencia, entre todas las definiciones, en considerar al Municipio como entidad territorial. Ese territorio se caracteriza habitualmente por su escaso tamaño, ámbito territorial reducido, aunque no deba esto tomarse en términos absolutos, pues la creciente urbanización del mundo contemporáneo está produciendo conglomerados humanos que hace sólo un siglo hubieran sido considerados monstruosos, a tal punto que ya no son cientos o miles los que ocupan un municipio, sino más bien millones de personas, ocupando superficies cada vez más extendidas.

En el Perú existen municipios que por su naturaleza territorial se les denomina metropolitanos, teniendo como ejemplo al municipio que lo constituye la ciudad de Lima, con más de siete millones de habitantes. Mientras que otros municipios denominados provinciales o distritales, tienen en su territorio algunos cientos a miles de habitantes, siendo considerados pequeños o medianos municipios conforme al nivel territorial que ocupan en el Perú.

3.- AUTORIDAD COMÚN.- Es importante señalar que “el municipio debe además contar con una autoridad común a todos sus habitantes, cuyo fin sea la satisfacción de las necesidades de la población que puedan ser satisfechas, por sus propios medios, sin necesitar la ayuda de otros organismos estatales”. ([7]) La autoridad común en el tema de los municipios

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